Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2007 (21/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, martes 21 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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6. Incrementar la competencia en los mercados de telecomunicaciones 7. Posicionar a OSIPTEL como Agencia de Competencia Articulo 2º.- La Gerencia General y los demas organos del OSIPTEL, en las actuaciones que les correspondan conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones, deberan considerar los objetivos estrategicos senalados en el articulo precedente, tanto para la etapa de planificacion de actividades, como en la redistribucion, asignacion y ejecucion presupuestal, incluyendo la redistribucion del personal, asi como la modificacion del Cuadro Analitico de Personal y del Presupuesto Analitico de Personal. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia General la comunicacion de la presente resolucion a los organos de la institucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo 98755-1

2. Dra. MORDAZA Tessy MORDAZA MORDAZA, Gerente de Fiscalizacion como Secretaria Tecnica 3. Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Martinelli MORDAZA, Gerente de Relaciones Empresariales; 4. Dr. MORDAZA MORDAZA Sheput Stucchi, Gerente de Usuarios; y, 5. Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Copello, Asesora Legal de la Gerencia Legal, para que en un plazo no mayor de 15 dias habiles, computados desde el dia siguiente de publicada la presente resolucion, cumplan con emitir un informe que evalue los sucesos ocurridos con fecha 15 de agosto de 2007 y sus consecuencias, tales como la interrupcion del servicio de telefonia fija y movil, a fin de determinar las posibles responsabilidades y el curso de accion a seguir. Articulo 2º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano para su debida difusion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo 98755-2

Conforman Comision de Alto Nivel para que emita informe que evalue los sucesos ocurridos el 15 de agosto de 2007 y sus consecuencias, tales como la interrupcion del servicio de telefonia fija y movil, a fin de determinar posibles responsabilidades y el curso de accion a seguir
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 123-2007-PD/OSIPTEL MORDAZA, 20 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, con motivo del movimiento sismico acaecido con fecha 15 de agosto de 2007, el servicio publico de telefonia fija y movil se vio interrumpido ocasionando serias interrupciones que afectaron a la colectividad; Que, en atencion a la naturaleza del servicio publico, los servicios de telecomunicaciones deben prestarse respetando estrictamente el MORDAZA de continuidad; Que, el articulo 10º de la Ley Nº 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL, establece que la accion de supervision sera efectuada por los funcionarios del OSIPTEL; Que, el articulo 37º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2001PCM establece que la funcion supervisora es ejercida por la Gerencia General del OSIPTEL, para lo cual contara con el apoyo de una o mas Gerencias de linea, las que estaran a cargo de las acciones de investigacion y analisis que correspondan; Que, en atencion a la trascendencia de los hechos, la Presidencia del OSIPTEL considera imprescindible designar una comision de alto nivel que se encargue de las investigaciones correspondientes para que en un plazo que no excedera de 15 dias habiles, entregue sus conclusiones y recomendaciones en relacion a la problematica anteriormente mencionada; Que, para el ejercicio de sus funciones, se deja MORDAZA que la referida Comision contara con las prerrogativas establecidas en las normas del OSIPTEL; Que, en ejercicio de las facultades atribuidas a esta Presidencia por el literal j) del articulo 86º del Reglamento General del OSIPTEL aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformar una "Comision de Alto Nivel" con el concurso de los siguientes funcionarios: 1. Mag. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente General quien la presidira

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Promocion Laboral Independiente para personas con discapacidad en el ambito del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2007-CR-GRH. MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR TANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional de fecha veintitres de febrero del 2007, el DICTAMEN Nº 007-2007/CPPPATAL/GRH, el MORDAZA relacionado al Proyecto de Ordenanza Regional de Promocion Laboral Independiente para personas con Discapacidad, en el Ambito del Gobierno Regional MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los articulos 2º, 4º, 5º de la Ley Nº 27867 ­ Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, encontrandose plasmadas sus atribuciones, derechos y obligaciones en los articulos, 15º, 16 y 17º de la Ley 27867 Organica de Gobiernos Regionales; asimismo expresan su decision sobre asuntos internos, de interes publico, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional mediante Acuerdos de Consejo Regional; Que, la discapacidad es un problema de dimension nacional, pues afecta al 13.8 % de la poblacion en el Peru, conforme lo demostrado por los estudios realizados por el Instituto Nacional de Rehabilitacion, la Organizacion

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