NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (06/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 13
NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 6 de setiembre de 2006 327439REPUBLICADELPERU 18 DE SETIEMBRE Ministerio de Educación: USES 01,03 y 07 19 DE SETIEMBRE Ministerio del Interior Ministerio de Defensa PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (REMUNERACIONES): 20 DE SETIEMBRE Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la República Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y Finanzas Contraloría General de la República Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Público Consejo Nacional de la Magistratura Tribunal Constitucional Jurado Nacional de Elecciones Oficina Nacional de Procesos Electorales Defensoría del Pueblo Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura Universidades Públicas Ministerio de Agricultura Ministerio de Transportes y Comunicaciones 21 DE SETIEMBRE Ministerio de Energía y Minas Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Ministerio de Salud Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Ministerio de la Producción Ministerio de Promoción de la Mujer y Desarrollo Social Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y de Agricultura 22 DE SETIEMBRE Ministerio de Educación Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación 25 DE SETIEMBRE Ministerio de Defensa 26 DE SETIEMBRE Ministerio del Interior Artículo 2º.- La Dirección Nacional del Tesoro Público emitirá las Autorizaciones de Pago con anticipación de un día hábil a la fecha indicada en el Artículo 1º. En los casos de Unidades Ejecutoras que estén realizando el pago de las remuneraciones y pensiones a los servidores públicos, a través de cuentas bancarias individuales, abiertas en el sistema bancario, dichas Autorizaciones serán aprobadas con anticipación de dos días hábiles al programado en el Cronograma; para el efecto las Unidades Ejecutoras requerirán sus habilitaciones con la antelación necesaria. Artículo 3º.- La presentación y/o transmisión de Cartas Ordenes o Giros Electrónicos por los mencionados conceptos se efectuará hasta por los montos límites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Director General de Administración o quien haga sus veces. La información con el detalle de los montos y cuentas de ahorro de los pensionistas o personal activo a ser abonados, deberá ser exactamente igual al monto considerado en la Carta Orden o Giro Electrónico, debiendo ser transmitida a través del SIAF-SP , o de ser el caso presentada en medio magnético, al Banco con dos días de anticipación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO Viceministro de Hacienda 01806-1/G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G43/G61/G6C/G65/G6E/G64/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G70/G72/G6F/G6D/G69/G73/G6F/G73 /G64/G65/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G6F/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 047-2006-EF/76.01 Lima, 4 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 038-2006- EF/76.01 se aprobó el Calendario de Compromisos Trimestral Mensualizado de los meses de julio, agosto y setiembre del año fiscal 2006; Que, es necesario modificar, por ampliación, el Calendario de Compromisos del mes de agosto de los Organismos comprendidos en el Gobierno Nacional; Estando a lo informado por la Dirección de Programación y Evaluación de la Dirección Nacional del Presupuesto Público; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º, numeral 30.1 de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el artículo 16º, numeral 16.2 de la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01 Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el año fiscal 2006 aprobada por la Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ampliar el Calendario de Compromisos del mes de agosto del Ejercicio Fiscal 2006, en los montos que se detallan en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 2º.- En el marco de lo establecido por el artículo 30º, numeral 30.3 del de la Ley Nº 28411, lo dispuesto en el artículo precedente no convalida los actos o acciones que realice el Pliego que no se ciñan a la normatividad vigente, siendo de exclusiva responsabilidad de la Entidad Ejecutora del Gasto, la aprobación, verificación y cumplimiento de las normas vinculadas con la ejecución del gasto y destino final que el Pliego asigne a los recursos aprobados por el presente Calendario de Compromisos. Artículo 3º.- Los montos aprobados en el Anexo que se señala en el Artículo 1º para el Gobierno Nacional se desagregan a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genérico de Gasto y Fuente de Financiamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR HUGO DÍAZ RODRÍGUEZ Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 047-2006-EF/76.01 AMPLIACIÓN DE CALENDARIO DE COMPROMISOS AGOSTO DE 2006 EN NUEVOS SOLES GOBIERNO NACIONAL 2 012 552 381 RECURSOS ORDINARIOS 1 598 447 238 CANON, SOBRECANON, REGALÍAS Y 446 010 PARTICIPACIONES RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 19 110 945 RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE 342 249 738 CRÉDITO INTERNO RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE 4 708 031 CRÉDITO EXTERNO DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 47 590 419 TOTAL GENERAL : 2 012 552 381 01805-1