Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2007 (16/08/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

351630

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2007

efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones

Viceministerial Nº 080-2004-MTC/03, y las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y, Con la opinion favorable del Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la EMPRESA DE RADIO DIFUSION Y ESPECTACULOS SAN MORDAZA RADIO SAN MORDAZA S.R.L., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en frecuencia modulada, en la localidad de Ilave, departamento de Puno; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad : RADIODIFUSION EN FM : 99.7 MHz : COMERCIAL SONORA

96439-4

Otorgan autorizacion a empresa para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en frecuencia modulada en la localidad de Ilave
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 475-2007-MTC/03
MORDAZA, 14 de agosto del 2007. VISTO, el Escrito de Registro Nº 005317 presentado por la EMPRESA DE RADIO DIFUSION Y ESPECTACULOS SAN MORDAZA RADIO SAN MORDAZA S.R.L., sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en frecuencia modulada, en el distrito de Ilave, provincia de El Collao, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0052005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicha MORDAZA se detallan. Asimismo, debe acompanarse la documentacion necesaria a fin de verificar el cumplimiento del articulo 25º del acotado Reglamento; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 080-2004-MTC/03, incluye dentro de la localidad denominada Ilave al distrito de Ilave, provincia de El Collao, departamento de Puno; Que, mediante Informe Nº 0139-2007-MTC/28, la Direccion General deAutorizaciones en Telecomunicaciones, senala que la solicitud presentada por la EMPRESA DE RADIO DIFUSION Y ESPECTACULOS SAN MORDAZA RADIO SAN MORDAZA S.R.L., cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion

Caracteristicas Tecnicas: Indicativo : OCQ-7I Emision : 256KF8E Potencia Nominal del Transmisor : 0.10 kW Ubicacion de la Estacion: Estudio Coordenadas Geograficas Planta Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio : Jr. Bolognesi Nº 327, en el distrito de Ilave, provincia de El Collao, departamento de Puno. : Longitud Oeste : 69º 38' 08.7'' Latitud Sur : 16º 05' 03.2'' : Cerro MORDAZA MORDAZA, en el distrito de Ilave, provincia de El Collao, departamento de Puno. : Longitud Oeste : 69º 37' 35.05'' Latitud Sur : 16º 05' 34.2'' : El area comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual ademas sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2°.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual la titular de la autorizacion debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las caracteristicas tecnicas aprobadas en la presente autorizacion. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. - Los equipos instalados deberan contar con el respectivo Certificado de Homologacion. La respectiva inspeccion tecnica se efectuara de oficio hasta dentro de los tres (3) meses siguientes al vencimiento del mencionado periodo, y en la cual se verificara la correcta instalacion de la estacion, incluyendo la homologacion del equipamiento asi como el cumplimiento de las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion. Sin perjuicio de lo MORDAZA indicado, la titular podra solicitar la realizacion de la inspeccion tecnica MORDAZA del vencimiento del periodo de instalacion y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas la autorizacion otorgada quedara sin efecto. De cumplir la titular con las obligaciones precedentemente mencionadas y a merito del informe tecnico favorable, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a expedir la respectiva Licencia de Operacion. Articulo 3º.- La titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorizacion, en forma individual o conjunta, aprobara su Codigo de Etica y presentara MORDAZA del mismo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones o podra acogerse al Codigo de Etica aprobado por el Ministerio.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.