NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (06/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 22
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327448El Peruano miércoles 6 de setiembre de 2006 departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 45,00 metros cuadrados, de propiedad privada, para la subestación de distribución eléctrica convencional tipo superficie para Servicio Público de Electricidad Nº 1422, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de fecha 8 de julio de 1999, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 206-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º. - RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre el bien de propiedad privada, para la instalación de la subestación de distribución eléctrica convencional tipo superficie para Servicio Público de Electricidad Nº 1422, ubicada en la Avenida Francisco Bolognesi Nº 217, distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de fecha 8 de julio de 1999, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de Tipo de Tipo de Servidumbre Propiedad terreno 31187206 Subestación de Distribución Suelo: P rivada Urbano Eléctrica Nº 1422 45,00 m² y sus aires. Ubicación: distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima Coordenadas UTM: Vértice Norte Este A 8 667 119,48 285 722,06 B 8 667 117,42 285 717,44 C 8 667 109,22 285 721,16 D 8 667 111,26 285 725,72 Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 01541-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 404-2006-MEM/DM Lima, 24 de agosto de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31188906, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el AsientoD 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta pedestal subterránea para Servicio Público de Electricidad Nº 5193; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta pedestal subterránea para Servicio Público de Electricidad Nº 5193, ubicada en la Calle Buen Retiro Nº 119 - Nº 111, Urbanización Chacarilla del Estanque, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 15,59 metros cuadrados, de propiedad privada, para la subestación de distribución eléctrica compacta pedestal subterránea para Servicio Público de Electricidad Nº 5193, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de fecha 13 de junio de 2005, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 201-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º. - RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre el bien de propiedad privada, para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta pedestal subterránea para Servicio Público de Electricidad Nº 5193, ubicada en la Calle Buen Retiro Nº 119 - Nº 111, Urbanización Chacarilla del Estanque, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de fecha 13 de junio de 2005, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de Tipo de Tipo de Servidumbre Propiedad terreno 31188906 Subestación de Distribución Suelo y Privada Urbano Eléctrica Nº 5193 subsuelo: 15,59 m² Ubicación: distrito de San Borja, y sus aires. provincia y departamento de Lima Coordenadas UTM: Vértice Norte Este A 8 660 991,995 283 964,958 B 8 660 991,649 283 960,672C 8 660 987,462 283 961,010 D 8 660 987,724 283 964,252 E 8 660 990,067 283 964,063F 8 660 990,151 283 965,107