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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de abril de 2007 344457 Segunda.- Correcciones grá fi cas Aprobar las correcciones grá fi cas de los Planos de Zoni fi cación y Alturas de Edi fi cación de Mira fl ores, aprobados mediante la Ordenanza Nº 920-MML, en el siguiente sentido: - En el Plano de Zoni fi cación , la esquina de la Av. Petit Thouars y la Calle Gervacio Santillana, cali fi cada actualmente como H3 (Hogar de la Madre) tendrá la califi cación de Comercio Zonal (CZ) por no formar parte de dicha Clínica. - En el Plano de Alturas de Edi fi cación , la Avenida Tomás Marsano, tramo correspondiente al Distrito de Mira fl ores, cali fi cada actualmente con diez (10) pisos, tendrá una altura de edi fi cación de siete (07) de acuerdo con la Zoni fi cación Residencial de Densidad Media que le corresponde. - En los Planos de Zoni fi cación y Alturas de Edifi cación , los predios ubicados con frente a la Av. Benavides entre las calles Ignacio de la Fuente y Jorge Buckley, y cuyo fondo colinda con el Parque Cesar Vallejo, la totalidad del lote estará comprendido en la Zoni fi cación Comercio Zonal (CZ) y la altura diez (10) pisos. - En el Plano de Zoni fi cación , la esquina de las Avenidas Santa Cruz y Santa María, cali fi cada actualmente como Comercio Vecinal (CV), tendrá la cali fi cación de Otros Usos OU, que le corresponde a la Iglesia del Buen Pastor.- En el Plano de Alturas de Edi fi cación , los predios ubicados en las esquinas formadas por las Avenidas 28 de Julio, Vasco Núñez de Balboa y Reducto, tendrán una altura de diez (10) pisos. - En el Plano de Zonificación , el Parque Reducto de Miraflores, calificado actualmente como Zona de Recreación Pública (ZRP), está declarado Monumento Nacional según Ley Nº 9948 del 07/02/1944, por tanto debe especificarse la condición de Zona Monumental. Tercera .- Dado que en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de diciembre del 2006, se aprobó la Ordenanza Nº 983 que aprobaba el Indice de usos para la ubicación de actividades urbanas del Distrito de Miraflores, la que no llegó a publicarse; se deja sin efecto y sin valor legal dicha Ordenanza Nº 983 del 12 de diciembre del 2006, la que se tendrá por anulada, con el objeto de establecer un solo Texto sobre la materia, que es el objeto de la aprobación de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla En Lima a los 26 días del mes de marzo de 2007 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima