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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (28/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de abril de 2007 344367 integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación detallados en el anexo adjunto a la presente resolución, a fin que conformen la exposición denominada “And the Incas Arrived ... Treasures from Peru before the Spanish Conquerors”, que se llevará a cabo del 17 de mayo al 9 de septiembre de 2007 en el Museo de Bellas Artes de Budapest, Hungría. Artículo 2°.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para veri ficar las características, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se contrae la presente resolución, durante su traslado, permanencia fuera del país y retorno. Artículo 3°.- Designar comisario de los bienes culturales cuya salida temporal se autoriza al señor David Diestra López, quien cumplirá la labor de veri ficación del estado de conservación, embalaje, traslados, desembalaje, montaje, desmontaje y retorno de los mencionados bienes; debiendo informar sobre tales acciones a la Dirección de Museos y Gestión del Patrimonio Histórico del Instituto Nacional de Cultura. Los gastos de transporte, alojamiento, viáticos, póliza de seguro, impuestos de aeropuerto, movilidad local, tanto en el Perú como en el extranjero, y visa del comisario designado serán íntegramente asumidos por la entidad organizadora de la exposición. Artículo 4°.- Los gastos que se deriven del embalaje, fletes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se re fiere la presente resolución, serán íntegramente cubiertos por la entidad organizadora de la exposición. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación Anexo Listado de piezas de la exposición “AND THE INCAS ARRIVED ... TREASURES FROM PERU BEFORE SPANISH CONQUERORS” Nº OBJETO Nº REG. NACIONALNº INVENT. OTROS COD.MATERIAL ESTILO 1Cuenta de collar 104,026 ML 100083; XSB-009Oro-cobre Mochica 2 Cuenta de collar 104,027 ML 100084; XSB-009Oro-cobre Mochica 3Cuenta de collar 34,857 ML 100085; XSB-009Oro-cobre Mochica 4Cuenta de collar 104,028 ML 100087; XSB-009Oro-cobre Mochica 5Cuenta de collar 104,029 ML 100088; XSB-009Oro-cobre Mochica 6Cuenta de collar 104,030 ML 100089; XSB-009Oro-cobre Mochica 7Cuenta de collar 104,031 ML 100090; XSB-009Oro-cobre Mochica 8Quipu 104,032 ML-600134 Textil Inca 9 Botella doble cuerpo escultórica104,033 ML 004400; XSB-027-005Cerámica Lambayeque 10 Botella escultórica 104,038 ML 040248 XSC-005-005Cerámica Cuspinique 11 Vaso escultórico 33,861 ML 004199; XSC-001-001Cerámica Mochica 12 Botella escultórica 33,782 ML 004214; XSC-004-002Cerámica Mochica 13 Botella doble cuerpo 33,853 ML 004411; XSC-028-001Cerámica Nazca 14 Botella doble cuerpo 33,862 ML 004435; XSC-031-001Cerámica Vicús 15 Botella doble pico 36,153 ML 010877; XSc-037-001Cerámica Huari 16 Botella escultórica 36,140 ML 015440; XSc-005-004Cerámica Cuspinique 17 Botella escultórica 34,109 ML 040-218 XXC-00-051Cerámica Cuspinique 18Ornamento corporal 34,254 ML 100184; XSB-006-006Metal-oro/ cobreMochicaNº OBJETO Nº REG. NACIONALNº INVENT. OTROS COD.MATERIAL ESTILO 19Ornamento corporal (Collar)34,256 ML 100185; XSB-005-B11Metal-oro Mochica 20 Ornamento corporal (Corona)34,243 ML 100541; XSB-003-C01Metal-oro Chavín 21Nariguera 34,364 ML 100753; XSB-007-008Metal-oro/ TurquesaMochica 22 Vaso ceremonial 34,257 ML 100759; XSM-010-002Metal-oro Lambayeque 23Orejera 34,261 ML 100784; XSB-008-C04Metal-oro/ turquesa/ conchaMochica 24Orejera 34,262 ML 100785; XSB-008-C04Metal-oro/ turquesa/ conchaMochica 25Instrumento musical (sílbato)34,846 ML 100811; XSB-008-B04Metal-oro/ TurquesaMochica 26Pectoral 34,255 ML 200007; XSB-006-009Orgánico Mochica 55018-7 Aprueban Normas Complementarias para la Implementación del Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0174-2007-ED Lima, 24 de abril de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo Nº 007-2007- ED, se creó el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente, responsable de desarrollar las acciones conducentes a mejorar la formación en servicio de los profesores de las instituciones educativas públicas a nivel nacional; asimismo, dispuso que dicho programa estará bajo la responsabilidad de la Dirección de Educación Superior Pedagógica dependiente de la Dirección Nacional de Educación Superior y Técnico Profesional, y, para el cumplimiento de sus objetivos, el mismo contará con el apoyo de las dependencias del Ministerio de Educación correspondientes; Que, el artículo 4º del precitado Decreto Supremo establece que el Ministerio de Educación, en atención a los resultados de las evaluaciones censales y/o muestrales de los docentes, convocará prioritariamente a las Universidades Públicas y/o Privadas, así como a otras instituciones de educación superior de prestigio para que participen en el proceso de formación y capacitación de los docentes; Que, de otro lado, el artículo 5º del mencionado cuerpo normativo faculta al Ministerio de Educación a aprobar las normas complementarias para la implementación del Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente; Que, por su parte, el artículo 4º de la Ley Nº 29000, faculta al Ministerio de Economía para que, en coordinación con el Ministerio de Educación, autorice la creación de la Unidad Ejecutora “Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente” en este último Pliego, asignándole la responsabilidad de ejecutar en forma desconcentrada y descentralizada el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2007-ED; Contando con el visto bueno de la Dirección de Educación Superior Pedagógica, la Dirección Nacional de Educación Superior y Técnico Profesional y la O ficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modi ficado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 023-2001-ED , 006-2006-ED y 007-2007-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar las “Normas Complementarias para la Implementación del Programa Nacional de