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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (05/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 5 de octubre de 2006 329603REPUBLICADELPERU SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del señor JORGE LUIS LOYOLA HURTADO como representante delGobierno del Perú ante el Consejo de Seguimiento del "Acuerdo para la Ejecución de Operaciones de Conversión de Deuda para el Desarrollo Duradero"celebrado entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Francia, aprobado por Decreto Supremo Nº 120-2002-EF modificado porDecreto Supremo Nº 012-2003-EF, dándose las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Dar por concluida la designación de la señora OLINDA VICTORIA LEMA TUCKER como representante del Gobierno del Perú ante el Consejo de Seguimiento del "Acuerdo para la Ejecución deOperaciones de Conversión de Deuda para el Desarrollo Duradero" celebrado entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Francia,aprobado por Decreto Supremo Nº 120-2002-EF modificado por Decreto Supremo Nº 012-2003-EF, dándose las gracias por los servicios prestados. Artículo 3º.- Designar a los señores HÉCTOR GUILLERMO RÍOS HOLGUÍN y JORGE VALVERDE CAMAN como representantes del Gobierno del Perú anteel Consejo de Seguimiento del "Acuerdo para la Ejecución de Operaciones de Conversión de Deuda para el Desarrollo Duradero" celebrado entre el Gobierno de laRepública del Perú y el Gobierno de la República de Francia, aprobado por Decreto Supremo Nº 120-2002- EF modificado por Decreto Supremo Nº 012-2003-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 02740-1 AGRICULTURA /G52/G65/G69/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G63/G65/G73/G61/G64/G6F/G73 /G69/G72/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G79/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G61/G63/G6F/G67/G69/G65/G72/G6F/G6E/G20/G61/G6C /G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G69/G73/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G37/G38/G30/G33 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1266-2006-AG Lima, 3 de octubre de 2006CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27803 se dispuso que los ex trabajadores cuyos ceses hayan sido declarados irregulares, podrán optar excluyentemente entre otros,por el beneficio de la Reincorporación o Reubicación Laboral. Que la referida Ley en su artículo 11º disponía la reincorporación en las entidades de origen de cada ex trabajador cesado irregularmente u obligado a renunciar compulsivamente, siempre que existan plazaspresupuestadas vacantes de carácter permanente, pudiendo ser utilizadas para dicho fin todas aquellas que se hubiesen generado a partir de 2002, hasta laconclusión efectiva del programa extraordinario de acceso a beneficios. Que la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 014-2002-TR prescribe que las entidades públicas se encuentran obligadas a coadyuvar con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para la oportuna yeficaz implementación y ejecución del Programa de los beneficios contemplados en la Ley Nº 27803 y demás normas complementarias. Que, en mérito a dicha disposición, el Ministerio de Agricultura simultáneamente a la ejecución del beneficio de reincorporación o reubicación laboral, realizógestiones ante los distintos estamentos del Estado para la generación de plazas vacantes que permitiera reincorporar a la totalidad de los ex trabajadores cesadosirregularmente que se acogieron al beneficio de la reincorporación o reubicación laboral y cuyos nombres fueron otorgados oportunamente por el Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo.Que, como consecuencia de dichas gestiones, el Ministerio de Agricultura mediante Resolución Suprema Nº 013-2006-AG aprobó el nuevo Cuadro de Asignación de Personal - CAP, que contó con la opinión favorable dela Presidencia del Consejo de Ministros contenido en el Oficio Nº 1275-2006-PCM/SG, y que incluyó los cargos de los ex trabajadores cesados irregularmente que seacogieron al beneficio de reincorporación o reubicación laboral, y no pudieron acceder inicialmente a una plaza vacante presupuestada. Que, posteriormente, con la opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas contenido en el Informe Nº 097-2006-EF/76.10 y de la Oficina Generalde Planificación Agraria, a través del Oficio Nº 3666- 2006-AG-OGPA se emitió la Resolución Ministerial Nº 1265-2006-AG modificando el Presupuesto Analíticode Personal - PAP del Ministerio de Agricultura correspondiente al ejercicio presupuestal del 2006, el cual incluyó las plazas vacantes presupuestadas parareincorporar a la totalidad de ex trabajadores cesados irregularmente de esta última entidad, acogidos al beneficio de reincorporación o reubicación laboraldispuesto por la Ley Nº 27803 y demás normas complementarias. Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 014-2002- TR en su Tercera Disposición Final, señala que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo está facultado para emitir las normas correspondientes yrealizar las acciones que se requieran a fin de implementar el programa de acceso a los beneficios de la Ley Nº 27803, entre los que figura la reincorporación oreubicación general. Que, en uso de la facultad antes descrita, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo emitió la ResoluciónSuprema Nº 011-2006-TR publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de julio del 2006, autorizando al Ministerio de Agricultura, formalice vía Resolución Ministerial, lareincorporación de los ex trabajadores que se hayan acogido al beneficio de la reincorporación o reubicación laboral dispuesto por la Ley Nº 27803 y cuyos nombreshan sido publicados y/o comunicados por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Con las visaciones de los Directores Generales de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, Planificación Agraria y de Administración. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, la Resolución MinisterialNº 491-2006-AG, la Ley Nº 27803 y demás normas complementarias. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reincorpórese, con efectividad al 2 de octubre del 2006, a los ex trabajadores cesados irregularmente del Ministerio de Agricultura que se han acogido al beneficio de la reincorporación o reubicaciónlaboral dispuesto en la Ley Nº 27803, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Transcríbase la presente resolución al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a la Oficina General de Administración, a la Oficina de Personal delMinisterio de Agricultura y a los interesados para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 02762-1 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20 /G73/G69/G6E/G20 /G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20 /G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G71/G75/G65 /G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/GF3/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G53/G61/G6E/G74/G75/G61/G72/G69/G6F/G20/G48/G69/G73/G74/GF3/G72/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G63/G68/G75/G70/G69/G63/G63/G68/G75 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 255-2006-INRENA Lima, 27 de setiembre de 2006