Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2006 (16/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 16 de setiembre de 2006

PODER EJECUTIVO PCM
Aprueban donacion de bienes de apoyo humanitario a cargo del INDECI para atender emergencia ocurrida en el Ecuador
RESOLUCION SUPREMA Nº 275-2006-PCM
MORDAZA, 15 de setiembre de 2006 VISTO: El Oficio Nº 4782-2006-INDECI/5.0 del 6 de setiembre de 2006 del Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI; CONSIDERANDO: Que, el 16 de agosto de 2006 se inicio un MORDAZA MORDAZA eruptivo del volcan Tungurahua, afectando severamente a siete (7) provincias de la Republica de Ecuador por la caida de ceniza volcanica y material piroclastico, causando grave afectacion a la poblacion civil, asi como a viviendas, infraestructura, cultivos, pastizales y animales domesticos; QQue, mediante Nota Nº 4-2-343-06 la Embajada del Ecuador en el Peru ha solicitado asistencia humanitaria para los damnificados por el desastre causado por la erupcion del mencionado volcan, conforme al listado de requerimientos que adjunta; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores a traves del OF. RE (DGO) Nº 2-10-C/435 del 18 de agosto de 2006, solicito al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI que le de una atencion urgente y el MORDAZA apoyo conforme a las posibilidades de esta entidad; Que, el articulo 3º del Decreto Ley Nº 19338 - Ley del Sistema de Defensa Civil establece en su inciso f), que para alcanzar sus objetivos y cumplir sus fines, el Sistema Nacional de Defensa Civil debera centralizar la ayuda externa o interna que se reciba para fines de emergencia, asi como la que se envie a otros paises en casos similares; Que, el articulo 5º del precitado Decreto Ley Nº 19338, modificado por el Decreto Legislativo Nº 735, establece que el INDECI es el organismo central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil, encargado de la organizacion de la poblacion, coordinacion, planeamiento y control de las actividades de Defensa Civil; Que, el inciso c) del articulo 6º del Decreto Ley Nº 19338, modificado por el Decreto Legislativo Nº 905, establece que es funcion del INDECI brindar atencion de emergencia, proporcionando apoyo inmediato a la poblacion afectada por desastres; Que, de acuerdo con el MORDAZA normativo expuesto, corresponde aprobar la donacion de bienes de apoyo humanitario, a cargo del INDECI, a favor de la Republica de Ecuador, para atender a los damnificados de la emergencia ocurrida en dicho pais; De conformidad con lo previsto en el articulo 118º inciso 24) de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Ley Nº 19338; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion consistente en novecientas (900) frazadas de 1 1/2 plaza, quinientas cuatro (504) raciones MORDAZA de alimentos, veinticinco (25) carpas livianas (para 5 personas), veinticinco (25) carpas familiar pesadas (para 5 personas) y veinticinco (25) bidones plasticos de 131 litros, valorizados en S/. 45 220,25 (Cuarenta y cinco mil doscientos veinte y 25/100 Nuevos Soles), a cargo del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a favor de la Republica de Ecuador, para atender a los damnificados de la emergencia ocurrida en dicho MORDAZA, conforme a lo senalado en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- La donacion establecida en el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema, sera financiada exclusivamente con cargo al presupuesto institucional del Pliego INDECI en el MORDAZA de la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006.

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 02196-16

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presunto responsable de delitos de apropiacion ilicita y falsificacion de documentos en agravio del INDECI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 332-2006-PCM
MORDAZA, 14 de setiembre de 2006 Visto el Oficio Nº 4715-2006-INDECI/1.0, del Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; CONSIDERANDO: Que el Informe Especial Nº 011-2006-02-3376 - "Indicios Razonables de Comision de Delito de falsificacion de Documentos y Apropiacion de Caudales del Estado, por Parte de servidor en Agravio del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI", del Organo de Control Institucional del INDECI, precisa que se ha determinado el inicio de las acciones judiciales correspondientes contra la persona identificada como participe de los hechos del citado informe, por la presunta comision del ilicito penal de apropiacion ilicita y falsificacion de documentos, tipificados en los articulos 190º y 427º del Codigo Penal, respectivamente; Que estando a lo dispuesto por el inciso f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, es atribucion del Sistema emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, los informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyen prueba pre-constituida para el inicio de acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos Informes; Que el numeral 6.2 del articulo 6º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, preve que puede motivarse un acto administrativo mediante la declaracion de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictamenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condicion que se les identifique de modo certero, y que por esta situacion constituyan parte integrante del respectivo acto; Que, en tal sentido, resulta pertinente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17357, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes contra el participe de los hechos, de conformidad con el Informe Especial Nº 011-2006-02-3376 - "Indicios Razonables de Comision de Delito de falsificacion de Documentos y Apropiacion de Caudales del Estado, por Parte de servidor en Agravio del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, que constituye parte integrante de la presente Resolucion Ministerial.

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