Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2006 (05/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

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El Peruano martes 5 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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OSINERG
Disponen publicacion del documento "Procesos de Regulacion de Tarifas en Barra" correspondiente al periodo MORDAZA 2006 - MORDAZA 2007
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 383-2006-OS/CD MORDAZA, 29 de agosto de 2006 VISTOS: El Informe Tecnico OSINERG-GART/DGT Nº 0582006 elaborado por la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria y el Informe de Asesoria Legal Interna OSINERGGART/AL-091-2006. CONSIDERANDO: Que, conforme con lo dispuesto por el Articulo 81º de la Ley de Concesiones Electricas, es obligacion de OSINERG preparar periodicamente informacion que permita conocer al Sector los procedimientos utilizados en la determinacion de tarifas, asi como los valores historicos y esperados; Que, asimismo, segun el citado articulo, sera de conocimiento publico, en particular, el informe relativo al calculo de las Tarifas en Barra; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en lo dispuesto en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebese la publicacion del documento "Proceso de Regulacion de Tarifas en Barra" correspondiente al periodo MORDAZA 2006 - MORDAZA 2007. Articulo 2º.- Incorporese el Informe OSINERG-GART/ DGT Nº 058-2006 - Anexo 1, como parte de la presente resolucion. Articulo 3º.- La presente resolucion, junto con el Anexo 1, debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina WEB del OSINERG: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo ANEXO 1 Informe OSINERG-GART/DGT Nº 058-2006 MORDAZA DE REGULACION DE TARIFAS EN MORDAZA Periodo MORDAZA 2006 - MORDAZA 2007
MORDAZA, agosto de 2006

las premisas, calculos y resultados obtenidos en el MORDAZA de fijacion de las Tarifas en MORDAZA y sus formulas de reajuste correspondientes al periodo MORDAZA 2006 - MORDAZA 2007, las cuales han sido establecidas por la Resolucion OSINERG Nº 155-2006-OS/CD, publicada el 12 de MORDAZA de 2006, y modificadas por la Resolucion OSINERG Nº 248-2006-OS/CD, publicada el 20 de junio de 2006. Para la obtencion de los resultados que se presentan mas adelante, OSINERG ha seguido el procedimiento administrativo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas (en adelante "Ley" o "LCE"); en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas (en adelante "Reglamento"), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", aprobada mediante Resolucion OSINERG Nº 0001-2003OS/CD, y sus modificatorias; en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en lo dispuesto en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas. Tal como estipula la LCE, el procedimiento administrativo se inicio con la MORDAZA de la propuesta tarifaria del Comite de Operacion Economica del Sistema Interconectado Nacional (en adelante "COESSINAC") y culmino con las resoluciones de OSINERG que resolvieron las impugnaciones contenidas en los recursos de reconsideracion interpuestos contra la resolucion que fijo las Tarifas en Barra. A lo largo del MORDAZA, OSINERG ha atendido el mandato constitucional contenido en el Articulo 139º, numeral 3 de la Carta Magna2 , habiendo observado el debido MORDAZA y, de esta forma, ha asegurado a los administrados el derecho a su MORDAZA defensa al poner a su disposicion los medios necesarios y suficientes para ejercitarla. Las Tarifas en MORDAZA se conforman a partir de los precios basicos, definidos en el Articulo 47º de la LCE y Articulos 125º y 126º de su Reglamento, y del Peaje por Conexion al Sistema Principal de Transmision. Los precios basicos estan constituidos por los precios de potencia y energia en las barras de referencia, a partir de las cuales se expanden los precios mediante factores de perdidas. MORDAZA de Regulacion Tarifaria El MORDAZA de Regulacion Tarifaria se inicio el 13 de enero de 2006 con la MORDAZA del Estudio Tecnico Economico correspondiente por parte del COES-SINAC. OSINERG, en cumplimiento del procedimiento para fijacion de Tarifas en MORDAZA, convoco la realizacion de una Audiencia Publica para que el COES-SINAC expusiera el contenido y sustento del Estudio Tecnico Economico, la misma que se realizo el 24 de enero de 2006. Seguidamente, OSINERG presento sus observaciones al referido Estudio Tecnico Economico. Al respecto, la LCE dispone (Articulo 52º3 ) que, absueltas las observaciones, o vencido el plazo sin que ello se realice, OSINERG procedera a fijar y publicar las Tarifas en MORDAZA y sus formulas de reajuste mensual.

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Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 0542001-PCM y sus modificatorias; Articulo 81º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y Articulo 162º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y sus modificatorias. Articulo 139º (Constitucion Politica del Peru).- Son principios y derechos de la funcion jurisdiccional: ... 3. La observancia del debido MORDAZA y la tutela jurisdiccional. Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdiccion predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos, ni juzgada por organos jurisdiccionales de excepcion ni por comisiones especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominacion. ... Articulo 52º.- La Comision de Tarifas de Energia comunicara al COES sus observaciones, debidamente fundamentadas, al estudio tecnico-economico. El COES debera absolver las observaciones y/o presentar un MORDAZA estudio, de ser necesario. OSINERG evaluara los nuevos calculos y luego de su analisis, procedera a fijar y publicar las tarifas y sus formulas de reajuste mensuales, MORDAZA del 30 de MORDAZA de cada ano.

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Resumen Ejecutivo El presente informe se prepara en cumplimiento de las disposiciones 1 relacionadas con la obligacion del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia (en adelante "OSINERG") de dar a conocer, periodicamente, el MORDAZA seguido para la determinacion de las tarifas de electricidad. En este sentido, este informe contiene
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