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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (02/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de agosto de 2007 350636 Que, conforme al Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, concordante con el Artículo 9º, Numeral 20) de la citada norma dentro de las atribuciones del Concejo Municipal son las de aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad; Que, conforme la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411, en su Artículo 69º, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Concejo; en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; Que, según Ficha Técnica del Proyecto de “Construcción e Implementación Camal Moderno” en la provincia de Espinar, cuya entidad ejecutora es la Municipalidad Provincial de Espinar; proyecto que busca el mejoramiento del sistema de bene fi cio y comercialización de carnes, dirigidos a optimizar su manejo, elevar los estándares de calidad del producto ofrecido para la alimentación humana y posibilitar más ocupación en un contexto donde las di fi cultades laborales son evidentes, por lo que el proyecto justi fi ca plenamente; Que, en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Nº 017 de fecha 7 de junio de 2007, en la cual se pone a consideración del Pleno del Concejo Municipal respecto al aporte de la Empresa Minera Xstrata Tintaya S.A. a través del Convenio Marco III Aporte; después de un amplio debate, análisis y sustentado ampliamente por el señor Alcalde Provincial de Espinar; luego puesto a consideración del Pleno del Concejo Municipal, se decide aprobar la aceptación de la donación correspondiente; Estando, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º Inc. 20), 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD; ACUERDA:Artículo Primero.- ACEPTAR y APROBAR la DONACIÓN efectuada por la Empresa Minera Xstrata Tintaya S.A. a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar, por la suma de S/. 92,000.00 (Noventa y Dos Mil con 00/100 Nuevos Soles), como el Tercer Aporte a través del Convenio Marco, destinados para la construcción del Proyecto “Construcción e Implementación Camal Moderno” en la provincia de Espinar. Artículo Segundo.- La transferencia precedentemente aprobada, se realiza como El Tercer Aporte de la Empresa Minera Xstrata Tintaya S.A. a través del Convenio Marco. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento Provincial, Gerencia de Desarrollo Social y Cultural, para fi nes convenientes. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR el tenor del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento Provincial y a la O fi cina de Tesorería para su conocimiento, cumplimiento y fi nes pertinentes, conforme a ley bajo responsabilidad y a la O fi cina de Relaciones Públicas y Protocolo para la respectiva difusión. Regístrese y comuníquese. ALFREDO SALINAS PÉREZ Alcalde Provincial 90578-2 Designan funcionarios responsables de brindar información al público y de elaborar y mantener actualizado el portal de transparencia de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 425-2007-MPE-C Espinar, 18 de julio de 2007. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR - DEPARTAMENTO DEL CUSCO Vistos, la Carta Nº 056-OAI-MPE/C-2007 de fecha 10 de julio de 2007, Carta Nº 020-OAI-MPE/C-2007 de 21 de febrero de 2007, Informe Nº 035-2007-A-MPE-C de 12 de julio de 2007, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; así como su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; y, CONSIDERANDO:Que a partir de la vigencia de la Ley Nº 27806 la Municipalidad Provincial de Espinar, en cumplimiento de la misma y tratándose de una gestión pública que debe ser transparente, debe atender las diversas solicitudes presentadas por ciudadanos respecto de información sobre diversos asuntos; sin embargo de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 se están diseñando los documentos normativos y de organización, en los que se designará de modo permanente las funciones y atribuciones y responsabilidades de cada área, respecto a la información solicitada por los ciudadanos; Que la Municipalidad Provincial de Espinar, a la fecha viene implementando un Portal en Internet, en los que se publicarán las disposiciones e información que son de interés público, principalmente lo dispuesto por el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; sin embargo en cumplimiento de lo establecido por el artículo 8º de la norma citada, deben identi fi carse a los funcionarios responsables, por lo que en Sesión Ordinaria Nº 023 de fecha 16 de julio de 2007, el pleno del Concejo Municipal dispuso que los responsables serán el Secretario General y el Gerente de Planeamiento Provincial; Estando a lo dispuesto por la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público aprobado por Decreto Legislativo Nº 276 y el Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa y Remuneraciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Nº 27806 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR al Abog. Lucio Holguino Huamanquispe Secretario General de la Municipalidad Provincial de Espinar, como funcionario responsable de brindar información solicitada al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su reglamento. Artículo 2º.- DESIGNAR al Ing. Econ. Teodoro Aroni Quispe Gerente de Planeamiento Provincial de la Municipalidad de Espinar, como funcionario responsable de elaborar y mantener actualizado el Portal de Transparencia - Internet de la Municipalidad Provincial de Espinar con información que reciba y solicite de las diferentes dependencias, el mismo que deberá hacerlo en coordinación con la Unidad de Informática y Estadística, en cuanto se encuentre implementado el Portal. Artículo 3º.- ESTABLECER que todos los funcionarios y servidores de la Municipalidad Provincial de Espinar, cualquiera sea el régimen laboral o vínculo contractual, están en la obligación, de proveer en el plazo de dos días la información solicitada por los funcionarios designados precedentemente; dentro del mismo término comunicarán si poseen la información, si requieren procesarla o requieren prórroga para entregar la información explicando sucintamente las causas. Artículo 4º.- ESTABLECER que las responsabilidades por incumplimiento de los funcionarios o servidores serán sancionados administrativamente, conforme dispone el Artículo 7º del D.S. Nº 072-2003-PCM. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, dictar las disposiciones o directivas necesarias para el correcto cumplimiento de la presente Resolución, así como las que permitan la posibilidad prevista por el artículo 12º del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Nº 27806. Artículo 6º.- TRANSCRIBIR la presente Resolución a todas las dependencias de la municipalidad para su conocimiento y estricto cumplimiento bajo responsabilidad. Regístrese y comuníquese. ALFREDO SALINAS PÉREZ Alcalde Provincial 90578-1