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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (17/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330654El Peruano martes 17 de octubre de 2006 Público para el Año Fiscal 2006, con el objeto de financiar los proyectos de inversión que se encuentrandetallados en los Anexos de la citada Ley, entre los que se ha considerado ciento ochenta y cinco proyectos de inversión en saneamiento que serán ejecutados a nivelnacional por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, así como por lasEmpresas Municipales Prestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, solo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, lamisma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento, para proyectos de inversión de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de SaneamientoMunicipales - EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organización y Funciones delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dicho Ministerio tiene entre sus funciones la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionalesy locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del artículo 8º del Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece comouna de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad ysostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprueba la desagregación de los recursos, provenientes del Crédito Suplementario autorizado porla Ley Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informes Técnicos Nº 03-2006-MVCS/ VMCS-FLB, 04-2006-MVCS/VMCS-FLB y 05-2006- MVCS/VMCS-FLB, la Dirección Nacional de Saneamiento - DNS ha emitido opinión favorable a la transferenciafinanciera a efectuarse a favor del Gobierno Regional de Ica, para la ejecución de los proyectos descritos en el Anexo que forma parte de esta Resolución por la sumatotal de S/. 2 205 338,00 el mismo que cuenta con Informe sobre disponibilidad presupuestal correspondiente. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para laEjecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006, aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y laResolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicación del numeral 3.2 del Artículo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 2 205 338,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL, TRESCIENTOS TREINTAY OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES). en la fuente Recursos Ordinarios a favor del Gobierno Regional de Ica para la ejecución de los proyectos descritos enel Anexo que forma parte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para la ejecución del proyecto descrito en el referido Anexo, quedando prohibido que el Gobierno Regional de Icaefectúe anulaciones con cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880.Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo alpresupuesto aprobado del presente año fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,Actividad 1 000060 Asistencia a las Instituciones Privadas y Públicas, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario decompromisos correspondiente. Artículo 3º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentranprevistos en el Convenio Específico de Financiamiento del Proyecto de Inversión a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el GobiernoRegional de Ica. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción ySaneamiento, serán responsables del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: GOBIERNO REGIONAL DE ICA COD PROYECTOS TI PO DE EJECU CIÓN MONTO DE SNIP PRESUPUEST ARIA INVERSIÓN 7360CONSTRUCCIÓN DE RED DE ALCANTA- RILLADO EN LOS SECTORES II, III Y V INDIRECTA 1,102,076.00 DEL PP.JJ SEÑOR DE LUREN -ICA 2971 MEJORAMI ENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y CONSTRUCCIÓN DELSISTEMA DE ALCANTARILLADO EN EL INDIRECTA 657,413.00 CC. PP. SANTA ROSA 21367AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y CONS- INDIRECTA 445,849.00 TRUCCIÓN DE SISTEMA DE ALCANTA- RILLADO EN LA UPIS VILMA LEÓN TOTAL 2,205,338.00 03175-4 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G73/G20/G61 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G65/G73/G64/G65/G20 /G43/G61/G6C/G61/G6E/G61/G2C/G20 /G51/G75/G69/G71/G75/G69/G6A/G61/G6E/G61/G20 /G79/G20 /G4E/G75/G65/G76/G6F/G43/G68/G69/G6D/G62/G6F/G74/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 342-2006-VIVIENDA Lima, 16 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, con el objeto de financiar los proyectosde inversión que se encuentran detallados en los Anexos de la citada Ley, entre los que se ha considerado ciento ochenta y cinco proyectos de inversión en saneamientoque serán ejecutados a nivel nacional por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales Provinciales yDistritales, así como por las Empresas Municipales Prestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, solo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, lamisma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y