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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331686El Peruano sábado 28 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno;responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión ypromoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de laNación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 1138-2006-AG-PETT -DE- DTSL de fecha 16 de agosto de 2006 el Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del ProyectoEspecial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite expedientes técnicos de sitios arqueológicos registrados en el departamentode Huánuco, elaborados por la Lic. Nohemí Ortiz Castillo; Que, mediante Informe Nº 913-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC/JJNG de fecha 1º de setiembre de 2006, laSubdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, informa que los expedientes técnicos no presentan observaciones y que solo el sitioarqueológico Castillo, ubicado en el distrito de Huacaybamba, provincia de Huacaybamba, departamento de Huánuco se encuentra declaradoPatrimonio Cultural de la Nación mediante Resolución Directoral Nacional Nº 533/INC de fecha 18 de junio de 2002; Que, mediante Acuerdo Nº 744 de fecha 8 de setiembre de 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional delInstituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos: 1. Potga-Cutacancha, ubicado en el distrito de Tantamayo, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco; 2. Shanga Machay, ubicado en los distritos de Obas y Cahuac, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco; 3. Huichun, ubicado en los distritos de Obas y Cahuac, provincia de Y arowilca, departamento de Huánuco; - Aprobar los planos de delimitación siguientes:1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Potga- Cutacancha Nº 347-INC-PETT -2004, a escala 1/2000,de fecha agosto de 2004, con un área de 5.0840 Ha y un perímetro de 965.53 ml., ubicado en el distrito de Tantamayo, provincia de Huamalíes, departamento deHuánuco con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Shanga Machay Nº 270-INC-PETT -2005, a escala 1/500, de fecha junio de 2005, con un área de 0.1249 Ha y un perímetro de 155.44 ml., ubicado en los distritos de Obas y Cahuac,provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 3. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Huichun Nº 271-INC-PETT-2005, a escala 1/5000, de fecha junio de 2005, con un área de 10.4438 Ha y un perímetro de 1779.76 ml., ubicado en los distritos de Obas y Cahuac,provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 4. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Castillo Nº 321-INC-PETT-2005, a escala 1/1000, de fecha junio de 2005, con un área de 0.6712 Ha y un perímetro de 368.20 ml., ubicado en el distrito de Huacaybamba,provincia de Huacaybamba, departamento de Huánuco con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigacióny Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; DecretoSupremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional deCultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos: 1. Potga-Cutacancha, ubicado en el distrito de Tantamayo, provincia de Huamalíes, departamento deHuánuco. 2. Shanga Machay, ubicado en los distritos de Obas y Cahuac, provincia de Yarowilca, departamento deHuánuco. 3. Huichun, ubicado en los distritos de Obas y Cahuac, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco. Artículo 2º.- Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Potga- Cutacancha Nº 347-INC-PETT -2004, a escala 1/2000,de fecha agosto de 2004, con un área de 5.0840 Ha y un perímetro de 965.53 ml., ubicado en el distrito de Tantamayo, provincia de Huamalíes, departamento deHuánuco con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Shanga Machay Nº 270-INC-PETT -2005, a escala 1/500, de fecha junio de 2005, con un área de 0.1249 Ha y un perímetro de 155.44 ml., ubicado en los distritos de Obas y Cahuac,provincia de Y arowilca, departamento de Huánuco con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 3. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Huichun Nº 271-INC-PETT-2005, a escala 1/5000, de fecha junio de 2005, con un área de 10.4438 Ha y un perímetro de 1779.76 ml., ubicado en los distritos de Obas y Cahuac,provincia de Y arowilca, departamento de Huánuco con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 4. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Castillo Nº 321-INC-PETT-2005, a escala 1/1000, de fecha junio de 2005, con un área de 0.6712 Ha y un perímetro de 368.20 ml., ubicado en el distrito de Huacaybamba,provincia de Huacaybamba, departamento de Huánuco con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienesde Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los sitios arqueológicos mencionados en el Artículo 1º y de los planos señalados en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicosdeclarados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 03611-17 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1573/INC Lima, 27 de setiembre de 2006 VISTO, el Oficio Nº 1305-2006-AG-PETT -DE-DTSL de fecha 31 de agosto de 2006 del Dr. Hernán M. Icochea Ricse, Director Ejecutivo (e) del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio deAgricultura; y,