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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (17/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de agosto de 2007 351717 RELACIONES EXTERIORES Aprueban inafectación del IGV e ISC correspondiente a donaciones efectuadas a favor de instituciones sin fines de lucro RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0960/RE Lima, 8 de agosto de 2007Visto, los expedientes Nºs. 13648 y 14220-2006, presentados por SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, mediante el cual y en vía de regularización solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida por Partners In Health, con sede en Boston, Estados Unidos de América; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91-PCM - Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM - Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante Certi fi cado de Donación del 9 de agosto de 2002, legalizado por el Consulado General del Perú en Boston, se observa que, Partners In Health, ha efectuado una donación a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; Que, el bien donado consiste en un (1) bulto conteniendo medicinas (Vacunas Humanas); valorizado en € 94,264.00 (Noventa y Cuatro Mil Doscientos Sesenta y Cuatro Euros) según Certi fi cado de Donación; con un valor FOB de US$ 92,095.92 y un peso bruto recibido de 848 Kgs, declarados en la DUA N° 235-2002-10-065593-00 de fecha 29-Ago-2002. Los bienes donados se destinarán a los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis, respaldado por el Proyecto “Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS PLUS en el Perú 2001-2005” en convenio con el Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Partners In Health a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Partners In Health a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, consistente en un (1) bulto conteniendo medicinas (Vacunas Humanas); valorizado en € 94,264.00 (Noventa y Cuatro Mil Doscientos Sesenta y Cuatro Euros) según Certi fi cado de Donación; con un valor FOB de US$ 92,095.92 y un peso bruto recibido de 848 Kgs, declarados en la DUA N° 235-2002-10-065593-00 de fecha 29-Ago-2002. Los bienes donados se destinarán a los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis, respaldado por el Proyecto “Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS PLUS en el Perú 2001-2005” en convenio con el Ministerio de Salud. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 95468-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0961/RE Lima, 8 de agosto de 2007Visto, los expedientes Nºs. 13646, 14220-2006, presentados por SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, mediante el cual y en vía de regularización solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida por International Dispensary Association (IDA), con sede en Amsterdam, Holanda.; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91-PCM - Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM - Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante Certi fi cado de Donación Gratuita del 27 de agosto de 2002, legalizado por el Consulado General del Perú en Amsterdam, se observa que, International Dispensary Association (IDA), ha efectuado una donación a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; Que, el bien donado consiste en 155 bultos conteniendo medicamentos conforme se aprecia en la factura N° A1171941 / 1124804 que forma parte del Certi fi cado de Donación, valorizado en US$ 377,381.95 (Trescientos Setenta y Siete Mil Trescientos Ochenta y Un y 95/100 Dólares Americanos); con un valor FOB $ 368,978.00, un peso bruto manifestado 2,395 kgs. y un peso bruto recibido 2,911.90 Kgs; amparados en el volante de despacho N° 00571031 y DUA N° 235-2002- 10-077407-00 de fecha 11-Oct-2002. Serán destinados a pacientes del Programa Nacional de Control de