Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2007 (02/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de agosto de 2007

Educativas de su competencia, en un plazo no mayor de 60 dias, luego de publicada la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, en la sede del Gobierno Regional de La MORDAZA, a los seis dias del mes de junio del ano dos mil siete. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional

los Consejeros Regionales MORDAZA Ruy MORDAZA Rosell e MORDAZA MORDAZA Carranza. Articulo Segundo.- PUBLICAR, la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario encargado de las publicaciones judiciales de La Libertad. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional

90852-9

90852-7

Conforman la Comision de Seguridad Ciudadana
ACUERDO REGIONAL Nº 009-2007-CR/R-LL
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, en la Sesion Ordinaria del 28 de marzo del 2007, ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, conforme el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, el Articulo 9, Numeral 9º.2 de la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, senala que la autonomia administrativa, consiste en la facultad que tienen los Gobiernos Regionales, de organizarse internamente, asimismo, el Articulo Nº 192º de la Constitucion Politica del Estado; el Articulo 9º, Inc. a) y el Articulo 10 Inc. c) de la Ley Nº 27867, establecen que es competencia exclusiva de los Consejos Regionales, aprobar su organizacion interna. Que, el Articulo 27º del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado con Ordenanza Regional Nº 001-2003CRLL de fecha 21.1.2003, en concordancia con el Articulo 14º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales - Establece que las Comisiones son Grupos de Trabajo Especializado de Consejeros Regionales, cuya funcion principal es el seguimiento de la gestion y conducta de los funcionarios del Gobierno Regional, asi como llevar a cabo investigaciones y trabajos especificos, sobre cualquier MORDAZA de interes publico regional. Dichas comisiones, deberan estar conformadas por un MORDAZA de tres (3) Consejeros Regionales, quienes estableceran el Cronograma de sus reuniones de trabajo. Que, la Ley Nº 27933, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, establece que los Comites Regionales de Seguridad Ciudadana, son organos tecnicos normativos que formulan las politicas sobre seguridad ciudadana en el ambito de su competencia territorial, en el MORDAZA de la politica nacional disenada por el CONASEC ; Que, eventualmente los mencionados comites regionales tienen funcion ejecutiva a nivel regional cuando la naturaleza de la problematica de seguridad ciudadana asi lo requiera y siendo esta de interes publico, se hace necesaria su fiscalizacion permanente para garantizar el cumplimiento de los fines y objetivos del sistema y de las competencias de este Gobierno Regional, estando a lo aprobado en Sesion Ordinaria de Consejo del 28 de marzo del 2007 y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. A) del Articulo 37º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902, Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha tomado el Acuerdo Regional siguiente: Articulo Primero.- CONFORMAR la Comision de Seguridad Ciudadana, integrada por el Consejero Delegado arquitecto MORDAZA Pinillos MORDAZA, quien la presidira,

Designan integrantes y establecen funciones de la Mesa Directiva del Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA
ACUERDO REGIONAL N° 022-2007-GR-LL/CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, en la Sesion Ordinaria del 6 de junio del 2007, ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, conforme el Articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo 2° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo 9° numeral 9.2 de la Ley de Bases de la Descentralizacion N° 27783 senala que la autonomia administrativa consiste en la facultad que tienen los Gobiernos Regionales, de organizarse internamente. Asimismo el Articulo 192° de la Constitucion Politica del Estado, el Articulo 9° inciso a) y el Articulo 10° inciso c) de la Ley N° 27867 establecen que es competencia exclusiva de los Consejos Regionales, aprobar su organizacion interna. Que, la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado N° 27658 ha declarado al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades organizaciones y procedimiento con la finalidad de mejorar la gestion publica obteniendo mayores niveles de eficiencia y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, el Articulo 25° del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 004-2007CR/R-LL, el Consejero Relator tiene como funcion, coordinar con la Secretaria del Consejo Regional la documentacion que se MORDAZA lectura en la Estacion de Despacho de las sesiones y el Articulo 26° del acotado Reglamento, el Consejero Vocal tiene como funcion coordinar con la Secretaria del Consejo Regional la elaboracion de la agenda de cada sesion del Consejo Regional. Si la sesion no agota la agenda, coordina la elaboracion de una nueva agenda. Asi mismo, supervisa la redaccion del acta de sesion. De conformidad con la Constitucion Politica del Estado y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Articulo 37° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificada por la Ley N° 27902 y Ley N° 28968 y estando a lo acordado. HA TOMADO EL ACUERDO REGIONAL SIGUIENTE: Articulo Primero.- DESIGNAR, a los miembros integrantes de la Mesa Directiva del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad: · Consejero Relator: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carranza. · Consejero Vocal: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camacho. · Consejero Delegado: Senor MORDAZA MORDAZA Pinillos MORDAZA quien la preside.

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