Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2007 (16/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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Visto el expediente Nº 07-054808-001 que contiene el Oficio Nº 5342-2007-DGSP/MINSA de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, el entorno saludable para toda la poblacion, constituye uno de los objetivos funcionales del Ministerio de Salud; Que, la salud integral de la infancia requiere disminuir el alto riesgo de enfermar y morir por neumonia mediante la identificacion precoz de los signos de alarma y el acceso oportuno a los servicios de salud que garanticen las medidas de prevencion y tratamiento disponibles; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con el visado del Viceministro de Salud, del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Sanitaria N° 015MINSA/DGSP-V.01: "Implementacion de actividades para disminuir la morbi-mortalidad por infecciones respiratorias agudas y prevencion de la neumonia en las ninas y ninos menores de cinco anos, invierno 2007", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Direccion General de Salud de las Personas, a traves de la Direccion de Atencion Integral de Salud es responsable de la difusion e implementacion de la presente Directiva. Articulo 3º.- Las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud y las que MORDAZA sus veces en el nivel regional, a traves de las Direcciones Ejecutivas de Salud de las Personas, seran responsables del cumplimiento de la mencionada Directiva Sanitaria en el ambito de sus jurisdicciones. Articulo 4°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente Directiva Sanitaria en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud

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mismo que establece la obligacion de emitir participaciones de su capital por un monto de US$ 29 000,000.00 a favor de su inversionista GLOBAL CROSSING INTERNATIONAL NETWORKS LTD. de Islas Bermudas, en un plazo no mayor de dos (02) anos; Que, la solicitud presentada se encuentra dentro de los alcances de lo establecido en los Decretos Legislativos Nº 662 y Nº 757, en la Ley Nº 27342, Ley que regula los Convenios de Estabilidad Juridica al MORDAZA de los Decretos Legislativos Nums. 662 y 757 y en el Reglamento de los Regimenes de Garantia a la Inversion Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 162-92-EF; Que, a traves de los Informes Tecnico y Legal Nº 6/2006/DE-JAI/PROINVERSION y Nº 101-2006LEG-AR, respectivamente, la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, senalo que la empresa GLOBAL CROSSING PERU S.R.L. ha cumplido con la MORDAZA de la informacion, documentacion y los requisitos establecidos en la normativa de la materia y en el Decreto Supremo Nº 191-2003-EF, Texto Unico de Procedimientos Administrativos de PROINVERSION, para aprobar la suscripcion del Convenio de Estabilidad Juridica; Que, mediante el Convenio de Estabilidad Juridica a ser suscrito, se otorgara a GLOBAL CROSSING PERU S.R.L. durante el plazo de 10 anos, la garantia del regimen tributario del Impuesto a la Renta, la garantia de estabilidad de los regimenes de contratacion de trabajadores y la garantia de estabilidad de los regimenes de promocion de exportaciones; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 271-2007MTC/01, publicada el 13 de junio de 2007, se aprobo el texto del Convenio de Estabilidad Juridica a ser suscrito entre el Estado Peruano representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y PROINVERSION con la empresa GLOBAL CROSSING PERU S.R.L.; Que, mediante Oficio Nº 220/2007/DE-DPI/ PROINVERSION, de fecha 19 de junio de 2007, PROINVERSION remite los ejemplares del Convenio de Estabilidad Juridica, en los cuales se presenta una nueva redaccion de la Clausula Cuarta con el objeto de que dicho convenio se sujete a lo establecido en la Ley Nº 28394, Ley que suspende la aplicacion del ajuste por inflacion de los estados financieros para efectos tributarios, publicada el 23 de noviembre de 2004; Que, en atencion a la normatividad aplicable, procede aprobar el Convenio de Estabilidad Juridica que el Estado Peruano celebre con GLOBAL CROSSING PERU S.R.L., siendo necesario designar al funcionario que suscribira el citado convenio; Que, de conformidad con el Articulo 30º inciso d) del Decreto Supremo Nº 162-92-EF y el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 136-97-EF, corresponde al Ministro de Transportes y Comunicaciones o quien este designe y a PROINVERSION en su condicion de organismo nacional competente, la suscripcion del Convenio de Estabilidad Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27791 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio de Estabilidad Juridica a ser celebrado entre el Estado Peruano representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y PROINVERSION con la empresa GLOBAL CROSSING PERU S.R.L., que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar a la doctora MORDAZA MORDAZA Aljovin Gazzani, Viceministra de Comunicaciones, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el convenio a que se refiere el articulo anterior. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 271-2007-MTC/01, publicada el 13 de junio de 2007. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse con Global Crossing Peru S.R.L.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 456-2007 MTC/01
MORDAZA, 13 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, con fecha 1 de diciembre de 2005, la empresa GLOBAL CROSSING PERU S.R.L., empresa constituida en el Peru, cuyo objeto social principal es dedicarse al desarrollo de actividades relacionadas con el subsector comunicaciones, solicita ante PROINVERSION la suscripcion de un Convenio de Estabilidad Juridica, el

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