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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de agosto de 2007 350633 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Instauran proceso administrativo disciplinario a servidor RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 109-2007/MDLV La Victoria, 31 de julio de 2007 Visto.- El Informe N° 006-2007-CPPAD/MDLV de fecha 31 de julio de 2007 de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 153-07-SGS7GBS/MDLV de fecha 29 de mayo del año en curso, el Subgerente de Salud Publica informa que el servidor público Guillermo Antonio Saco Suárez no se ha presentado a laborar desde el día 13 de febrero de 2007, fecha en que asumió el cargo en la Subgerencia hasta el día 29 de mayo de 2007, en que siendo las 9.30 a.m. se presentó en la Gerencia de Bienestar Social, asignándole funciones en la Subgerencia de Salud Pública. Sin embargo el Subgerente de Salud Pública con Informes Nºs. 154, 155 y 159-07–SGS/GBS/MDLV informa nuevamente que el citado servidor empleado Guillermo Antonio Saco Suárez no se ha presentado a trabajar en el Centro Médico Municipal los días 30, 31 de mayo y 5 de junio del año en curso respectivamente; Que, asimismo con Informe Nº 743-07-SGP-GA/MDLV el Subgerente de Personal informa al Gerente de Administración que el servidor Guillermo Antonio Saco Suárez los días 29,30 de mayo, 11,18,19,20 y 21 de junio del año en curso, no obstante registrar su ingreso a trabajar y en algunos casos su salida, no ha asistido a su centro de labores en ninguno de los días referidos (según se detalla), informando que lo expuesto tiene como fuente el registro computarizado de la Subgerencia de Personal e informes del Dr. Luís Gómez Zegarra Subgerente de Salud Pública, ampliando su informe el Subgerente de Personal (Informe 967-2007-SGP/MDLV) en el sentido que el citado servidor no asistió en trabajar desde el 22 al 30 de junio y desde el 1 al 19 de julio del año en curso; Que, mediante Carta Nº 002-07-SGP-GA/MDLV de fecha 24 de mayo de 2007 remitido por conducto notarial el Subgerente de Personal le comunica al servidor público Guillermo Antonio Saco Suárez que en tanto no presente la respectiva licencia sindical deberá de continuar prestando sus servicios habituales al área a la cual pertenece ( Gerencia de Bienestar Social), sin embargo dicho servidor ha hecho caso omiso conforme se puede apreciar de los informes del Subgerente de Personal y del Coordinador de Administración de Personal, situación que igualmente se agrava al presentar un certi fi cado médico mediante el cual se le otorga descanso médico y no es encontrado en su domicilio cuando el Dr. José Luís Gómez Zegarra Subgerente de Salud Pública va a verifi car in situ acerca del estado de salud del servidor lo cual importaría un faltamiento a la verdad de los hechos;. Que, del análisis y evaluación de la documentación obrante en autos, se puede apreciar que existen elementos de juicio su fi cientes que harían presumir la comisión de falta administrativa de carácter disciplinario de parte del servidor Guillermo Antonio Saco Suárez, al haber incurrido en faltas injusti fi cadas por más de tres días consecutivos, con la agravante de que también ha hecho abandono de cargo transgrediendo de esta manera las obligaciones que tiene todo servidor previstos en el Art. 21 Incisos a), h) concordante con el Art. 28 Incisos a) y k) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de la Municipalidad de La Victoria, por lo que debe de instaurársele proceso administrativo disciplinario, Que, teniendo en cuenta los fundamentos antes expuestos, de conformidad con los Artículos 126, 127, 150, 166, 167,168 y 172 del Dec. Sup. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y con el Informe de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; Por lo expuesto y de acuerdo a las facultades delegadas mediante Resolución de Alcaldía Nº 072A-2007-ALC;SE RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR PROCESO ADMINIS- TRATIVO DISCIPLINARIO al servidor público GUILLERMO ANTONIO SACO SUÁREZ servidor nombrado de la Municipalidad Distrital de La Victoria por los hechos y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Noti fi car al servidor público GUILLERMO ANTONIO SACO SUÁREZ para que dentro del término de cinco (5) días útiles contados desde el día siguientes de su noti fi cación personal y/o través de la publicación de la presente en el Diario O fi cial El Peruano presente su descargo y las pruebas que considere pertinente para su defensa ante la Comisión Permanente de Proceso Administrativos Disciplinarios Artículo Tercero.- REMITIR los actuados a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR H. MANCHEGO NAPURI Gerente Municipal 90992-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Prorrogan vigencia de la Ordenanza que aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000005-2007-MDSJM-A San Juan de Mira fl ores, 31 de julio del 2007 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: POR CUANTO: Vista, la Ordenanza Nº 00033-2007-MDSJM de fecha 6 de julio del 2007 y modi fi cada por la Ordenanza Nº 00035- 2007-MDSJM de fecha 18 de julio del 2007; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 194º, 195º y 196º de la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promoviendo el desarrollo y la economía local; Que, el artículo 36 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modi fi catorias, establece que la administración está facultada para otorgar fraccionamiento a aquellos contribuyentes que deseen regularizar sus deudas tributarias, siempre que cumplan con los requisitos o garantías que se establezcan; Que, mediante Ordenanza Nº 00033-2007-MDSJM de fecha 6 de julio del 2007 se aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y no Tributarias la cual fue modi fi cada mediante Ordenanza Nº 0035-2007- MDSJM en fechas 18 de julio del 2007 la cual faculta al señor Alcalde en su Artículo 4º que se podrá prorrogar la vigencia mediante la respectiva emisión de un Decreto de Alcaldía; De conformidad con lo dispuesto con los artículos 20 inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 00033-2007-MDSJM de fecha 6 de julio del 2007, la cual aprueba el “REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS” de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, modi fi cado por la Ordenanza Nº 00035-2007-MDSJM de fecha 18 de julio del 2007 hasta el 15 de agosto del 2007. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Rentas.