NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (06/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 6 de setiembre de 2006 327435REPUBLICADELPERU otros mecanismos alternativos para cobranzas y cumplimiento de contratos. c) Instituciones para contar con derechos de propiedad claros, seguros y transferibles, que permitan: Que proveedores, compradores o inversionistas nacionales o extranjeros puedan: - Identificar y vincular a los peruanos con sus activos y mercaderías, a aquellos con sus direcciones, y a éstas con las obligaciones específicas que garantizan, haciendo a los propietarios individualmente responsables de sus compromisos. - Reducir los riesgos y costos de hacer negocios con peruanos, al contar con información comprehensiva, estandarizada y confiable sobre sus activos y negocios. - Invertir en empresas peruanas y esperar resultados de largo plazo gracias a la continuidad de las mismas después de la muerte o retiro de sus dueños originales. Que los peruanos dueños de predios legales puedan:- Mantener sus predios dentro de la legalidad para utilizarlos económicamente, gracias a la existencia de mecanismos que cuiden que los costos de la legalidad se mantengan continuamente en niveles razonables. - Utilizar sus predios o la información segura y actualizada sobre ellos, para facilitar el acceso al crédito y a servicios públicos como agua y energía. Que, ninguna entidad o administración del sector público tiene como misión integral el diseño de estrategias capaces de vencer la inercia del statu quo , ni la creación de mecanismos legales apropiados para que los excluidos se organicen productivamente, accedan a derechos de propiedad que a su vez hagan posible beneficiarse de crédito, de las inversiones y acumulación de capital, ni tampoco tienen como misión crear los incentivos para que los pobres ingresen a la legalidad; Que, a partir de lo expuesto, se infiere la necesidad de un programa integral y una instancia especializada a la que se confiera facultades suficientes, de conformidad con la Constitución y las leyes vigentes, como para corregir la desconexión existente entre la globalización del país y la situación real de los pobres en el Perú, de manera que los beneficios de la economía de mercado lleguen a las mayorías excluidas y la agenda social acompañe consistentemente a dichos beneficios; Que, la aprobación de las medidas que comprenda el Programa a que se refiere la presente Resolución Suprema deberá establecer mejores transacciones comerciales para peruanos y extranjeros, coadyuvando a reducir la violencia potencial y el atractivo migratorio; Que, se requiere explicar, promover y difundir adecuadamente esta estrategia y las acciones que conlleva, interna y externamente, para lograr que las sinergias de la globalización sean canalizadas en la lucha contra la pobreza del Perú y en el apoyo de la comunidad nacional e internacional a su ejecución; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Nombrar al señor Hernando de Soto Polar como representante personal del Presidente de la República del Perú para llevar a cabo las siguientes tareas: a) Proponer al Presidente de la República las medidas que estime conducentes al diseño e implementación de: - El Programa "TLC hacia adentro" a que se refiere la presente Resolución Suprema, para establecer las bases institucionales mediante las cuales los pobres puedan acceder y operar en una economía de mercado moderna e inclusiva, con los mecanismos necesarios para dividir el trabajo, aumentar la productividad y así participar en el mercado nacional y global. Todo ello con la finalidad de corregir la desconexión existente entre la globalización del país y la situación de los pobres en el Perú, de manera que los beneficios de la economía de mercado lleguen a la mayoría; y, - Una instancia especializada cuya tarea singular y exclusiva sea abocarse de manera integral a laimplementación del Programa Nacional "TLC hacia adentro" y las propuestas de reforma dirigidas a la inclusión de los peruanos a que se refiere de manera enunciativa y no taxativamente la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. b) Difundir y explicar el Programa "TLC hacia adentro" tanto en el Perú como en el extranjero, para que todas las instancias nacionales e internacionales conozcan, comprendan y apoyen la estrategia y acciones que el gobierno del Perú está adoptando para vincular sus compromisos de globalización internacional con las necesidades institucionales de los pobres en el país. Artículo 2º.- El señor Hernando de Soto Polar brindará sus servicios ad honorem , por lo que no se generará costo alguno al erario público. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema regirá al día siguiente de su publicación en el diario oficial y será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 01827-8 AGRICULTURA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G64/G65/G20/G43/G75/G6C/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G43/G72/G69/G61/G6E/G7A/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G41/G67/G72/G61/G72/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1144-2006-AG Lima, 5 de setiembre de 2006 VISTO:El documento presentado por el Ingeniero Edgard Del Aguila Hoyos, de 31 de julio de 2006. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 142-2001- AG, de fecha 14 de junio de 2001, se designó al Ingeniero Edgard Del Aguila Hoyos como Director del Programa Sectorial II (Director) de la Dirección de Cultivos de la Dirección General de Promoción Agraria del Ministerio de Agricultura. Que, el funcionario mediante el documento del visto, pone a disposición su cargo. De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25902 y Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designación del Ingeniero Edgard Del Aguila Hoyos como Director del Programa Sectorial II (Director) de la Dirección de Cultivos de la Dirección General de Promoción Agraria del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha, al Ph.D. ALEXANDER CHAVEZ CABRERA, en el cargo de Director de la Dirección de Cultivos de la Dirección General de Promoción Agraria del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 01816-1