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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (16/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 16 de octubre de 2006 330623REPUBLICADELPERU a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo lasacciones realizadas y los resultados obtenidos duranteel viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 03084-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G41/G73/G74/G75/G72/G69/G61/G73/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 490-2006-MTC/03 Lima, 6 de octubre del 2006VISTO, el Escrito Registro Nº 2006-009650, del 11 de abril del 2006, presentado por la empresa CORPORACIÓN GESTIÓN S.A., sobre aprobación detransferencia de autorizaciones a favor de la empresaPRODUCCIONES ASTURIAS S.A.C; CONSIDERANDO: Que, el artículo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que la autorización, conjuntamentecon los permisos, licencias y autorización de enlacesauxiliares a la radiodifusión, podrán ser transferidas, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial conteniendo además el reconocimientodel nuevo titular; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión dispone que para que proceda la transferencia de unaautorización, debe haber transcurrido por lo menos dos (2) años contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la autorización y que el adquiriente no seencuentre incurso en alguna de las causales establecidasen el artículo 23º de la Ley de Radio y Televisión; Que, el artículo 74º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establece los requisitos y procedimientos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, con Escrito Registro Nº 2006-009650 del 11 de abril de 2006, la empresa CORPORACIÓN GESTIÓNS.A., solicitó la transferencia de sus autorizaciones afavor de la empresa PRODUCCIONES ASTURIAS S.A.C; Que, con Resolución Viceministerial Nº 456-2006- MTC/03 del 28 de agosto de 2006, por mandato de laPrimera Disposición Complementaria y Final de la LeyNº 28853, se renovaron diversas autorizaciones para laprestación del servicio de radiodifusión en las diversas bandas y localidades, incluyendo tres (3) autorizaciones pertenecientes a la empresa CORPORACIÓN GESTIÓNS.A., para prestar el servicio de radiodifusión sonora enlas localidades de Cusco, Trujillo, en la banda deFrecuencia Modulada, y la localidad de Huancayo-Jauja-Concepción -Chupaca, en la banda de Onda Media; Que, con Informe Nº 1181-2006-MTC/17.01.ssr, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones deTelecomunicaciones procede a la evaluación latransferencia, a favor de la empresa PRODUCCIONESASTURIAS S.A.C., de las autorizaciones para prestar elservicio de radiodifusión para las localidades de Cusco, Trujillo, en la banda de Frecuencia Modulada, y Huancayo-Jauja-Concepción-Chupaca, en la banda deOnda Media, opinando que resulta procedencia aprobarla respectiva transferencia, al haberse verificado lapresentación de los requisitos previstos para el efecto yque no se ha incurrido en los impedimentos o causalespara denegar el acceso a una autorización contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por DecretoSupremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a favor de la empresa PRODUCCIONES ASTURIAS S.A.C., de lassiguientes tres (3) autorizaciones, conjuntamente conlos permisos, licencias y autorización de enlacesauxiliares a la radiodifusión, que le fueran otorgadas a laempresa CORPORACIÓN GESTIÓN S.A: Nº LOCALIDAD BANDA FRECUENCIA RESOLUCIÓN DE RENOVACIÓN 1 CUSCO FM 106.5 Mhz. RVM Nº 456-2006-MTC/03 2 HUANCAYO-JAUJA- CONCEPCIÓN-CHUPACA OM 830 Khz. 3 TRUJILLO FM 107.5 Khz. Artículo 2º.- Reconocer a la empresa PRODUCCIONES ASTURIAS S.A.C., como titular de las autorizacionesseñaladas en el artículo precedente, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, otorgadas a la empresa CORPORACIÓNGESTIÓN S.A., asumiendo ésta todos los derechos yobligaciones derivados de las mismas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 03085-1 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G6E/G6F/G72/G61 /G79/G20/G73/G75/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G41/G73/G74/G75/G72/G69/G61/G73/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 491-2006-MTC/03 Lima, 6 de octubre del 2006 VISTOS, los Escritos Registro Nº 944382; Nº 1998- 02628007; Nº 1999-02036007 y Nº 1999-02038007 sobreotorgamiento de autorizaciones definitivas para prestarel servicio de radiodifusión sonora en las bandas de Onda Media (OM) y Frecuencia Modulada (FM) en las localidades de Cusco-Anta-Calca-Paruro-Urubamba-Pisac; Cajamarca, Tingo María y Huánuco, así comoaprobación de transferencia de las mismas a favor de laempresa PRODUCCIONES ASTURIAS S.A.C., solicitadamediante Escrito Registro Nº 2006-009650; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 904-89-TC/ 15.17, del 29 de setiembre de 1989, se autorizó a la empresa EMISORAS POPULARES PERUANAS S.A., por el plazo de un (1) año, el establecimiento de unaestación del servicio de radiodifusión sonora comercialen Onda Media, en el distrito, provincia y departamentode Cusco; Que, con Resolución Ministerial Nº 319-90-TC/15.17 del 9 de marzo de 1990, se otorgó autorización a la empresa EMISORAS POPULARES PERUANAS S.A.porel plazo de un (1) año, para instalar y operar en períodode prueba una estación de radiodifusión sonora comercialen Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito,provincia y departamento de Cajamarca. Dicha resolución fue publicada con fecha 16 de marzo de 1990 en el Diario Oficial El Peruano;