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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329610El Peruano jueves 5 de octubre de 2006 que se expida nueva resolución con arreglo a las consideraciones esbozadas en la Sentencia de fecha 27 de mayo de 2005, en tanto al retrotraerse el procedimiento administrativo sancionador a la etapa deactuación probatoria, no se ha tomado en cuenta que lo señalado en dicha Sentencia, respecto del plazo para la calificación de las denuncias; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, todapersona y autoridad está obligada a acatar y a dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativa, emanadas de autoridad judicialcompetente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil,penal o administrativa que la ley señala; Que, de acuerdo a lo señalado por el Décimo Noveno Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, corresponderetrotraerse el procedimiento administrativo sancionador hasta la etapa de calificación, la cual debe realizarse y evaluarse dentro del plazo a que se contrae el artículo 46ºdel Reglamento de Sanciones a Conciliadores, Centros de Conciliación, Capacitadores y Centros de Formación y Capacitación de Conciliadores, que se computará a partirde la fecha de notificación de la presente Resolución; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánicadel Sector Justicia; Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y Ley Nº 28163 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-JUS, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; y por el Reglamento de Sanciones a Conciliadores, Centros de Conciliación, Capacitadores y Centros deFormación y Capacitación de Conciliadores, aprobado por Resolución Ministerial Nº 245-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 001-2006-JUS, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3º.- Retrotraer el proceso administrativo sancionador a la etapa de calificación, regulada en el artículo 46º del Reglamento de Sanciones aConciliadores, Centros de Conciliación, Capacitadores y Centros de Formación y Capacitación de Conciliadores, aprobado por Resolución Ministerial Nº 245-2001-JUS,y conforme a lo establecido en la Sentencia de fecha 27 de mayo de 2005, de la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima." Artículo 2º.- Disponer que la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos deSolución de Conflictos se encargue del cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA A. ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 02708-1 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G4E/G6F/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G72/G61/G6D/G6F/G6E/G67/G61/G2C/G20/G59/G61/G6E/G61/G68/G75/G61/G6E/G63/G61/G20/G79/G4C/G61/G20/G55/G6E/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G4E/G6F/G74/G61/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G48/G75/GE1/G6E/G75/G63/G6F/G20/G79/G20/G50/G61/G73/G63/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 507-2006-JUS Lima, 3 de octubre de 2006 VISTO, el Informe Nº 004-2006-JUS/CN, de fecha 21 de agosto de 2006, remitido por el Presidente del Consejo del Notariado; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe de visto, el Presidente del Consejo del Notariado pone en conocimiento delDespacho Ministerial el resultado final del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial en el Distrito Notarial del Callao; Que, conforme consta en las actas del Jurado del Concurso Público de Méritos Nº 005-2005 para el ingreso al Notariado, remitidas al Consejo del Notariado por el Decano del Colegio de Notarios del Callao, y luego dehaberse cumplido con las distintas fases del mismo, el señor Antonio Restuccia Atoche, ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito deParamonga, provincia de Barranca, departamento de Lima, Distrito Notarial del Callao; Que, por Resolución Ministerial Nº 129-2006-JUS, de fecha 31 de marzo de 2006, se cancela, por renuncia, el título de Notario del distrito de Pativilca, provincia de Barranca, departamento de Lima, Distrito Notarial del Callao,otorgado al señor abogado Antonio Restuccia Atoche, la misma que se hará efectiva desde el día siguiente de su juramentación como Notario de la localización del distritode Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima, Distrito Notarial del Callao; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Orgánica del Sector Justicia, aprobada mediante Decreto Ley Nº 25993; artículo 12º del Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado; y el artículo 29º del Reglamentode Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, vigente durante el mencionado concurso y aprobado por Resolución Ministerial Nº 398-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al señor abogado ANTONIO RESTUCCIA ATOCHE como Notario Público del distrito de Paramonga, provincia de Barranca, departamento deLima, Distrito Notarial del Callao, debiendo expedirse para tal efecto el Título correspondiente. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios del Callao, y al interesado para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA A. ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 02708-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 508-2006-JUS Lima, 3 de octubre de 2006VISTO, el Informe Nº 006-2006-JUS/CN, de fecha 21 de setiembre de 2006, remitido por el Presidente delConsejo del Notariado; CONSIDERANDO:Que, mediante el Informe de visto, el Presidente del Consejo del Notariado pone en conocimiento delDespacho Ministerial el resultado final del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial en el Distrito Notarial de Huánuco y Pasco; Que, conforme consta en las actas del Jurado del Concurso Público de Méritos Nº 001-2005 para el ingreso al Notariado, remitidas al Consejo del Notariado por elDecano del Colegio de Notarios de Huánuco y Pasco, y luego de haberse cumplido con las distintas fases del mismo, el señor Víctor Daniel Coral Pérez, ha resultadoganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de Yanahuanca, provincia de Daniel A. Carrión, departamento de Pasco, Distrito Notarial de Huánuco y Pasco; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Orgánica del Sector Justicia, aprobada mediante Decreto Ley Nº 25993; artículo 12º del Decreto LeyNº 26002, Ley del Notariado; y el artículo 28º del Reglamento de Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por ResoluciónMinisterial Nº 180-2006-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al señor abogado Víctor Daniel Coral Pérez como Notario Público del distrito de