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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de agosto de 2007 351713 el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 19 al 25 de agosto de 2007, para realizar una visita de estudio y reconocimiento del lugar en la ciudad de Ayacucho y alrededores, donde se efectuaría el próximo Ejercicio Nuevos Horizontes 2008. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 97364-3 Designan Jefe de la Oficina de Comunicaciones y Prensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 645-2007-DE/SG Lima, 15 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Ofi cina de Comunicaciones y Prensa del Ministerio de Defensa; Que, es necesario designar al funcionario que ejerza dicho cargo público de con fi anza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, en el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27860 y el Decreto Supremo Nº 009-2006-DE/SG, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Adán Rios Delgado, en el cargo de Jefe de la O fi cina de Comunicaciones y Prensa del Ministerio de Defensa, a partir de la fecha de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 97368-1Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Chile y EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 646-2007-DE/SG Lima, 15 de agosto de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 903 de fecha 26 de julio de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, en el marco de la V Reunión de Coordinación de Jefes de Estados Mayores de las Fuerzas Aéreas de Perú y Chile, realizada en la ciudad de Santiago en el año 2006, se acordó realizar un intercambio de un O fi cial y un Técnico especialista en PARASAR por 5 días, con el propósito de intercambiar experiencias que contribuyan a mejorar los ejercicios de Búsqueda y Rescate (SAR) que realizan ambas instituciones; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 20 al 24 de agosto de 2007, para participar en el intercambio de Especialistas PARASAR (Personal Especialista en Actividades de Búsqueda y Rescate), con la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 97368-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 647-2007-DE/SG Lima, 15 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº F-0916 de fecha 27 de julio de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad