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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (17/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de agosto de 2007 351718 Tuberculosis que reciben tratamiento dentro del marco del Proyecto “Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS PLUS en el Perú 2001-2005” en convenio con el Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por International Dispensary Association (IDA) a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por International Dispensary Association (IDA) a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, consistente en 155 bultos conteniendo medicamentos conforme se aprecia en la factura N° A1171941 / 1124804 que forma parte del Certificado de Donación, valorizado en US$ 377,381.95 (Trescientos Setenta y Siete Mil Trescientos Ochenta y Un y 95/100 Dólares Americanos); con un valor FOB $ 368,978.00, un peso bruto manifestado 2,395 kgs. y un peso bruto recibido 2,911.90 Kgs; amparados en el volante de despacho N° 00571031 y DUA N° 235-2002-10-077407-00 de fecha 11-Oct-2002. Serán destinados a pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis que reciben tratamiento dentro del marco del Proyecto “Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS PLUS en el Perú 2001-2005” en convenio con el Ministerio de Salud. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 95468-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0962/RE Lima, 8 de agosto de 2007 Visto, el expediente Nº 12423 - 2006, presentado por la ASOCIACION FAMILIA SANA, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida por Planned Parenthood Federation of América, Inc, con sede en New York, Estados Unidos de América; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACION FAMILIA SANA, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema N° 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación del 16 de diciembre de 2005, legalizado por el Consulado General del Perú en Washington D.C., se observa que, Planned Parenthood Federation of América, Inc, ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACION FAMILIA SANA; Que, los bienes donados consisten en seis (6) bultos conteniendo 02 cajas (5 kits) de Equipo Médico N° 6 y N° 3 Inserción de DIU; 01 caja (1,200 Ciclos) de Lo-Femenal dosis baja; 01 caja (3,000) Condones; 02 cajas (400 Unid.) de DIU-T de Cobre 380A; valorizado en $ 1,858.80 (Mil Ochocientos Cincuenta y ocho y 80/100 Dólares Americanos); con un peso bruto manifestado 53 kgs.; amparados con la Factura comercial N° AR2320 de fecha 16-Dic-2005. Los bienes donados serán destinados a las familias de comunidades campesinas ubicadas en las distintas provincias del departamento de Cajamarca, y se distribuirán a través de promotores de Salud Sexual y Reproductiva; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Planned Parenthood Federation of América, Inc a favor de la ASOCIACION FAMILIA SANA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Planned Parenthood Federation of América, Inc. a favor de la ASOCIACION FAMILIA SANA, consistente en seis (6) bultos conteniendo 02 cajas (5 kits) de Equipo Médico N° 6 y N° 3 Inserción de DIU; 01 caja (1,200 Ciclos) de Lo-Femenal dosis baja; 01 caja (3,000) Condones; 02 cajas (400 Unid.) de DIU-T de Cobre 380A; valorizado en $ 1,858.80 (Mil Ochocientos Cincuenta y ocho y 80/100 Dólares Americanos); con un peso bruto manifestado 53 kgs.; amparados con la Factura comercial N° AR2320 de fecha 16-Dic-2005. Los bienes donados serán destinados a las familias de comunidades campesinas ubicadas en las distintas provincias del departamento de Cajamarca, y se distribuirán a través de promotores de Salud Sexual y Reproductiva. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 95468-3