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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330656El Peruano martes 17 de octubre de 2006 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUIQUIJANA., para la ejecución de los proyectos descritos en el Anexo queforma parte de esta Resolución por la suma total de S/. 1 915 701,00 el mismo que cuenta con Informe sobre disponibilidad presupuestal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, laDirectiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006, aprobada conResolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicación del numeral 3.2 delArtículo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 1 915 701,00 (UN MILLÓN NOVECIENTOSQUINCE MIL , SETECIENTOS UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES). en la fuente Recursos Ordinarios a favor de la Municipalidad Distrital de Quiquijana para la ejecucióndel proyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para la ejecución de los proyectos descritos en el referido Anexo, quedando prohibido que la Municipalidad Distrital deQuiquijana efectúe anulaciones con cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamientodel Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1 000060 Asistencia a las Instituciones Privadas y Públicas, en la fuente Recursos Ordinarios ycon la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º. - Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Específico de Financiamiento del Proyecto de Inversión a celebrarse entre el Ministeriode Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Quiquijana. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento, serán responsables del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUIQUIJANA COD PROYECTOS TIPO DE EJECUCIÓN MONTO DE SNIP PRESUPUEST ARIA INVERSIÓN 30316MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL INDIRECTA 1,915,701.00 SISTEMA DE SANEAMIENTO QUIQUI- JANA TOTAL 1,915,701.00 03175-5 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 345-2006-VIVIENDA Lima, 16 de octubre de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2006, con el objeto de financiar los proyectos de inversión que se encuentran detallados en los Anexosde la citada Ley, entre los que se ha considerado ciento ochenta y cinco proyectos de inversión en saneamiento que serán ejecutados a nivel nacional por el Ministeriode Vivienda, Construcción y Saneamiento, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, así como por las Empresas MunicipalesPrestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del SistemaNacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, solo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para proyectos de inversión desaneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales - EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,dicho Ministerio tiene entre sus funciones la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano ysaneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generarcondiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de lossectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento aprueba la desagregación de los recursos, provenientes del Crédito Suplementario autorizado por la Ley Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Técnico Nº 005-2006-MVCS/ VMCS-PARSSA, el Programa de Reforma del SectorSaneamiento -PARSSA ha emitido opinión favorable a la transferencia financiera a efectuarse a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE,para la ejecución de los proyectos descritos en el Anexo que forma parte de esta Resolución por la suma total de S/. 1 615 019,00 el mismo que cuenta con Informe sobredisponibilidad presupuestal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del GobiernoNacional para el Año Fiscal 2006, aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que apruebalos Lineamientos para la aplicación del numeral 3.2 del Artículo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 1 615 019,00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS QUINCE MIL, DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES). en la fuente Recursos Ordinarios a favor de laMunicipalidad Distrital de Nuevo Chimbote para la ejecución de los proyectos descritos en el Anexo que forma parte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para la ejecución de los proyectos descritos en el referido Anexo,quedando prohibido que la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote efectúe anulaciones con cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al