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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331684El Peruano sábado 28 de octubre de 2006 Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico,Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional deCultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Pukara de San Andrés SectorA y Sector B, ubicado en el distrito de Pampamarca, provincia de La Unión, departamento de Arequipa. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del sitio arqueológico Pukara de San Andrés Sector A y Sector B, Nº 407-INC-PETT -2004, a escala 1/5000, de fecha setiembre de 2004, con un área de Sector A: 1.4170 Ha,Sector B: 9.9252 Ha. y un perímetro de Sector A: 467.43 ml. y Sector B: 1,835.62 ml; ubicado en el distrito de Pampamarca, provincia de La Unión, departamento deArequipa. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicosy en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación del sitio arqueológicomencionado en el Artículo 1º y del plano señalado en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado"Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 03611-14 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1563/INC Lima, 27 de setiembre de 2006 VISTO, el Oficio Nº 1136-2006-AG-PETT -DE-DTSL de fecha 21 de julio de 2006 del Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio deAgricultura; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del SectorEducación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de lainvestigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura estáencargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 1136-2006-AG-PETT -DE- DTSL de fecha 21 de julio de 2006 el Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio deAgricultura, remite expedientes técnicos de sitios arqueológicos registrados en el departamento de La Libertad, elaborados por la Lic. María del RosarioGuerrero Sarmiento;Que, mediante Informe Nº 910-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC/JJNG de fecha 1º de setiembre de 2006, laSubdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, informa que los expedientes técnicos no presentan observaciones y que los sitios no seencuentran declarados Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 742 de fecha 8 de setiembre de 2006 la Comisión Nacional Técnica deArqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: 1. Tres Cerros, ubicado en los distritos de La Cuesta y Otuzco provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; 2. Los Batanes u Orogolday, ubicado en el distrito de Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; 3. Arcalle y Pozacancha, ubicado en el distrito de Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; - Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Tres Cerros Nº 177-INC-PETT-2005, a escala 1/2500, de fecha abril de 2005, con un área de 8.3923 Ha y un perímetro de1274.03 ml., ubicado en los distritos de La Cuesta y Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad con su respectiva ficha técnica y memoriadescriptiva; 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Los Batanes u Orogolday Nº 180-INC-PETT-2005, a escala 1/1000,de fecha abril de 2005, con un área de 1.5564 Ha y un perímetro de 504.15 m., ubicado en el distrito de Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad consu respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 3. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Arcalle y Pozacancha Nº 058-INC-PETT-2005, a escala 1/2500,de fecha febrero de 2005, con un área de 5.2550 Ha y un perímetro de 1286.31 m., ubicado en el distrito de Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad consu respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamentode Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: 1. Tres Cerros, ubicado en los distritos de La Cuesta y Otuzco provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. 2. Los Batanes u Orogolday, ubicado en el distrito de Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. 3. Arcalle y Pozacancha, ubicado en el distrito de Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. Artículo 2º.- Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Tres Cerros Nº 177-INC-PETT-2005, a escala 1/2500, de fecha abril de 2005, con un área de 8.3923 Ha y un perímetro de1274.03 ml., ubicado en los distritos de La Cuesta y Otuzco provincia de Otuzco, departamento de La Libertad, con su respectiva ficha técnica y memoriadescriptiva. 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Los Batanes u Orogolday Nº 180-INC-PETT-2005, a escala 1/1000,