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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330648El Peruano martes 17 de octubre de 2006 Ítem 1: Servicio de mantenimiento preventivo- correctivo de ascensores OTIS, por el valor estimadode S/.25,752.00 (Veinticinco mil setecientos cincuenta y dos y 00/100 Nuevos Soles). Ítem 2: Servicio de mantenimiento preventivo de ascensores SCHINDLER, por el valor estimado de S/.56,848.32 (Cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta y ocho y 32/100 Nuevos Soles), cuyos montoscubren el período de 12 (doce) meses e incluyen todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, así como cualquier otro concepto que le seaaplicable y que pueda incidir sobre el valor del servicio a contratar; Que, en consecuencia, la Contratación del Servicio de Mantenimiento y Reparación de Ascensores del Ministerio de Relaciones Exteriores que se encuentra en el respectivo Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones (PAAC) de la Entidad, deberá efectuarse en forma directa mediante acciones inmediatas con las empresas Ascensores S.A. y Ascensores Schindler delPerú S.A. en lo que les corresponda; debiendo ser realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órganodesignado para el efecto; Que, a partir de lo expuesto, se requiere que se expida una Resolución Ministerial, que exonere delproceso de selección bajo la causal de servicio que no admite sustituto, a la Contratación del Servicio de Mantenimiento y Reparación de Ascensores delMinisterio de Relaciones Exteriores que se encuentra en el respectivo Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) de la Entidad, a fin de efectuardicha contratación por el período de 12 (doce) meses, por los siguientes montos: Ítem 1: Servicio de mantenimiento preventivo- correctivo de ascensores OTIS, por el valor de S/.25,752.00 (Veinticinco mil setecientos cincuenta y dosy 00/100 Nuevos Soles). Ítem 2: Servicio de mantenimiento preventivo de ascensores SCHINDLER, por el valor de S/.56,848.32(Cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta y ocho y 32/ 100 Nuevos Soles). Dichos montos incluyen todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidirsobre el valor del servicio a contratar; Que, la causal de servicio que no admite sustituto se encuentra prevista en el literal e) del artículo 19ºdel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el artículo 144º de su Reglamento, al configurarse unservicio que no admite sustituto; y que se realizará en forma directa mediante acciones inmediatas, debiendo ser aprobadas en el caso del Ministerio deRelaciones Exteriores, mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo antes de su expedición un informe técnico legal, debiendo serpublicado en el Diario Oficial El Peruano, en el SEACE, así como remitirse la Resolución a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, bajoresponsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, en virtud del artículo 20º del citado TextoÚnico Ordenado; Que, la Dirección General de Asuntos Legales, ha emitido opinión legal, conforme a lo dispuesto por elartículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que de producirse este supuesto, la Entidad efectuarálas adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, debiendo ser realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones ycontrataciones de la Entidad o el órgano designado para el efecto;Que, asimismo, de acuerdo al Memorándum (PPT) Nº 331-2006 del 20 de julio de 2006 de la Dirección dePresupuesto, se cuenta con la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento del servicio solicitado, con cargo a la fuente de financiamiento 00Recursos Ordinarios, precisando que con cargo al próximo ejercicio presupuestal se provisionarán los recursos financieros para cubrir el período de ejecuciónen el 2007; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial, mediante la cual se aprueba laexoneración del proceso de selección correspon- diente; Con la visación de la Dirección General de Asuntos Legales; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado; y con el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR que la Contra- tación del Servicio de Mantenimiento y Reparaciónde Ascensores del Ministerio de Relaciones Exteriores que se encuentra en el respectivo Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) delMinisterio de Relaciones Exteriores se configura en un servicio que no admite sustituto, de conformidad con el inciso e) del artículo 19º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Segundo.- EXONERAR del proceso de selección por Adjudicación Directa Selectiva correspondiente a la Contratación del Servicio deMantenimiento y Reparación de Ascensores del Ministerio de Relaciones Exteriores que se encuentra en el respectivo Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones (PAAC) del Ministerio de Relaciones Exteriores, por los siguientes montos: Ítem 1: Servicio de mantenimiento preventivo- correctivo de ascensores OTIS, por el valor de S/.25,752.00 (Veinticinco mil setecientos cincuenta y dosy 00/100 Nuevos Soles). Ítem 2: Servicio de mantenimiento preventivo de ascensores SCHINDLER, por el valor de S/.56,848.32(Cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta y ocho y 32/100 Nuevos Soles), Dichos montos cubren el período de 12 (doce) meses e incluyen todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, así como cualquier otro conceptoque le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor del servicio a contratar. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección de Logística llevar a cabo en forma directa mediante acciones inmediatas, la contratación del servicio exonerado, los mismos que se efectuarán con lasempresas Ascensores S.A. y Ascensores Schindler del Perú S.A. en lo que les corresponda, por el período de 12 (doce) meses, con cargo a la fuente de financiamiento00 Recursos Ordinarios, de acuerdo a lo coordinado con la Dirección de Presupuesto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración comunique el contenido de la presente resolución al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, además delos Informes Técnico y Legal a la Contraloría General de la República, dentro del plazo de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación y publicar lapresente resolución en el Diario Oficial El Peruano en el plazo legal y en el SEACE. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores, conforme a lo establecido en la