Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (05/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALESEl Peruano martes 5 de setiembre de 2006 327369REPUBLICADELPERU Que, el Contralor General de la República, como panelista, participará en la revisión de los aspectos inherentes al tema “Facilitando la globalización a través de las alianzas estratégicas”, que comprende lapresentación de las experiencias de instituciones y empresas respecto de la necesidad de contar con socios estratégicos que faciliten el desarrollo de tecnologías deinformación exitosas en economías globales competitivas; Que, la Contraloría General de la República, viene participando activamente en el Comité de Auditoría de Tecnologías de información de la OrganizaciónInternacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores - INTOSAI, el cual apoya el desarrollo del conocimiento y las habilidades en la auditoría en el uso de la tecnologíade información, Que, en ese contexto, resulta indispensable que las entidades fiscalizadoras superiores para cumplir adecuadamente sus funciones, dispongan de los recursos tecnológicos necesarios que les permitanactuar con mayor dinamismo procurando una fiscalización oportuna, diligente y técnica en cautela de los recursos públicos, la preservación y fortalecimientode la probidad administrativa y la transparencia de los actos de la administración; Que, el alcance de la temática técnica de análisis y discusión del referido evento permitirá tomar conocimiento de los avances y desarrollos respecto delas tecnologías de información y de comunicación en línea, cuya incorporación en el quehacer institucional brindará la posibilidad de perfeccionar los actuales flujosde información a través del Proyecto de Modernización, Fortalecimiento y Descentralización del Sistema Nacional de Control, lo cual además se enmarca en el objetivogeneral de mejorar y modernizar el control gubernamental, previsto en el Plan Estratégico de la Contraloría General de la República; Que, complementariamente, la agenda de trabajo ha previsto una reunión con el Dr. Michael Crow, Presidentede la Universidad del Estado de Arizona, para tratar asuntos concernientes al objetivo del simposio y desarrollo de programas de capacitación; Que, los pasajes aéreos, los viáticos y la tarifa Corpac estarán cubiertos por la Universidad ESAN,conforme a lo manifestado en la Hoja de Recomendación del visto; Que, considerando el compromiso asumido por el Contralor General de la República como ponente en el citado Simposio y la importancia para la modernizaciónde la Contraloría General de la República, resulta conveniente su participación; lo cual ha sido oportunamente comunicado al Congreso de la República;siendo necesario, a efecto de asegurar la continuidad de la gestión rectora que le compete, encargar a la Vicecontralora General de la República las funcionesinherentes al Despacho Contralor; De conformidad con las facultades conferidas por los artículos 32º y 33º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República del Perú, Ley Nº 27785; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar a la Sra. Vicecontralora General de la República, MA. ROSA ELIZABETH URBINA MANCILLA, las funciones del cargo de Contralor Generalde la República, a partir del 6 de setiembre de 2006 y en tanto dure la ausencia de su titular, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo Segundo.- El viaje del Contralor General de la República no irroga gastos en el presupuesto delPliego 019: Contraloría General. Asimismo, la presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase odenominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 01765-1DEFENSORÍA DEL PUEBLO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G72 /G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F/G20/G6F/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G64/G65/G6C /G50/G75/G65/G62/G6C/G6F RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 0038-2006/DP Lima, 4 de septiembre de 2006CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 162º de la Constitución, la Defensoría del Pueblo es un órgano autónomo, encargado de velar por la defensa de losderechos constitucionales y fundamentales de la persona y la comunidad, de la supervisión del cumplimiento de los deberes de la administración estatal y de lasupervisión de la prestación de los servicios públicos a la ciudadanía; Que, el artículo 7º de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, Ley Nº 26520, dispone que la Defensora del Pueblo estará auxiliada por Adjuntos que la representarán en el ejercicio de sus funciones yatribuciones previstas en la precitada Ley. Asimismo, establece que los Adjuntos serán seleccionados mediante concurso público, según las disposiciones queseñale el Reglamento aprobado por la Defensora del Pueblo; Que, de conformidad con el artículo 7º de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, los Adjuntos son designados por un período de tres (3) años; Que, el artículo 8º de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, establece que la Defensora del Pueblo designará, entre los Adjuntos, al que la representará en aspectos administrativos y en los casos de impedimentotemporal o cese cuando sea imposible que continúe en el cargo hasta que lo asuma el sucesor; Que, los artículos 6º y 7º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado mediante la Resolución Defensorial Nº 018- 2005-/DP , prescribe que la Primera Adjuntía es un órganode dirección que depende directamente de la Defensora del Pueblo y su conducción está a cargo de un funcionario/a denominado Primer Adjunto; Con los visados de la Primera Adjuntía y de las oficinas de Gestión de Recursos Humanos, de Asesoría Jurídica y de Administración y Finanzas; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 7º, 8º y 9º, numeral 7) de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo yde conformidad con los artículos 3º, 4º, 5º literales d) y g) y 7º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el "Reglamento para el Concurso Público de Selección del Primer Adjunto o Adjunta a la Defensora del Pueblo", texto que forma parteintegrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Concurso Público de Selección la plaza del/a titular del PrimerAdjunto o Adjunta a la Defensora del Pueblo, a los ciudadanos o ciudadanas de todo el país que reúnan los requisitos señalados por el Reglamento a que se refiereel artículo anterior, del 5 de setiembre al 2 de octubre de 2006, inclusive. Artículo Tercero.- DESIGNAR como integrantes de la Comisión Especial a que se refiere el artículo 3º del Reglamento antes citado a las siguientes personas: a) Dra. Delia Revoredo Marsano de Mur b) Dr. Roberto Dañino Zapata c) Dr. Salomón Lerner Febres Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo