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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331682El Peruano sábado 28 de octubre de 2006 Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 03611-11 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1559/INC Lima, 27 de setiembre de 2006 VISTO, el Informe Nº 807-2006-INC-DREPH/DA/ SDIC/LDZM de fecha 14 de agosto de 2006 de laSubdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de lasmanifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura estáencargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 807-2006-INC-DREPH/DA/ SDIC/LDZM de fecha 14 de agosto de 2006 la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, remite los expedientes técnicosconformados por planos perimétricos, planos topográficos, fichas técnicas y memorias descriptivas en el sistema de referencia WGS 84 del sitio arqueológicoPuente Inca (Sectores I y II), ubicado en el distrito de Río Grande, provincia de Palpa, departamento de Ica; Que, mediante Informe Nº 844-2006-INC-DREPH- DA-LAMS de fecha 7 de agosto de 2006, el Lic. Luis Moulet Silva, Arqueólogo de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección deArqueología, recomienda se declare Patrimonio Cultural de la Nación y se apruebe el expediente técnico del sitio arqueológico Puente Inca (Sectores Iy II), ubicado en el distrito de Río Grande, provincia de Palpa, departamento de Ica; Que, mediante Acuerdo Nº 700 de fecha 4 de setiembre de 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Puente Inca (Sectores I y II), ubicado en eldistrito de Río Grande, provincia de Palpa, departamento de Ica; - Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Puente Inca Sector I Nº PP 57-INC_DREPH/DA/SDIC-2006-01WGS84, a escala 1/300, de fecha julio de 2006, con un área de 0.14 ha. y un perímetro de 146.64 m.l. ubicado en el distrito de Río Grande, provincia de Palpa,departamento de Ica, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 2. Plano Topográfico del sitio arqueológico Puente Inca Sector I Nº PTOP 042-INC_DREPH/DA/SDIC-2006-01 WGS 84, a escala 1/300, de fecha julio de 2006, con un área de 0.14 ha. y un perímetro de 146.64 m.l. ubicadoen el distrito de Río Grande, provincia de Palpa, departamento de Ica, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 3. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Puente Inca Sector II Nº PP 57-INC_DREPH/DA/SDIC-2006-02 WGS84, a escala 1/350, de fecha julio de 2006, con unárea de 0.20 ha. y un perímetro de 186.7411 m.l. ubicadoen el distrito de Río Grande, provincia de Palpa, departamento de Ica, con su respectiva ficha técnica ymemoria descriptiva; 4. Plano Topográfico del sitio arqueológico Puente Inca Sector II Nº PTOP 042-INC_DREPH/DA/SDIC-2006-02WGS84, a escala 1/350, de fecha julio de 2006, con un área de 0.20 ha. y un perímetro de 186.7411 m.l. ubicado en el distrito de Río Grande, provincia de Palpa,departamento de Ica, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigacióny Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; DecretoSupremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Puente Inca (Sectores I y II), ubicado en el distrito de Río Grande, provincia de Palpa,departamento de Ica. Artículo 2º.- Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Puente Inca Sector I Nº PP 57-INC_DREPH/DA/SDIC-2006-01WGS84, a escala 1/300, de fecha julio de 2006, con un área de 0.14 ha. y un perímetro de 146.64 m.l. ubicado en el distrito de Río Grande, provincia de Palpa,departamento de Ica, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 2. Plano Topográfico del sitio arqueológico Puente Inca Sector I Nº PTOP 042-INC_DREPH/DA/SDIC-2006-01 WGS 84, a escala 1/300, de fecha julio de 2006, con un área de 0.14 ha. y un perímetro de 146.64 m.l. ubicadoen el distrito de Río Grande, provincia de Palpa, departamento de Ica, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 3. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Puente Inca Sector II Nº PP 57-INC_DREPH/DA/SDIC-2006-02 WGS84, a escala 1/350, de fecha julio de 2006, con unárea de 0.20 ha. y un perímetro de 186.7411 m.l. ubicado en el distrito de Río Grande, provincia de Palpa, departamento de Ica, con su respectiva ficha técnica ymemoria descriptiva. 4. Plano Topográfico del sitio arqueológico Puente Inca Sector II Nº PTOP 042-INC_DREPH/DA/SDIC-2006-02WGS84, a escala 1/350, de fecha julio de 2006, con un área de 0.20 ha. y un perímetro de 186.7411 m.l. ubicado en el distrito de Río Grande, provincia de Palpa,departamento de Ica, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional delos Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico mencionado en el Artículo 1º y de los planos señalados en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado"Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 03611-12