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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330260El Peruano jueves 12 de octubre de 2006 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROYECTO DE RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL QUE MODIFICARÍA PLANES DE CANALIZACIÓN Y ASIGNACIÓN DE FRECUENCIAS EN LA BANDA DE FRECUENCIA MODULADA (FM) PARA LAS LOCALIDADES DEL DEPARTAMENTO DE LIMA El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideración del público en general el contenido del presente proyecto de Resolución Viceministerial mediante el cual se modificaría el artículo 1º de la Resolución Viceministerial Nº 251-2004-MTC/03, modificada por la Resolución Viceministerial Nº 485-2005-MTC/03, mediante lacual se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Moduladapara las localidades del departamento de Lima, a fin de que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito, a laDirección General de Gestión de Telecomunicaciones del Ministerio, Av. Zorritos Nº 1203 - Breña, vía fax al 315-7641 o vía correo electrónico a jmartinez@mtc.gob.pe, dentro del plazo de diez (10) días calendario, de acuerdo al formato siguiente. Formato para la presentación de comentarios al Proyecto Artículo del Proyecto Comentarios 1º 2º Comentarios Generales RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y el artículo 6º de su Reglamento, aprobado porDecreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establecen que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación,control y en general cuanto concierne a la gestión delespectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planesde Canalización y de Asignación de Frecuenciascorrespondientes a cada localidad y banda de frecuenciasatribuidas al servicio de radiodifusión y determina lasfrecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, por Resolución Viceministerial Nº 251-2004-MTC/ 03 modificada por la Resolución Viceministerial Nº 485-2005-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización yAsignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión sonora para la banda de Frecuencia Modulada, en distintas localidades del departamento de Lima; Que, conforme lo dispuesto por el artículo 4º de la precitada Resolución Viceministerial Nº 251-2004-MTC/03,los Planes de Asignación de Frecuencias aprobadospueden modificarse de oficio, a fin de optimizar el uso del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión y procurar una oferta plural de servicios; Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones mediante Informes Nºs. 864 y 894-2005-MTC/17.01.ssr, propone la modificación de los Planes deCanalización y Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión para la banda de Frecuencia Modulada aprobados por Resolución Viceministerial Nº 251-2004-MTC/03, a fin deincorporar los Planes para las localidades de Ancón-SantaRosa, Chaclacayo-Chosica-Santa Eulalia-Ricardo Palma,Cieneguilla, Huaycán- Horacio Zevallos-Carapongo,Pachacámac-Lurín-San Fernando-Manchay, Puente Piedra- Carabayllo-Comas, San Juan de Lurigancho, Saracoto, Ventanilla, Villa El Salvador-Villa María del Triunfo y Vitarte; y,modificar el Plan de Canalización de la localidad de Huaral-Chancay, respectivamente, del departamento de Lima; Que, asimismo, la citada Dirección de Concesiones y Autorizaciones señala en su informe, que en la elaboración de sus propuestas, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas porResolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y en elReglamento de la Ley de Radio y Televisión; Que, la Dirección General de Control y Supervisión de Telecomunicaciones por Informes Nºs. 1239-2006-MTC/ 18.01.1 y Memorándum Nº 2051-2006-MTC/18 señalan que según el monitoreo efectuado a las estaciones del serviciode radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada de laprovincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao,los resultados de las mediciones de intensidad de campo eléctrico garantizan la viabilidad de los Planes de Asignación de Frecuencias para la banda de FrecuenciaModulada en Lima Metropolitana, de acuerdo a la propuestade la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión aprobada por Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, su modificatoria aprobada por ResoluciónMinisterial Nº 296-2005-MTC/03; y, Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y el Director General de Control y Supervisión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Viceministerial Nº 251-2004-MTC/03 modificado por la Resolución Viceministerial Nº 485-2005-MTC/03, a fin de incorporar los Planes para las localidades de Ancón-SantaRosa, Chaclacayo-Chosica-Santa Eulalia-Ricardo Palma,Cieneguilla, Huaycán- Horacio Zevallos-Carapongo,Pachacámac-Lurín-San Fernando-Manchay, Puente Piedra-Carabayllo-Comas, San Juan de Lurigancho, Saracoto, Ventanilla, Villa El Salvador-Villa María del Triunfo y Vitarte, y, modificar el Plan de Canalización de la localidad de Huaral- Chancay del departamento de Lima; conforme se detallaa continuación: Localidad : Ancón-Santa Rosa Plan de Asignación de Frecuencias Plan de CanalizaciónPlan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) Ubicación 254 98.7 SANTA ROSA 258 99.5 ANCÓN SAN JOSÉ 269 101.7 ANCÓN CIUDAD Total de canales : 3 La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. Las plantas de transmisión deberán instalarse fuera de la zona de servicio (contorno de 66 dBµV/m) de las estaciones primarias de la localidad de Lima y respetando las distancias resultantes de las relaciones de protecciónen RF. Sólo se exceptúan de esta obligación las estacionesque hubieran sido autorizadas, antes de la entrada envigencia del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Las estaciones a instalarse o instaladas en esta localidad son estaciones secundarias de acuerdo a la definición prevista en el Reglamento de la Ley de Radio yTelevisión y están sujetas a los parámetros técnicosestablecidos para las Estaciones de Baja Potencia en lasNormas Técnicas del Servicio de Radiodifusión.PROYECTO