Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2007 (21/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 21 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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s) Dictar disposiciones internas para el mejor funcionamiento del Complejo Fronterizo. t) Otras funciones que se le encarguen, en el ambito de su competencia. TITULO TERCERO DE LA VINCULACION Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES DEL COMPLEJO Articulo 5º.- Los trabajadores de las entidades que desarrollan funciones en el Complejo Fronterizo, dependen de la entidad con la que mantienen vinculo laboral o contractual. Articulo 6º.- Los trabajadores de las entidades que desarrollan funciones en el Complejo se encuentran sujetos a las siguientes obligaciones: a) Registrar el ingreso y/o salida del Complejo Fronterizo utilizando para dichos efectos el carne o

fotocheck de identificacion emitido por la Oficina de Administracion. b) Portar durante la permanencia en el Complejo Fronterizo, el carne o fotocheck de identificacion emitido por la Oficina de Administracion. c) Declarar ante los agentes de seguridad, todo bien personal que es ingresado o retirado del Complejo Fronterizo. d) Permitir el registro de los vehiculos de las entidades al ingreso, salida y/o al interior del Complejo Fronterizo. Articulo 7º.- Las normas contenidas en el presente Reglamento asi como las disposiciones que la Oficina de Administracion emita son de aplicacion y cumplimiento obligatorio para el personal de las entidades que desarrollan funciones en el Complejo Fronterizo. El Jefe de la Oficina de Administracion podra poner en conocimiento de la MORDAZA autoridad administrativa de la region de las entidades que desarrollan funciones

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