Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2007 (17/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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RELACIONES EXTERIORES
Aprueban inafectacion del IGV e ISC correspondiente a donaciones efectuadas a favor de instituciones sin fines de lucro
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0960/RE MORDAZA, 8 de agosto de 2007 Visto, los expedientes Nºs. 13648 y 14220-2006, presentados por SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, mediante el cual y en via de regularizacion solicita la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida por Partners In Health, con sede en Boston, Estados Unidos de America; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2° y el MORDAZA parrafo del articulo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas ­ IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD ­ SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91PCM - Ley de Cooperacion Tecnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM - Reglamento de la Ley de Cooperacion Tecnica Internacional; Que, mediante Certificado de Donacion del 9 de agosto de 2002, legalizado por el Consulado General del Peru en Boston, se observa que, Partners In Health, ha efectuado una donacion a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; Que, el bien donado consiste en un (1) bulto conteniendo medicinas (Vacunas Humanas); valorizado en 94,264.00 (Noventa y Cuatro Mil Doscientos Sesenta y Cuatro Euros) segun Certificado de Donacion; con un valor FOB de US$ 92,095.92 y un peso MORDAZA recibido de 848 Kgs, declarados en la DUA N° 235-2002-10065593-00 de fecha 29-Ago-2002. Los bienes donados se destinaran a los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis, respaldado por el Proyecto "Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS PLUS en el Peru 2001-2005" en convenio con el Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGDPERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por Partners In Health a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo

al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por Partners In Health a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, consistente en un (1) bulto conteniendo medicinas (Vacunas Humanas); valorizado en 94,264.00 (Noventa y Cuatro Mil Doscientos Sesenta y Cuatro Euros) segun Certificado de Donacion; con un valor FOB de US$ 92,095.92 y un peso MORDAZA recibido de 848 Kgs, declarados en la DUA N° 235-2002-10065593-00 de fecha 29-Ago-2002. Los bienes donados se destinaran a los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis, respaldado por el Proyecto "Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS PLUS en el Peru 2001-2005" en convenio con el Ministerio de Salud. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 95468-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0961/RE MORDAZA, 8 de agosto de 2007 Visto, los expedientes Nºs. 13646, 14220-2006, presentados por SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, mediante el cual y en via de regularizacion solicita la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida por International Dispensary Association (IDA), con sede en Amsterdam, Holanda.; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2° y el MORDAZA parrafo del articulo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas ­ IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD ­ SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91PCM - Ley de Cooperacion Tecnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM - Reglamento de la Ley de Cooperacion Tecnica Internacional; Que, mediante Certificado de Donacion Gratuita del 27 de agosto de 2002, legalizado por el Consulado General del Peru en Amsterdam, se observa que, International Dispensary Association (IDA), ha efectuado una donacion a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; Que, el bien donado consiste en 155 bultos conteniendo medicamentos conforme se aprecia en la factura N° A1171941 / 1124804 que forma parte del Certificado de Donacion, valorizado en US$ 377,381.95 (Trescientos Setenta y Siete Mil Trescientos Ochenta y Un y 95/100 Dolares Americanos); con un valor FOB $ 368,978.00, un peso MORDAZA manifestado 2,395 kgs. y un peso MORDAZA recibido 2,911.90 Kgs; amparados en el volante de despacho N° 00571031 y DUA N° 235-200210-077407-00 de fecha 11-Oct-2002. Seran destinados a pacientes del Programa Nacional de Control de

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