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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (29/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de abril de 2007 344447 Autorizan viaje de funcionario diplomático para participar en la Reunión Extraordinaria de Coordinadores Nacionales de la Comunidad Iberoamericana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0407/RE Lima, 13 de abril de 2007CONSIDERANDO: Que, del 7 al 9 de mayo del 2007 se realizará en el Principado de Andorra, la I Reunión de Coordinadores Nacionales Iberoamericanos en preparación de la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno que tendrá lugar en la ciudad de Santiago, República de Chile, entre los días 8 y 10 de noviembre de 2007; Que el Perú otorga especial importancia al proceso de Cumbres Iberoamericanas, por ser un espacio de diálogo y cooperación regional en asuntos de interés compartido; como la a fi rmación del multilateralismo, la defensa de la democracia y los derechos humanos, la promoción del desarrollo con equidad, la cooperación internacional, entre otros; Que, la citada Reunión de Coordinadores Nacionales ha sido convocada a fi n de iniciar la preparación de la agenda de la próxima Cumbre, en particular, la negociación del proyecto de la futura Declaración de Santiago; Teniendo en cuenta el Memorándum (SME) Nº 0414/2007, de la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales, de 30 de marzo de 2007; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes o fi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se r ealicen en clase económica; el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; y el inciso b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Antonio Javier Alejandro García Revilla, Subsecretario para Asuntos Multilaterales, como Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores que asista a la Reunión Extraordinaria de Coordinadores Nacionales de la Comunidad Iberoamericana que se realizará en el Principado de Andorra, del 7 al 9 de mayo del 2007. Artículo Segundo.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Antonio Javier Alejandro García Revilla, Subsecretario para Asuntos Multilaterales, al Principado de Andorra, del 7 al 9 de mayo de 2007, para que participe en la Reunión Extraordinaria de Coordinadores Nacionales de la Comunidad Iberoamericana. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 01163 - Participar en Organismos Internacionales, debiendo el citado funcionario diplomático rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos Por día US$Número de díasTotal Viáticos US$ Antonio Javier Alejandro García Revilla 600.00 260.00 3+2 1,300.00Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida Reunión, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 53913-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan permiso excepcional a Expreso La Florida S.R.L. para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 2816-2007-MTC/15 Lima, 21 de febrero de 2007 VISTOS: los expedientes de registros N°s. 2006- 030785, 000271, 2006-030785-A, 011144 y 2006-030785-C, organizados por EXPRESO LA FLORIDA S.R.L., sobre permiso excepcional en la ruta: Chiclayo - El Limoncito y viceversa, el Informe N° 824-2007-MTC/15.02.2 y el Memorándum N° 633-2007-MTC/15.02 elaborados por la Subdirección de Autorizaciones y por la Dirección de Registros y Autorizaciones. CONSIDERANDO:Que, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administración de Transportes aprobado por Decreto Supremo N° 009-2004-MTC, EXPRESO LA FLORIDA S.R.L., - en adelante la Empresa, bajo el Expediente N° 2006-030785, solicitó el permiso excepcional en la ruta: Chiclayo - El Limoncito y viceversa, con los ómnibus de placas de rodaje N°s. UC-2258 (1992) y UC-1853 (1983); Que el artículo 75° del Reglamento Nacional de Administración de Transportes aprobado por Decreto Supremo N° 009-2004-MTC modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2007-MTC, prescribe que: “Los permisos excepcionales para prestar servicio de transporte regular de personas en cualquier ámbito se otorgarán siempre que en la ruta solicitada no exista oferta del servicio de transporte regular de personas con vehículos habilitados por la autoridad competente que reúnen las características para una concesión interprovincial. (...).”; Que, el literal a) del artículo 78° del Reglamento Nacional de Administración de Transportes, establece que la Dirección General de Circulación Terrestre podrá otorgar permisos excepcionales para prestar servicio de transporte interprovincial regular de personas de ámbito nacional, con vehículos de las Categorías M2 y M3, clase III, de la Clasi fi cación Vehicular establecida en el Reglamento Nacional de Vehículos, de peso neto igual o superior a tres (3) toneladas, para rutas de hasta doscientos (200) kilómetros; Que, la Subdirección de Autorizaciones de la Dirección de Registros y Autorizaciones, según Informe Técnico N° 824-2007-MTC/15.02.2, concluye que La Empresa ha presentado los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC, y que reúne las condiciones de acceso previstas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-2004-MTC y modi fi catorias, para el otorgamiento del permiso excepcional en la ruta: Chiclayo - El Limoncito y viceversa con los vehículos de placas de rodaje N°s. UC-2258 y UC-1853; además,