TEXTO PAGINA: 6
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de abril de 2007 344344 Nº 25902 – Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar con efectividad al 30 de abril de 2007, la renuncia presentada por el Sr. Alejandro Martín Pastor Podesta al cargo de Director de la O ficina de Logística de la O ficina General de Administración del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar con efectividad al 30 de abril de 2007, al Sr. Juan David Jiménez Vega las funciones de Director de la O ficina de Logística de la O ficina General de Administración del Ministerio de Agricultura, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 54556-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 356-2007-AG Lima, 27 de abril de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 165-2007-AG se designó a la Dra. Patricia Del Pilar Espichan Cuadros como Secretaria General del Ministerio de Agricultura; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia formulada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25902 – Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar con efectividad al 30 de abril de 2007, la renuncia presentada por la Dra. Patricia Del Pilar Espichan Cuadros al cargo de Secretaria General del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar con efectividad al 30 de abril de 2007, al Director General de la O ficina General de Asesoría Jurídica, Dr. Héctor Ricardo Aguirre García, las funciones de Secretario General del Ministerio de Agricultura, con retención de su cargo, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 54556-2 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 349-2007-AG Mediante O ficio Nº 1713-2007-AG-SEGMA, el Ministerio de Agricultura solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 349-2007-AG, publicada en la edición del día 25 de abril de 2007. DICE: “Artículo Único.- Modi ficar el Artículo Único de la Resolución Ministerial Nº 211-2007-AG, en los términos siguientes: “Fijar el incentivo por formalización y competitividad al productor algodonero correspondiente a la cosecha 2007, en el monto de S/. 8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos Soles) por quintal rama para las variedades Tangüis, Pima, Supima, Del Cerro, Hazera u otra de fibra larga y extralarga producida en el país, y de S/. 2.50 (Dos y 50/100) por quintal rama para la variedad Áspero u otra de fibra corta producida en el país.” DEBE DECIR:“Artículo 1º.- Modi ficar el artículo Único de la Resolución Ministerial Nº 211-2007-AG, en los términos siguientes: “Fijar el incentivo por formalización y competitividad al productor algodonero correspondiente a la cosecha 2007, en el monto de S/. 8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos Soles) por quintal de algodón rama para las variedades de Tangüis, Pima, Supima, Del Cerro, Hazera, y de S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) por quintal de algodón rama para la variedad Áspero.” 54075-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modifican R.M. Nº 198-2003- MINCETUR/DM referente a la información mínima que debe contener Certificado de Origen para mercancías con partidas arancelarias sujetas a derechos antidumping o compensatorios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 093-2007-MINCETUR/DM Lima, 27 de abril de 2007Visto el Memorándum Nº121-2007-MINCETUR/VMCE, del 11 de abril de 2007 del Viceministro de Comercio Exterior; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 21-95-ITINCI, del 4 de agosto de 1995, se aprobaron las normas para determinar el origen de los productos importados en los casos que se establezca la aplicación de derechos antidumping y/o compensatorios, provis ionales o de finitivos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 102-95- ITINCI/DM publicada el 12 de agosto de 1995, modi ficada por las Resoluciones Ministeriales Nº 123-95-ITINCI/DM y Nº 142-96-ITINCI/DM publicadas el 13 de septiembre de 1995 y 9 de octubre de 1996, respectivamente; se aprobó un formato de certi ficado de origen para las importaciones de tejidos clasi ficados en los capítulos 52 y 55 del Arancel de Aduanas, sujetos a derechos antidumping, con el objeto de evitar la elusión de los derechos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 198- 2003-MINCETUR/DM publicada el 29 de mayo de 2003, se aprobó un formato de Certi ficado de Origen único a utilizarse en las importaciones de mercancías correspondientes a las partidas arancelarias sujetas a derechos antidumping o compensatorios, provisionales o definitivos, a fin de acreditar el lugar de origen, dejándose sin efecto el formato aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 142-96-ITINCI/DM; Que, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria ha dado cuenta a este Sector de casos en que los importadores presentan a la autoridad aduanera certi ficados de origen que cumplen con la información del certi ficado establecido, más no con el formato exigido mediante Resolución Ministerial Nº 198-2003-MINCETUR/DM , lo cual ha imposibilitado la aceptación de dichos certi ficados, generándose di ficultades en las operaciones comerciales; Que, a efectos de agilizar las operaciones comerciales, resulta conveniente modi ficar la Resolución Ministerial antes mencionada, en el sentido de hacer prevalecer la información mínima que deberá contener el certi ficado de origen, sin que ésta se sujete a un formato preestablecido;