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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de agosto de 2007 351617 Aprueban transferencia financiera a favor de las Municipalidades Provinciales de Huánuco y Distritales de Samanco y Casa Grande RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 371-2007-MEM/DM Lima, 13 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 624-2006- MEM/DM de fecha 29 de diciembre de 2006, se aprueba el Presupuesto Institucional de Ingresos y Egresos, así como la Estructura Funcional Programática de Apertura proporcionada por la Dirección Nacional de Presupuesto Público, correspondiente al Año Fiscal 2007, por Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad y/o Proyecto, que incluye a las Unidades Ejecutoras Nº 001- MEM-Central; Nº 002- Dirección Ejecutiva de Proyectos y Nº 003- Unidad de Gerencia Proyecto FONER; Que, el Artículo 1° de la Ley N° 29035, dada el 9 de junio de 2007, autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, hasta por la suma de DOS MIL CIENTO TRECE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 113 794 124,00), por las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, con el objeto de dar atención a gastos orientados a la ejecución de proyectos, entre otras obligaciones a cargo de diversos Sectores; Que, mediante el Oficio Circular N° 020-2007- EF/76.12, la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas remitió el Anexo con Código AIR57A6C – Distribución del Gasto del Gobierno Nacional por Actividad y Proyecto y Grupo Genérico de Gasto de la Ley N° 29035, que registró el crédito presupuestario asignado al Pliego 016 – Ministerio de Energía y Minas por el monto de CINCUENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 56 216 680,00), en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 1° de la Ley antes referida, mediante la Resolución Ministerial Nº 300-2007-MEM/DM de fecha 15 de junio de 2007, el Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas, aprobó la desagregación de los recursos provenientes del Crédito Suplementario a nivel de función, programa, sub programa, actividad, proyecto y grupo genérico del gasto, hasta por la suma de S/. 56 216 680,00; en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios por el monto de S/. 45 521 968,00, y en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito por el monto de S/. 10 694 712,00; Que, el Ministerio de Energía y Minas como parte del Gobierno Nacional ha suscrito convenios con los Gobiernos Locales, para la ejecución de los proyectos, los que se realizarán mediante Transferencias Financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Locales, para la ejecución de los proyectos de acuerdo a lo establecido en el literal g) del Artículo 5° de la Ley N° 28927; Que, mediante Memorándum Nº 409-07-MEM/DEP/ DAF, la Unidad Ejecutora N° 002- Dirección Ejecutiva de Proyectos conformante del Pliego Institucional, ha solicitado la aprobación de las transferencias fi nancieras a efectuarse a favor de la Municipalidad Provincial de Huánuco (Huánuco), Municipalidad Distrital de Samanco (Ancash), y Municipalidad Distrital de Casa Grande (La Libertad), en el marco de la Ley N° 29035, para la ejecución de obras de 06 proyectos de electri fi cación rural descritos en el Anexo Nº. 01, constitutivos de la parte resolutiva del presente dispositivo, por las sumas de S/. 3 245 420,00; 1 909 662,00; y S/.1 200 217,00, respectivamente;Que, mediante Informe N° 056-2007-MEM-OGP/ PRES de fecha 2 de agosto de 2007, la O fi cina de Presupuesto ha emitido opinión favorable, certi fi cando la disponibilidad presupuestaria en las cadenas funcionales programáticas y de gasto que harán factible las operaciones de transferencias fi nancieras a los Gobiernos Locales señalados en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; la Ley Nº 28979 – Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 para la continuidad de inversiones y dicta otras disposiciones; y, la Ley Nº 29035 - Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas; Con la opinión favorable del Director de Presupuesto (e) y el V° B° del Director General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de Asesoría Jurídica y del Secretario General del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera por la suma de SEIS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 355 299,00), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios con cargo al Presupuesto del Pliego 016 – Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2007; a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUÁNUCO (HUÁNUCO); MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAMANCO (ANCASH); MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASA GRANDE (LA LIBERTAD); para la ejecución de obras de 06 proyectos de electri fi cación descrito en el Anexo Nº 01 que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los recursos, materia de la presente transferencia fi nanciera, serán destinados exclusivamente para la ejecución de los proyectos descritos en el referido Anexo, quedando prohibido que los GOBIERNOS LOCALES señalados efectúen anulaciones presupuestarias con cargo a tales recursos. Artículo 3º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizarán con cargo al presupuesto aprobado a la Unidad Ejecutora Nº 002 - Dirección Ejecutiva de Proyectos, órgano nacional competente en materia de electri fi cación rural, de acuerdo al siguiente detalle: FUENTE DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS ORDINARIOS PROGRAMA : 035 EnergíaSUBPROGRAMA : 0100 Electri fi cación Rural ACTIVIDAD : 1 027682 Transferencia del Gobierno Nacional – Ley N° 29035 CATEGORÍA DEL GASTO : 6 GASTOS DE CAPITALGRUPO GENERICO DEL GASTO : 7 Otros Gastos de Capital Artículo 4º.- La ejecución de los recursos autorizados mediante la transferencia fi nanciera, materia de la presente Resolución, está sujeta a los Calendarios de Compromisos que aprueba el Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 5º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera deberán encontrarse previstos en los Convenios de Financiamiento de los Proyectos de Inversiones, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobierno Locales, respectivamente. Artículo 6º.- La Unidad Ejecutora Nº 002 - Dirección Ejecutiva de Proyectos, será responsable del cumplimiento de la ejecución de los Convenios referidos en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas