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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (16/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 16 de octubre de 2006 330631REPUBLICADELPERU Informática, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN NÉSTOR ESCUDERO ROMAN Rector PATRICIA VELASCO VALDERAS Secretaria General 03022-1 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONSUCODE /G52/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G76/G65/G65/G64/G6F/G72/G65/G73/G2C/G20/G70/G6F/G73/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G79 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G69/G73/G74/G61/G73/G20/G73/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G74/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65 /G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN Nº 446-2006-CONSUCODE/PRE Jesús María, 12 de octubre de 2006 VISTO: El Memorando Nº 788-2006-GRNP del Gerente del Registro, referido a la publicación del Listado deInhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, se establece laobligatoriedad de publicar en el Diario Oficial El Peruanola relación de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el Artículo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, enadelante el Reglamento, establece que el ConsejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE, publicará mensualmente la relación de proveedores, postores o contratistas que hayan sido sancionados en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Gerencia del Registro respecto de los proveedores, postores ocontratistas sancionados, comunicados a dicha Gerenciapor el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones de CONSUCODE durante el mes de septiembre de 2006; y, De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 59º inciso c) de la Ley, el Artículo 4º numeral 3) y Artículo 7ºnumeral 28) del Reglamento de Organización yFunciones de CONSUCODE, aprobado por DecretoSupremo Nº 040-2006-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación de los proveedores, postores y contratistas sancionados porel Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de septiembre de 2006: 1. EXPORTANDES S.A.C. Inhabilitación por dieciocho (18) meses en su derecho de participar en procesos deselección y contratar con el Estado, por el incumplimientoinjustificado de sus obligaciones derivadas de la Orden de Compra, causal tipificada en el inciso a) del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado aprobado por Decreto SupremoNº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 674/2006.TC-SU de 5.9.2006, sanción que entrará en vigencia a partirdel cuarto día hábil siguiente de notificada la indicada resolución.2. SONIA CASTILLÓN SUÁREZ. Inhabilitación por trece (13) meses en su derecho de participar en procesosde selección y contratar con el Estado, por haber suscritoun contrato sin contar con inscripción vigente en elRegistro Nacional de Contratistas (hoy, Registro Nacionalde Proveedores), causal tipificada en el inciso g) del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 690/2006.TC-SU de 8.9.2006, sanción que entrará envigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicadala indicada resolución. 3. JLG REPRESENTACIONES S.A. Inhabilitación por nueve (09) meses en su derecho de participar enprocesos de selección y contratar con el Estado, por elincumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadasde la Orden de Compra, causal tipificada en el inciso a)del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según ResoluciónNº 692/2006.TC-SU de 8.9.2006, sanción que entraráen vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente denotificada la indicada resolución. 4. AGRUPACIÓN TÉCNICA S.R.L. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por elincumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadasdel Contrato dando lugar a su resolución, causal tipificadaen el inciso b) del artículo 205º del Reglamento de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 709/2006.TC-SU de 13.9.2006, sanciónque entrará en vigencia a partir del cuarto día hábilsiguiente de notificada la indicada resolución. 5. LM & S INGENIEROS CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. Inhabilitación Definitiva en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, al haberse configurado la causalde reincidencia establecida en el artículo 209º delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 714/2006.TC-SU de 13.9.2006. 6. VÍCTOR GÓNGORA SARMIENTO. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar enprocesos de selección y contratar con el Estado, porhaber suscrito un contrato sin contar con inscripciónvigente en el Registro Nacional de Contratistas (hoy, Registro Nacional de Proveedores), causal tipificada en el inciso g) del artículo 205º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según ResoluciónNº 715/2006.TC-SU de 13.9.2006, sanción que entraráen vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notificada la indicada resolución. 7. SERVICIOS GENERALES NOLE E.I.R.L. Inhabilitación por quince (15) meses en su derecho departicipar en procesos de selección y contratar con elEstado, por haber presentado documentos falsos oinexactos, y por haber contratado con el Estado estando impedido para ello, causales tipificadas en los numerales 9) y 4) del artículo 294º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segúnResolución Nº 722/2006.TC-SU de 13.9.2006, sanciónque entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notificada la indicada resolución. 8. PEDRO RAÚL GÁLVEZ ALMEIDA. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar enprocesos de selección y contratar con el Estado, porresponsabilidad en la no suscripción injustificada delContrato, causal tipificada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto SupremoNº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 739/2006.TC-SU de 14.9.2006, sanción que entrará en vigencia a partirdel cuarto día hábil siguiente de notificada la indicadaresolución. 9. SERVICIOS Y REPARACIONES DE MOTORES DIESEL CALLAO S.R.L. (SERMODIC S.R.L.).Inhabilitación por seis (06) meses en su derecho departicipar en procesos de selección y contratar con el