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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329604El Peruano jueves 5 de octubre de 2006 VISTO: El Informe Nº 317-2005-INRENA-OA, emitido por la Oficina de Administración, de fecha 17 de octubre de 2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 158-2005- INRENA, de fecha 5 de julio de 2005 se aprobó la exoneración del proceso de selección para la adquisiciónde tres (3) bienes inmuebles denominados "Ex Campamento Nº 7, "Carpas de Machupicchu" y "Campamento Intihuatana", ubicados de propiedad de laempresa estatal en liquidación Empresa Nacional de Ferrocarriles - ENAFER S.A. ubicados al Interior del Santuario Histórico de Machupicchu; Que, mediante el documento de la referencia la Oficina de Administración manifiesta que habiéndose realizado una inspección in situ en el Santuario Históricode Machupicchu se ha constatado que los terrenos ofrecidos en venta por ENAFER S.A. presentan una serie de inconvenientes referidos a su saneamiento físico legal,por lo que recomienda que los inmuebles submateria no sean adquiridos por el INRENA y se deje sin efecto la Resolución Jefatural Nº 158-2005-INRENA precitada; Que, mediante Carta Nº 111-2006-JL-ENAFER, de fecha 6 de abril de 2006, la Empresa Nacional de Ferrocarriles - ENAFER S.A. en liquidación, remite al INRENA la Nota deCrédito Nº 003-000022 sobre anulación de la Factura Nº 003-000379, por incumplimiento del pago de los tres (3) inmuebles referidos en el considerando anterior,manifestando que la transferencia ha quedado sin efecto, al haber vencido el plazo concedido por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN para la cancelación del precio de venta; Que, estando a las razones expuestas por la Oficina de Administración, los hechos referidos y el tiempo transcurrido, resulta pertinente dejar sin efecto la Resolución JefaturalNº 158-2005-INRENA que aprobó la exoneración del proceso de selección para la adquisición de tres (3) inmuebles ubicados en el Santuario Histórico de Machupicchu; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, y modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 158-2005-INRENA, que aprobó la exoneración delproceso de selección para la adquisición de tres (3) inmuebles ubicados en el Santuario Histórico de Machupicchu, por las razones expuestas en la parteconsiderativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina de Administración del INRENA, la publicación de la presente resolución enel Diario Oficial El Peruano y remitir una copia de la misma a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de las Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISAAC ROBERTO ÁNGELES LAZO Jefe Instituto Nacional de Recursos Naturales 02715-1 MINCETUR /G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G69/G65/G72/G65/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G65/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G2C/G20/G74/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G79/G20/G61/G72/G74/G65/G73/G61/G6E/GED/G61/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73 /G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G6E/G61/G73/G2C /G41/G6E/G63/G61/G73/G68/G2C/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G76/G65/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E/G2C/G20/G4C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64/G2C/G4C/G69/G6D/G61/G2C/G20/G4C/G6F/G72/G65/G74/G6F/G2C/G20/G4D/G6F/G71/G75/G65/G67/G75/G61/G2C/G20/G50/G61/G73/G63/G6F/G2C/G20/G53/G61/G6E/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E/G2C/G20/G54/G61/G63/G6E/G61/G20/G79/G20/G54/G75/G6D/G62/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 311-2006-MINCETUR/DM Lima, 2 de octubre de 2006Visto el Informe s/n de fecha 24 de julio del 2006, de la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, constituida por Resolución Ministerial Nº 144-2002-MINCETUR/DM, modificada porResolución Ministerial Nº 105-2005-MINCETUR/DM; CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece las funciones que en materia decomercio, turismo y artesanía, entre otras, corresponde a los Gobiernos Regionales, las cuales se desarrollan en base a las políticas regionales y se formulan enconcordancia con la política nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de FuncionesSectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004”, el cual incluye las funciones específicas que en materia de comercio exterior, turismo y artesaníadeben ser transferidas, previo cumplimiento de las disposiciones que establece la Ley del Sistema Nacional de Acreditación; Que, la Ley Nº 28273 - Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, ha establecidoel ciclo del proceso de acreditación de los Gobiernos Regionales para recibir y ejercer las funciones que los Sectores les transfieran; Que, el literal “g” del artículo 19º del Reglamento de la Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales, aprobado mediante Decreto SupremoNº 080-2004-PCM, establece que el Gobierno Regional que no logre la certificación, deberá solicitar durante un ciclo posterior de acreditación la transferencia de lasfunciones sectoriales pendientes; Que, la Gerencia de Transferencia y Acreditación del Consejo Nacional de Descentralización, medianteResoluciones Gerenciales, ha certificado que los Gobiernos Regionales de los departamentos de: Amazonas, Ancash, Ayacucho, Callao, Huancavelica,Junín, La Libertad, Lima, Loreto, Moquegua, Pasco, San Martín, Tacna y Tumbes, han cumplido con los requisitos generales para acceder a la transferencia de funcionessectoriales incluidas en el Plan Anual de Transferencia del año 2004, correspondiente al Ciclo de Acreditación 2005; Que, la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, ha culminado el proceso de transferencia de funciones sectoriales enmateria de comercio exterior, turismo y artesanía, en el marco del citado Plan Anual, a los Gobiernos Regionales de los departamentos de: Amazonas, Ancash, Ayacucho,Callao, Huancavelica, Junín, La Libertad, Lima, Loreto, Moquegua, Pasco, San Martín, Tacna y Tumbes, por lo que corresponde declararlo concluido; Que, la Directiva Nº 002-CND-P-2005, “Procedimiento para efectivizar la transferencia de Funciones específicas de los Sectores del Gobierno Nacional a losGobiernos Regionales, incluidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, del año 2004”,aprobada por Resolución Presidencial Nº 033-CND-P- 2005, establece que los sectores no responsables de dictar las Resoluciones Ministeriales necesarias paraformalizar la transferencia del personal, bienes y acervo documentario vinculado a las funciones sectoriales; De conformidad con la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del MINCETUR, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 28273, Ley del Sistema Nacional de Acreditación y el DecretoSupremo Nº 080-2004-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Transferir las funciones sectoriales de comercio exterior, turismo y artesanía detalladas en el Anexo adjunto, contenidas en el “Plan Anual de Transferencia de Funciones Sectoriales a los GobiernosRegionales y Locales 2004”, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, a favor de los Gobiernos Regionales de: Amazonas, Ancash, Huancavelica, Junín,La Libertad, Lima, Loreto, Moquegua, Pasco, San Martín, Tacna y Tumbes, con lo cual se declara concluido el proceso de transferencia de funciones sectorialescorrespondiente al Ciclo de Acreditación 2005. El Anexo