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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (06/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 6 de setiembre de 2006 327433REPUBLICADELPERU La mencionada empresa deberá remitir al Comité de Selección las hojas de vida documentadas de los profesionales seleccionados. SEGUNDA ETAPA: EVALUACIÓN1. Evaluación Preliminar:El Comité de Selección declarará como “Candidatos Aptos” a los profesionales que no estén comprendidos en las incompatibilidades contenidas en las presentes normas y que cumplan con los requisitos establecidos por éstas. El Comité de Selección solicitará la publicación de la relación de los “Candidatos Aptos” en las páginas Web de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Instituto Nacional de Estadística e Informática, lo que deberá ocurrir dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de declaración de “Candidatos Aptos”. 2. Evaluación curricular: Vencido el plazo de publicación, el Comité de Selección, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, evaluará las hojas de vida de los “Candidatos Aptos”, teniendo en consideración los factores a que se refiere el punto VI de las presentes normas. 3. Evaluación Personal:Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la culminación de la sub-etapa anterior, el Comité de Seleccióncitará y entrevistará a los “Candidatos Aptos” quienes deberán presentar con una anticipación no menor de un (1) día útil a la fecha de su entrevista, un ensayo sobre la problemática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, el mismo que no podrá ser mayor de cuatro (4) páginas tamaño A-4, a espacio simple. TERCERA ETAPA: SELECCIÓN El Presidente del Comité de Selección, al cabo de tres (3) días hábiles de finalizadas las entrevistas personales a que se refiere la Etapa anterior, elevará al Presidente del Consejo de Ministros un informe en el que consten los resultados de la evaluación realizada. Dicho informe contendrá obligatoriamente un cuadro organizado en orden de mérito de los “Candidatos Aptos” sustentando el puntaje alcanzado durante toda la evaluación. El mencionado cuadro, en orden de mérito, deberá ser publicado en las páginas Web de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Instituto Nacional de Estadística e Informática. VI. FACTORES PARA LA EVALUACIÓN Los candidatos serán evaluados teniendo en consideración los siguientes factores: 1. Formación Profesional Este factor tiene por objeto establecer una calificación en función del nivel académico del REPUBLICADELPERU MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS COMUNICADO OFICIAL Nº 005-2006-EF/77.15 A todas las Entidades comprendidas en los alcances de las normas de austeridad y racionalidad en el gasto público, establecidos a través de los Decretos de Urgencia Nºs. 020 y 021–2006 1. El depósito de los ahorros provenientes de la aplicación de las medidas de austeridad y racionalidad dispuestas a través de los Decretos de Urgencia Nºs 020 y 021-2006, se efectúa, en el Banco de la Nación en las siguientes cuentas bancarias, según sea el caso: -Nuevos Soles: Cuenta Nº 00-000-859087 – «MEF-DNTP-DU Nº 021-2006 Art. 6º» -Dólares Americanos: Cuenta Nº 06-000-032210– «MEF-DNTP-DU Nº 021-2006 Art. 6º» 2. El plazo para cumplir con el mencionado depósito vence el 2 de Octubre del 2006(1 ). 3. El documento que acredite el depósito correspondiente deberá ser remitido a la Dirección Nacional del Tesoro Público, dentro de las 48 horas de haberse efectivizado dicho depósito. Lima, 4 de setiembre de 2006 DIRECCIÓN NACIONAL DEL TESORO PÚBLICO (1) Decreto de Urgencia Nº 022-2006, Artículo 4º Modificaciones Presupuestarias y depósitos del ahorro .................... Los ahorros resultantes del cumplimiento de las medidas de austeridad y racionalidad indicadas que provengan de fuentes distintas a la de Recursos Ordinarios, son depositados por las entidades comprendidas en los alcances del presente Decreto de Urgencia a más tardar el 2 de octubre del presente año en una cuenta bancaria que en forma expresa determine la Dirección Nacional del Tesoro Público. 01806-2