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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de abril de 2007 342717 DECRETA: Artículo 1º.- Funciones de la Comisión Presidencial de Reforma del Poder Ejecutivo Facúltese a la Comisión Presidencial de Reforma del Poder Ejecutivo a realizar las acciones de seguimiento y coordinación necesarias para asegurar la adecuada implementación de las acciones de reforma del Poder Ejecutivo así como la consolidación de dicho proceso, proponiendo al Presidente de la República las medidas que se requieran para tal efecto. Artículo 2º.- Participación de funcionarios Los representantes designados por cada Ministerio, en el marco de las acciones acordadas por la COPRE, para liderar el proceso de reforma en su sector o sectores y promover la consolidación del proceso de reforma iniciado, forman parte del equipo técnico de la COPRE coordinado por su Secretaría Técnica. Los mencionados representantes están encargados de la implementación del proceso de reforma de sus respectivos sectores, teniendo en cuenta los tres grandes ejes de la reforma. Artículo 3º.- Plazo Amplíese el plazo previsto en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 048-2006-PCM hasta el 31 de diciembre del 2007. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de marzo del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 44396-4 Designan Director Ejecutivo del Programa de Reducción de Vulnerabilidades frente al Evento Recurrente de El Niño (PREVEN) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 058-2007-PCM Lima, 31 de marzo de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 073-2006-PCM se creó el Programa de Reducción de Vulnerabilidades frente al Evento Recurrente de El Niño (PREVEN) el cual es conducido por un Consejo Directivo y la Dirección Ejecutiva, a cargo de un Director Ejecutivo quien es designado por el Presidente de la República mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, resulta pertinente designar al Director Ejecutivo del Programa de Reducción de Vulnerabilidades frente al Evento Recurrente de El Niño (PREVEN); De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 073-2006-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al señor ALBERTO PANDOLFI ARBULU como Director Ejecutivo del Programa de Reducción de Vulnerabilidades frente al Evento Recurrente de El Niño (PREVEN). Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 44396-6AGRICULTURA Aprueban Manual de Procedimientos e Instrucciones de trabajo para el Control Integrado de la plaga moscas de la fruta RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 018-2007-AG-SENASA-DSV La Molina, 27 de marzo de 2007 CONSIDERANDO:Que, en virtud al Artículo 16º de la Ley Marco de Sanidad Agraria, aprobado mediante Ley Nº 27322, compete a la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria declarar áreas libres o de baja prevalencia de plagas y enfermedades y realizar las gestiones oportunas y necesarias para su reconocimiento ante los organismos internacionales competentes; Que, la plaga moscas de la fruta de la familia Tephritidae es una plaga regulada por los Organismos Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPF) de varios países con los que el Perú mantiene intercambio comercial y el SENASA mantiene programas o fi ciales de vigilancia, control y erradicación permanente en las áreas exportadoras y con potencial de exportación de frutos hospedantes de la plaga con la fi nalidad de cumplir los requisitos fi tosanitarios exigidos por los ONPF; Que, se hace necesario uniformizar los procedimientos operativos dentro de un Manual que se adecue a un contexto fi tosanitario y exportador, siendo necesario que todo el personal que ejecuta los procedimientos orientados a la vigilancia y control de la plaga moscas de la fruta conozcan éstos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27322, Ley Nº 27444, Decreto Supremo Nº 048-2001-AG y el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con el visto bueno de la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese el Manual de Procedimientos e Instrucciones de trabajo para el Control Integrado de la plaga moscas de la fruta, que consta de siete (07) procedimientos y treinta y tres (33) Instrucciones de trabajo; documento que se consigna en la página web del SENASA: www.senasa.gob.pe Artículo 2º.- Las Direcciones Ejecutivas del SENASA donde se ejecutan acciones de moscas de la fruta son las responsables de supervisar la correcta aplicación y cumplimiento de los procedimientos aprobados por la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE BARRENECHEA CABRERA Director GeneralDirección de Sanidad VegetalServicio Nacional de Sanidad Agraria 44088-1 Aprueban Manual de Procedimientos e Instrucciones de trabajo para la Vigilancia de la plaga moscas de la fruta RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 019-2007-AG-SENASA-DSV La Molina, 27 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, en virtud al Artículo 16º de la Ley Marco de Sanidad Agraria, aprobado mediante Ley Nº 27322, compete a la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria declarar áreas libres o de baja prevalencia de plagas y enfermedades y realizar las gestiones oportunas y necesarias para su reconocimiento ante los organismos internacionales competentes; Que, la plaga moscas de la fruta de la familia Tephritidae es una plaga regulada por los Organismos Nacionales de