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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (21/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de agosto de 2007 351916 en el Complejo Fronterizo, el incumplimiento de las disposiciones indicadas en el párrafo precedente. 98758-2 Aprueban acuerdo bilateral a ser suscrito con entidad bancaria del Japón, a efectos de formalizar términos de prepago RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 488-2007-EF/75 Lima, 17 de agosto de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo N° 058-2007-EF, se aprobó una operación de administración de deuda, en la modalidad de prepago, con los acreedores de la República del Perú en el Club de París, habiéndose suscrito la respectiva Minuta con fecha 23 de mayo de 2007; Que, a través del Artículo 1° del Decreto Supremo Nº 092-2007-EF y su modi fi catoria, se aprobó la Minuta antes mencionada y se dispuso que los acuerdos bilaterales que se requieran para la implementación de dicha Minuta, se aprueban por Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas; Que, en el marco de la referida Minuta, JAPAN BANK FOR INTERNATIONAL COOPERATION de Japón ha aceptado el citado prepago, cuyos términos serán formalizados en un acuerdo bilateral a ser suscrito con dicho acreedor; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 092-2007-EF y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar el acuerdo bilateral a ser suscrito por la República del Perú, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, con el JAPAN BANK FOR INTERNATIONAL COOPERATION de Japón, a efectos de formalizar los términos del prepago con dicho acreedor, en el marco del Decreto Supremo Nº 092-2007-EF y su modi fi catoria, por el monto de ¥ 770 575 704,00 (SETECIENTOS SETENTA MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUATRO Y 00/100 YENES). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 98433-1 Publican cifras estimadas de recursos públicos para el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2008 para los Gobiernos Locales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003-2007-EF/65.01 Lima, 20 de agosto de 2007VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º del Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, dispone que los niveles de recursos que los Gobiernos Regionales o Locales considerarán, de manera referencial, como techos presupuestales, están constituidos por los montos asignados en el año inmediato anterior, ajustando su asignación a las cifras que la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales publique; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 13º de la Directiva Nº 006-2007-EF/76.01, Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 024-2007-EF/76.01, establece que, para la Asignación Presupuestaria Total, la Asignación Presupuestaria la comunican la Dirección Nacional del Presupuesto Público y la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprobó el Plan Anual de transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, el cual incluye la transferencia del Programa Integral Nutricional y los Programas y Servicios de Protección Social, los mismos que deberán concluirse al 31 de diciembre del 2007; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 15-2007-PCM/SD se aprobó la Directiva Nº 003-2007-PCM/SD “Norma especí fi ca para la transferencia del Programa Integral de Nutrición y los Programas y Servicios de Protección Social del MIMDES incluidos en el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM”, por el cual se establecen los mecanismos de veri fi cación que deberán cumplir los Gobiernos Locales Provinciales y la relación de Gobiernos Locales considerados para la transferencia de los citados programas; Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ha remitido a este Ministerio los O fi cios Nº 745-2007-MIMDES/SG y Nº 1938-2007-MIMDES/OGPP conteniendo las propuestas de los recursos públicos a transferirse a cada Gobierno Local, por concepto de los citados programas sociales; Que, teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, resulta necesario publicar los estimados de los recursos públicos a ser transferidos a los Gobiernos Locales por concepto de los Proyectos de Infraestructura Social y Productiva para los Gobiernos Locales, del Programa Integral Nutricional y del Programa Nacional Wawa Wasi; De conformidad con la Resolución Ministerial Nº 158- 2001-EF-15 y el numeral 7.2 del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 171-2003-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar las cifras estimadas de recursos públicos para el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2008 para los Gobiernos Locales, cuyos montos se detallan en los siguientes Anexos que forman parte de la presente Resolución: Anexo 1: Transferencias por concepto de los Proyectos de Infraestructura Social y Productiva para los Gobiernos Locales – FONCODES. Anexo 2: Transferencias por concepto del Programa Integral Nutricional – PIN. Anexo 3: Transferencias por concepto del Programa Nacional Wawa Wasi - PNWW. Artículo 2º.- Las cifras estimadas a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución son referenciales y en ningún caso vinculantes por estar sujetas a cambios en función a los Recursos Ordinarios y Recursos Determinados efectivamente recaudados, a las modi fi caciones que puedan darse en la normatividad vigente y a las variaciones en los indicadores utilizados. Los Gobiernos Locales deberán prever las estrategias contingentes en los casos que los montos a ser transferidos fi nalmente sean mayores o menores a los estimados que se publican en la presente Resolución. Artículo 3º.- La Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, de fi nirá, en coordinación con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, los procedimientos y normas que permitan implementar por parte de los Gobiernos Locales la transferencia y la gestión efectiva de los programas contenidos en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Dispóngase la publicación de los Anexos mencionados en el artículo 1º de la presente Resolución en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas (http://www.mef.gob.pe/DGAES/normatividadgaes.php). Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER KAPSOLI SALINAS Director General Dirección General de AsuntosEconómicos y Sociales 98422-1