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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (25/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de abril de 2007 344088 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de las Repúblicas de Bolivia y Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 281-2007-DE/SG Lima, 24 de abril de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 392 de fecha 18 de abril de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Bolivia, sin armas de guerra; Que, la XV Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Perú y Bolivia, se llevará a cabo en la ciudad de Lima en el mes de mayo del año 2007; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Bolivia, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 7 al 11 de mayo de 2007, para participar en la XV Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos Militares de las Fuerzas Armadas de Bolivia y Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 52955-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 282-2007-DE/SG Lima, 24 de abril de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº F-260 de fecha 21 de marzo de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, la Marina de Guerra del Perú ha cursado invitación al Comandante en Jefe de la Armada de Chile, para que un ofi cial almirante de dicha Armada participe en la ceremonia cívico patriótica por el 141º aniversario del “Combate Naval del 2 de Mayo de 1866”; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 30 de abril al 5 de mayo de 2007, para participar en la ceremonia de conmemoración del “Combate Naval del 2 de mayo de 1866”. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 52955-2 ECONOMIA Y FINANZAS FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 025-2007-EF/77.15 Mediante O fi cio N° 027-2007-EF/11.03, el Ministerio de Economía y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Directoral N° 025-2007-EF/77.15, publicado en la edición del día 22 de abril de 2007. 1.- En el primer considerando DICE: (...) Resolución Directoral N° 017-2006-EF/76.01 (...)DEBE DECIR: (...) Resolución Directoral N° 017-2007-EF/76.01 (...) 2.- En la parte resolutiva Artículo Único.- DICE: (...) Resolución Directoral N° 017-207-EF/77.15DEBE DECIR: (...) Resolución Directoral N° 017-2007-EF/77.15 52547-1