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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (16/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de agosto de 2007 351618 JUSTICIA Crean el Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social - PRONELIS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 292-2007-JUS Lima, 14 de agosto de 2007 VISTOS, el O fi cio N° 0143-2007/JUS-DNAJ, de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos; el O fi cio N° 372-2007-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Justicia tiene entre sus funciones, la formulación de políticas, normas, planes y programas de alcance nacional del Sector Justicia, así como la difusión de la Constitución Política del Perú y la promoción de la tutela y vigencia de los Derechos Humanos; Que, la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos, órgano de línea del Ministerio de Justicia, ha propuesto la implementación del Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social – PRONELIS, con la fi nalidad de difundir la Constitución Política del Perú, especialmente en lo concerniente a la promoción de los derechos humanos, en bene fi cio de sectores sociales marginados de su conocimiento; Que, el presente Programa se propone al amparo de la Constitución Política del Perú y en armonía con la Declaración del Milenio, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en setiembre del año 2000; la Vigésimo Octava Política de Estado del Acuerdo Nacional, referidas a la plena vigencia de los derechos humanos; Que, urge en nuestro país la creación de una cultura cívico-política que permita consolidar el Estado de Derecho y fortalecer las instituciones democráticas, a fi n de que las poblaciones rurales conozcan el marco jurídico de protección que les brinda la Constitución Política y demás normas legales de inferior jerarquía para defender o hacer valer sus derechos de acuerdo a los mecanismos que el Estado les ofrece; Que, en tal sentido, resulta imprescindible la implementación de un Programa que permita superar las condiciones de pobreza y pobreza extrema de la población, donde la creación de la riqueza esté estrechamente ligada a un contexto democrático de pleno respeto de los derechos humanos por parte del Estado, en el cual el conocimiento de éstos sea prioritario para acceder a mejores niveles de vida; Que, asimismo el referido Programa acomete la creación de líderes sociales que previamente capacitados, promuevan entre los pobladores de los sectores sociales en los que interactúan, los derechos humanos y la forma como acceder a las instituciones públicas creadas por la Constitución y las demás leyes para protegerlos frente a la violación o amenaza de vulneración de tales derechos; Que, una comunidad preparada y con conocimiento pleno de sus derechos, puede identi fi car las acciones que realiza el Estado en su bene fi cio. En las actuales circunstancias, es difícil que esto se dé sin programas que sensibilicen, capaciten e involucren al poblador de forma permanente y sostenida; por lo que este esfuerzo tiene que estar acompañado por la difusión y conocimiento pleno de valores éticos y morales; Que, con la implementación del PRONELIS se propone alcanzar tales postulados, llevando a la población que se señala en los considerandos precedentes, la información sobre sus principales derechos que la Constitución les reconoce, y la manera de hacerlos valer ante las instituciones creadas por el Estado Peruano en todo el territorio para acceder a la justicia en especial; Que, la ejecución del PRONELIS se efectuará con la participación de personalidades del ámbito académico e instituciones públicas y privadas a fi nes a los objetivos del citado Programa; Que, sin embargo el PRONELIS no debe generar la modi fi cación de la estructura orgánica del Ministerio de Justicia ni el incremento burocrático del mismo, sino el aprovechamiento de las fortalezas institucionales, en especial del órgano responsable técnico; Que, de acuerdo con el artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2001-JUS, corresponde al Ministro de Justicia aprobar y suscribir convenios y contratos relativos al Sector, así como delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su cargo; Que, aprobar y suscribir convenios relativos al Sector no es una facultad privativa del cargo, razón por la cual puede ser delegada en la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, y en el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Crear dentro del Ministerio de Justicia, el Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social – PRONELIS, con la fi nalidad de brindar a la población el conocimiento y concientización sobre la existencia de los Derechos Constitucionales que les permita acceder a la justicia de manera efectiva. Artículo 2°.- Constituyen objetivos del Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social – PRONELIS los siguientes: a) Difundir el conocimiento de los derechos que reconoce la Constitución Política entre la población en ANEXO: DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 371-2007-MEM/DM Anexo 01 PROYECTOS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL PARA EJECUCIÓN VÍA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO LEY Nº 29035 – LEY QUE AUTORIZA CRÉDITO SUPLEMENTARIO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2007 Nº Nombre del ProyectoDepartamentoProvincia DistritoAsignación (S/.)Código SNIP 1Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Electri fi cación del Distrito de Samanco y sus Anexos Samanco, Distrito de Samanco-Santa-AncashAncash Santa Samanco 1 909 662 49732 Total Ancash 1 909 662 1 Instalación Sistema de Electri fi cación Lache La Libertad Ascope Casa Grande 194 185 36312 2 Instalación Sistema de Electri fi cación Rural Facala La Libertad Ascope Casa Grande 281 119 36306 3Instalación Sistema de Electri fi cación Sector Santa TeresitaLa Libertad Ascope Casa Grande 724 913 36312 Total La Libertad 1 200 217 1Instalación y Electri fi cación de Localidades del Distrito de ChorasHuánuco Huánuco Choras 377 184 37811 2Ampliación de Electri fi cación de Localidades Rurales del Distrito de San Pedro de ChaulanmHuánuco HuánucoSan Pedro de Chaulanm2 868236 48271 Total Huánuco 3 245 420 97245-2