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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (29/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de abril de 2007 344446 Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2002-EM, y cuenta con la opinión a que se re fi ere el Informe Nº 048-2007-DGE-CEL, siendo procedente la modi fi cación solicitada; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; Estando a lo dispuesto por el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modi fi cación de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Alberto Samaniego Alcántara de la que es titular COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A., incrementando la capacidad instalada de 3,76 MW a 4,09 MW. Artículo 2º.- Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en particular el cumplimiento de la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, la Resolución Ministerial Nº 112-97-EM/DGE y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición; y, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 42798-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionaria diplomática para participar en la 59º Reunión Anual de la Comisión Internacional de la Ballena que se realizará en EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0236/RE Lima, 26 de febrero de 2007CONSIDERANDO:Que, la 59º Reunión Anual de la Comisión Internacional de la Ballena - CIB se llevará a cabo del 28 al 31 de mayo del 2007, en la ciudad de Anchorage, Estado de Alaska, Estados Unidos de América; Que, el Perú es miembro de la Comisión Internacional de la Ballena, organismo que tiene por misión adoptar regulaciones sobre la conservación y manejo de ballenas a nivel mundial, en base a la mejor información cientí fi ca disponible; Que, la participación del Perú en la Comisión Internacional de la Ballena expresa su compromiso con la aplicación del Capítulo 17 de la Agenda 21 en que se establece el programa de acción para alcanzar el desarrollo sostenible de los océanos y áreas costeras, así como con los principios y objetivos de la Declaración de Johannesburgo que se orientan a fortalecer los tres pilares interdependientes del desarrollo sostenible: el desarrollo económico, el desarrollo social y la protección del medio ambiente a nivel local, regional e internacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1286- 2006-RE, de 23 de octubre de 2006, la Ministra en el Servicio Diplomático de la República, Doris Elba Sotomayor de Codina, Directora de Asuntos Marítimos, Aguas Transfronterizas y Asuntos Antárticos de la Dirección Nacional de Soberanía y Límites del Ministerio de Relaciones Exteriores, fue designada como Comisionada por el Perú ante la Comisión Internacional de la Ballena; Teniendo en cuenta el Memorándum (DSL) Nº 0035/2007, de la Dirección Nacional de Soberanía y Límites, de 2 de febrero de 2007; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes o fi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica; el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modi fi cado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; y el inciso b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a la Ministra en el Servicio Diplomático de la República, Doris Elba Sotomayor de Codina, Directora de Asuntos Marítimos, Aguas Transfronterizas y Asuntos Antárticos de la Dirección Nacional de Soberanía y Límites del Ministerio de Relaciones Exteriores, y Comisionada por el Perú ante la Comisión Internacional de la Ballena, para que participe, en condición de comisionada, del 28 al 31 de mayo del 2007, en la 59º Reunión Anual de la Comisión Internacional de la Ballena, que se realizará en la ciudad de Anchorage, Estado de Alaska, Estados Unidos de América. Artículo Segundo.- Autorizar el viaje de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República, Doris Elba Sotomayor de Codina, para que participe de la Reunión señalada en el artículo primero de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue la participación de la citada funcionaria diplomática, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00698 - Ejercicio de la Soberanía Marítima, Aérea y de los Asuntos Antárticos, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida Reunión, de acuerdo con el detalle siguiente: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos Por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto US$ Doris Elba Sotomayor de Codina 2,144.86 220.00 4+1 1,100.00 30.25 Artículo Cuarto.- Extender las Cartas Credenciales correspondientes. Artículo Quinto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida Reunión, la citada funcionaria diplomática deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Sexto.- La presente resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 53913-1