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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de abril de 2007 344347 cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 3 al 14 de mayo de 2007, para realizar Entrenamiento de Supervivencia en el mar, con personal de la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi ficado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 55011-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 297-2007 DE/SG Lima, 27 de abril de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 412 de fecha 19 de abril de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, en el Marco de la XIV Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Perú y las Fuerzas Militares de Colombia, se acordó que la Fuerza Aérea del Perú, ofrecerá anualmente vacantes a la Fuerza Aérea de Colombia, para realizar entrenamiento en simulador de A-37B destinado a O ficiales Tripulantes de Vuelo; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi ficado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi ficar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley N° 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Colombia, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, entre el 7 de mayo al 6 de julio de 2007, para recibir entrenamiento del equipo de vuelo A37. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi ficado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 55011-3RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 298-2007 DE/SG Lima, 27 de abril de 2007CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 394 de fecha 18 de abril de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de la Embajada de los Estados Unidos de América tiene programado realizar Ejercicios de Capacitación en Destreza Médica “MEDRETES”, con personal militar y civil de la Fuerza Aérea Sur (AFSOUTH), en las ciudades de Arequipa y el Callao entre los meses de agosto y setiembre de 2007; Que, en el mes de mayo un equipo de avanzada, conformado por personal militar de los Estados Unidos de América, realizará una visita de inspección o estudio del lugar, previo a la ejecución del Ejercicio denominado “MEDRETES”; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi ficado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi ficar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 8 al 12 de mayo de 2007, para realizar una visita de estudio previo a los lugares donde se realizarán los Ejercicios de Capacitación en Destreza Médica, denominados “MEDRETES”, en las ciudades de Arequipa y El Callao. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi ficado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 55011-4 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Reglamento de la Ley Nº 28864, Ley de la Zona Económica Especial de Puno - ZEEDEPUNO DECRETO SUPREMO Nº 050-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA