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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329602El Peruano jueves 5 de octubre de 2006 Agricultura y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministrosy encargado de la cartera de Economía y Finanzas JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 02776-6 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G44/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G2D/G20/G43/G4E/G44/G20/G79/G20/G72/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61 /G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G43/G4D RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 296-2006-PCM Lima, 4 de octubre de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, se crea el Consejo Nacional deDescentralización (CND) como organismo independiente y descentralizado, encargado de dirigir y conducir los procesos de descentralización y de regionalización enel país; Que, los numerales 23.2 y 23.3 del artículo 23º de la Ley acotada en el considerando precedenteestablecen que el CND será presidido por un representante del Presidente de la República y estará conformado, entre otros, por dos (2) representantesde la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), y por dos (2) representantes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), quienes serán designados porResolución Suprema para un período de cuatro (4) años; Que, asimismo, por Resolución Suprema Nº 394- 2005-PCM se designó a la doctora Verónica Elizabeth Zavala Lombardi como representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante el Consejo Nacional deDescentralización; Que, por Resolución Suprema Nº 098-2006-PCM se designó a los señores Waldo Mendoza Bellido y JavierEdmundo Abugattás Fatule, Viceministros de Hacienda y de Economía, respectivamente, como representantes del Ministerio de Economía y Finanzas ante el ConsejoNacional de Descentralización; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 y la Ley Nº 27783, Ley de Bases de laDescentralización; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptación de renuncia Aceptar la renuncia de la doctora VERÓNICA ELIZABETH ZAVALA LOMBARDI en el cargo de miembrodel Consejo Nacional de Descentralización en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, dándosele las gracias por los serviciosprestados. Artículo 2º.- Conclusión de designación Dar por concluida la designación de los señores WALDO MENDOZA BELLIDO y JAVIER EDMUNDO ABUGATTÁS FATULE, en el cargo de miembros del Consejo Nacional de Descentralización enrepresentación del Ministerio de Economía y Finanzas, dándoseles las gracias por los servicios prestados.Artículo 3º.- Designación Designar a las siguientes personas como representantes del Gobierno Nacional ante el Consejo Nacional de Descentralización, CND: - Señor JUAN MANUEL CHAU ELÍAS, en representación de la Presidencia del Consejo deMinistros; - Señor JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas;y, - Señor JUAN MIGUEL CAYO MATA, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 4º.- Ratificación Ratificar a la doctora María Lila Iwasaki Cauti como representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante el Consejo Nacional de Descentralización. Artículo 5º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministrode Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministrosy encargado de la cartera de Economía y Finanzas 02776-7 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G22/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G20 /G45/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G75/G64/G61/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G44/G75/G72/G61/G64/G65/G72/G6F/G22/G2C/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G64/G6F/G63/G6F/G6E/G20/G46._/G72/G61/G6E/G63/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 351-2006-PCM Lima, 2 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 120-2002-EF se aprobó el "Acuerdo para la Ejecución de Operaciones de Conversión de Deuda para el Desarrollo Duradero" celebrado entre el Gobierno de la República del Perú y elGobierno de la República de Francia, hasta por la suma de EUR 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 EUROS), por el que se establece la constitución de unFondo Contravalor en moneda local, destinado a financiar inversiones del sector público peruano para la ejecución de proyectos de desarrollo duradero, así como unConsejo de Seguimiento encargado de determinar los proyectos que serán financiados con cargo a dicho Fondo, así como de supervisar la ejecución de losmismos; Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 120-2002- EF modificado por el Decreto Supremo Nº 012-2003-EFdispone que el Consejo de Seguimiento antes señalado, estará integrado por 3 (tres) representantes del Gobierno de la República de Francia y 3 (tres) representantes delGobierno de la República del Perú, estando copresidido por el Embajador de Francia en el Perú y por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, asimismo, dicha norma señala que los otros 2 (dos) representantes del Gobierno del Perú serán designados por Resolución Ministerial de la Presidenciadel Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el DecretoSupremo Nº 120-2002-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 012-2003-EF;