Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2006 (07/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 7 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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Que los gastos por concepto de pasajes, viaticos y tarifa unica por uso de aeropuerto seran asumidos por Editora Peru; autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior de los senores MORDAZA Danton Cuadra MORDAZA y MORDAZA Piere MORDAZA MORDAZA, Redactor de la Agencia de Noticias respectivamente, a la MORDAZA de Sao MORDAZA, Republica Federativa de Brasil, del 8 al 11 de noviembre de 2006, la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, se efectuaran con cargo a los recursos de Editora Peru, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes (US$ 771,22 x 2 personas) Viaticos (US$ 200 x 3 dias x 2 personas) Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (US$ 30,25 x 2 personas) US$ US$ US$ 1 542,44 1 200,00 60,50

Caplina y Uchusuma, efectuado por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, en el ano 2002, concluye que las cuencas de los MORDAZA Caplina y Yunagane alimentan y recargan el acuifero de las Pampas de la Yarada y MORDAZA de explotacion del agua subterranea 62.77 MMC, evidencia una sobre explotacion del acuifero de 17.73 MMC; Que, de igual modo, el Estudio Hidrogeologico del MORDAZA Caplina - La Yarada, compilado por el mencionado instituto en el ano 2003, concluye que el volumen total de agua subterranea explotada del acuifero Caplina - La Yarada asciende a 63,03 MMC, por lo que se encuentra sometido a una intensa explotacion que ha traido como consecuencia descensos progresivos de los niveles de agua y el avance en forma lenta del fenomeno de la intrusion MORDAZA, este ultimo corroborado por el incremento de la mineralizacion de las aguas, recomendando, por ende, mantener la MORDAZA dispuesta para la perforacion de nuevos pozos principalmente en las Pampas La Yarada y Hospicio; Que, en tal sentido, la conservacion y preservacion del recurso hidrico del acuifero del MORDAZA del rio Caplina, con una 2, que comprende a las Pampas de La Yarada y MORDAZA, en la Region Tacna, se constituye en un tema de necesidad publica y de preferente interes nacional, siendo Que, asimismo, en virtud de lo establecido por el articulo 7º inciso b de la Ley General de Aguas, aprobada por Decreto MORDAZA o MORDAZA para una mejor o mas racional utilizacion de las aguas; Que, de acuerdo al articulo 128º de la Ley General de Aguas, la Jurisdiccion Administrativa en materia de aguas Ministerio de Agricultura y asimismo segun el articulo 10º literal b) del citado cuerpo legal, el Ministerio de Agricultura esta obligado, en materia de recursos hidricos, a dictar las perdida de las aguas, cuidando su cumplimiento; Organica de Gobiernos Regionales aprobada mediante Ley en materia agraria de los Gobiernos Regionales desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales bajo su jurisdiccion; Que, por lo expuesto resulta indispensable declarar en del Rio Caplina y establecer una alianza estrategica con el

Articulo 3º.de efectuado el viaje, los referidos senores deberan presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

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AGRICULTURA
Declaran de Necesidad Publica y Preferente Interes Nacional la Conservacion y Preservacion del recurso hidrico del acuifero del MORDAZA del rio Caplina, ubicado en el departamento de Tacna
DECRETO SUPREMO Nº 065-2006-AG
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

Gobierno Regional, por un periodo de dos anos, el manejo y control de las aguas subterraneas del acuifero del MORDAZA del rio Caplina, asi como imponer las sanciones que preve la legislacion de aguas por trasgresiones a la misma; Que, de otro lado, mediante Acuerdo Sectorial Nº 14 adoptado en el VIII Consejo de Ministros Descentralizado realizado en una comision integrada por el Gobierno Regional, Ministerio de Agricultura , Gobierno Local, Junta de Usuarios La Yarada y 2 representantes de los usuarios informales, encargada de efectuar las recomendaciones correspondientes teniendo en cuenta la necesidad de usar optimamente el recurso agua, el fomento de la inversion privada y la constitucion de un ente rector en materia de agua y riego; Que, en virtud de dicho acuerdo se expidio la Resolucion cual se conformo una comision encargada de formular recomendaciones para el uso optimo de recursos hidricos del MORDAZA de La Yarada en Tacna, la misma que no ha podido instalarse a la fecha a pesar de las convocatorias efectuadas, resultando inviable, por lo que debe dejarse sin efecto; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) y 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto

expedicion de la citada resolucion, la ejecucion de todo MORDAZA de obra destinada al alumbramiento de aguas subterraneas en las Pampas de la Yarada y MORDAZA, ubicadas en el distrito, de incrementar su explotacion; Hidrogeologico de las Pampas de la Yarada y MORDAZA, se resolvio mantener la MORDAZA sobre el incremento de explotacion del agua subterranea, prohibiendose ejecutar todo MORDAZA de obra destinada a la explotacion de aguas subterraneas del acuifero de las Pampas de La Yarada y MORDAZA, asi como al incremento de los volumenes actuales de explotacion; Que, el Estudio Hidrologico Evaluacion y Ordenamiento de los Recursos Hidricos en las Cuencas de los MORDAZA

DECRETA: Articulo 1º.- Declarar de Necesidad Publica y Preferente Interes Nacional la Conservacion y Preservacion del recurso hidrico del acuifero del MORDAZA del rio Caplina, el cual tiene una 2 , y se encuentra ubicado en la provincia y departamento de Tacna, distritos de Tacna Pocollay, Calana y Pacia, conforme al plano y memoria descriptiva que como anexo forman parte integrante del presente decreto supremo. Articulo 2º.el articulo 1º del presente decreto supremo, quedando prohibido ejecutar todo MORDAZA de obra destinada a la explotacion de recursos hidricos del acuifero del MORDAZA del rio Caplina, asi como al incremento de los volumenes actuales de explotacion.

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