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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de abril de 2007 344456 SGGADF-GRRNGMA/GR.MOQ, de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, emite opinión favorable, recomendando que sea derivado a la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente para su evaluación. Asimismo la indicada propuesta es evaluada por la Dirección Regional de Asesoría Jurídica quien a través del Informe Nº 070-A-2006-DRAJ/GR.MOQ, consideran procedente al enmarcarse dentro de la norma; Que, el Dictamen Nº 006-2006-CORNGMA, de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, viene al pleno del Consejo Regional para su debate y aprobación la propuesta de Agenda Ambiental Regional 2006-2007, la misma que en sesión ordinaria de fecha 23 de noviembre del 2006, es aprobada y por unanimidad; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:Artículo Primero.- Aprobar la Agenda Ambiental Regional 2006-2007, como un instrumento de gestión ambiental, la misma que ha sido elaborada de manera consensuada y participativa por la Comisión Ambiental Regional y forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional en fojas ocho. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.MARÍA CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADO Presidenta Regional 54502-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del distrito de Miraflores ORDENANZA Nº 1012 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de marzo del 2007, la Propuesta de Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del Distrito de Mira fl ores, que es parte del Area de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana, elaborada por la Municipalidad Distrital de Mirafl ores, en cumplimiento de lo establecido por el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 920-MML del 30 de marzo del 2006; y, De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 083-2006-MML-CMDUVN del 12 de setiembre del 2006 que dio lugar a la Ordenanza Nº 983-MML del 12 de diciembre del 2006, aprobada en Sesión Ordinaria de Concejo del 6 de diciembre del 2006, que no fue publicada y Dictamen Nº 015-2007-MML-CMDUVN del 5 de marzo del 2007, que durante el debate se consideró necesario integrar en un solo texto, por lo que la Ordenanza Nº 983-MML como tal carecería de objeto; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL ÍNDICE DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE ACTIVIDADES URBANAS DEL DISTRITO DE MIRAFLORES Artículo 1º.- Aprobación Aprobar el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del Distrito de Mira fl ores, elaborado por la Municipalidad Distrital, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza como Anexo Nº 1. Artículo 2º.- Aplicación por Sectores Urbanos Establecer que el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del distrito de Mira fl ores, está estructurado en tres (03) Sectores Urbanos con fi nes de su aplicación, delimitados por la Municipalidad Distrital en función de las características físicas y funcionales diferenciadas de los mismos, y que están gra fi cados en el Plano de Sectores que forma parte de la presente Ordenanza como Anexo Nº 2. Artículo 3º.- Actividades Existentes Establecer que las actividades urbanas de servicios profesionales y o fi cinas administrativas y comerciales en funcionamiento, en predios ubicados en Zoni fi cación Residencial y que se hayan instalado de manera formal, continuarán desarrollándose hasta que la edi fi cación que las acoge sea demolida. En esa situación, la nueva edifi cación será exclusivamente de uso residencial. El funcionamiento de las actividades urbanas antes mencionadas deberá sujetarse al cumplimiento de normas sobre niveles operacionales y estándares de calidad aprobados por la Municipalidad de Mira fl ores. Artículo 4º.- Actividades permitidas al residente del predio Establecer que en los predios ubicados en Zoni fi cación Residencial, se permite el funcionamiento de actividades profesionales, siempre y cuando sean desarrolladas directamente por el residente, ocupando hasta un máximo de 40 m 2, sin modi fi cación de fachada y sin publicidad exterior, exigiéndose el cumplimiento de los niveles operacionales y estándares de calidad aprobados por la Municipalidad de Mira fl ores. Articulo 5º.- Actividades Administrativas en Viviendas Existentes Establecer que se admite el funcionamiento de servicios profesionales y o fi cinas administrativas, en viviendas unifamiliares existentes ubicadas en Zonas Residenciales con frente a las Vías Metropolitanas con Zoni fi cación RDM de los Sectores A, B y C ocupando total o parcialmente la edi fi cación, sin publicidad exterior, sin modi fi cación de fachada, con estacionamiento al interior del lote y cumpliendo con los niveles operacionales y estándares de calidad aprobados por la Municipalidad de Mira fl ores. Artículo 6º.- Establecimientos con Licencia de Construcción Comercial Establecer que en los predios ubicados en Zoni fi cación Residencial, que cuenten con Licencia de Construcción para establecimiento comercial otorgada por la Municipalidad de Mira fl ores, se pueda solicitar la Licencia de Funcionamiento para el desarrollo de dicha actividad comercial u otra relacionada al Comercio Local u Ofi cinas Administrativas. Artículo 7º.- Inmuebles con Resolución de Cambio de Uso Establecer que en las Zonas Residenciales, los Inmuebles que cuenten con Resolución de Cambio de Uso a Local Comercial, podrán solicitar la Licencia de Funcionamiento para actividades relacionadas al uso de Comercio Local u O fi cinas Administrativas. Disposiciones FinalesPrimera.- Modi fi cación del Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas. Disponer que la Municipalidad de Mira fl ores podrá proponer modi fi caciones o precisiones al Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas que se aprueba por la presente Ordenanza, a los seis meses de su publicación, los cuales serán aprobados por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza.