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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330652El Peruano martes 17 de octubre de 2006 COD PROYECTOS TIPO DE EJECUCIÓN MONTO DE SNIP PRESUPUEST ARIA INVERSIÓN 30861RENOVACIÓN DE LA RED DE AGUA INDIRECTA 1,886,227 POTABLE Y ALCANTARILLADO CONCONEXIONES DOMICILIARIAS DE LA URBANIZACION CHICLAYO - CHICLAYO 28479MEJORAMIENTO DEL COLECTOR SUR INDIRECTA 1,873,981 UNPRG Y DEL COLECTOR RAMONCASTILLA DE LA CIUDAD DE LAMBAYEQUE 28582CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE INDIRECTA 1,771,127 AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL C.P. CAPOTE-PICSI 10908MEJORAMIENTO DE LA LAGUNA DE ES- INDIRECTA 1,110,733 TABILIZACIÓN DE ILLIMO Y CONSTRUC-CIÓN DEL EMISOR DE Ø8" AL DREN MARCELO 31674RENOVACION DE LA RED DE AGUA DIRECTA 1,538,250 POTABLE Y COLECTOR DE LA CALLELETICIA Y SUS TRANSVERSALESDESDE LA AV. SAENZ PEÑA A LA AV. BALTA-CHICLAYO 25142RENOVACION DE LA RED DE AGUA DIRECTA 1,265,231 POTABLE Y ALCANTARILLADO CONCONEXIONES DOMICILIARIAS DELPUEBLO JOVEN DIEGO FERRE - CHI- CLAYO 25133RENOVACION DE LA RED DE AGUA DIRECTA 1,066,131 POTABLE, ALCANTARILLADO Y CONE-XIONES DOMICILIARIAS DEL PJ MURO- CHICLAYO 20244RENOVACIÓN DE LA RED DE AGUA DIRECTA 1,320,639 POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOSPP.JJ. SAN FRANCISCO Y BUENOS AIRES - CHICLAYO 20252INSTALACION DE LA RED DE AGUA DIRECTA 1,048,085 POTABLE Y AMPLIACION DE ALCANTA-RILLADO CON CONEXIONES DOMICI-LIARIAS DEL SECTOR VILLA PERPETUO SOCORRO - PUERTO ETEN TOTAL 15,867,954,00 03175-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 346-2006-VIVIENDA Lima, 16 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, con el objeto de financiar los proyectos de inversión que se encuentran detallados en los Anexosde la citada Ley, entre los que se ha considerado ciento ochenta y cinco proyectos de inversión en saneamiento que serán ejecutados a nivel nacional por el Ministeriode Vivienda, Construcción y Saneamiento, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, así como por las Empresas MunicipalesPrestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del SistemaNacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, sólo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para proyectos de inversión desaneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales - EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,dicho Ministerio tiene entre sus funciones la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano ysaneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generarcondiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad ysostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprueba la desagregación de los recursos, provenientes del Crédito Suplementarioautorizado por la Ley Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Técnico Nº 006-2006-MVCS/ VMCS-PARSSA, el Programa de Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA ha emitido opinión favorable a latransferencia financiera a efectuarse a favor de la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO TACNA S.A., para la ejecución delproyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolución por la suma total de S/. 1 763 373,00 el mismo que cuenta con Informe sobre disponibilidad presupuestalcorrespondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del GobiernoNacional para el Año Fiscal 2006, aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que apruebalos Lineamientos para la aplicación del numeral 3.2 del Artículo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 1 763 373,00 (UN MILLÓN SETECIENTOS SESENTA Y TRES MIL, TRESCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES). en la fuente RecursosOrdinarios a favor de la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO TACNA S.A. para la ejecución del proyecto descrito en el Anexo que formaparte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para laejecución de los proyectos descritos en el referido Anexo, quedando prohibido que la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTOTACNA S.A. efectúe anulaciones con cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fiscal 2006 dela Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1 000060 Asistencia a las InstitucionesPrivadas y Públicas, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º. - Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Específico de Financiamientodel Proyecto de Inversión a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTOTACNA S.A. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción ySaneamiento, serán responsables del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento