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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (01/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 96

El Peruano Lima, sábado 1 de diciembre de 2007 358798 GLP con capacidad de almacenamiento mayor a 5000 kg o que requieren pasar por la etapa de instalación, el administrado deberá presentar una solicitud a OSINERGMIN en Mesa de Partes de cualquiera de sus Ofi cinas Regionales a nivel nacional, presentando la siguiente documentación: a) Solicitud de otorgamiento del Informe Técnico Favorable de acuerdo al modelo aprobado por OSINERGMIN. b) Copia literal de la partida registral donde obre la Constitución Social de la empresa, de ser el caso. c) Certifi cado de vigencia de poderes del representante legal con una antigüedad no mayor de 30 días naturales a la fecha de su expedición, de ser el caso. d) Copia simple del documento de identidad del administrado o del representante legal, según corresponda. e) Planos conforme a obra.f) Declaración jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad de acuerdo al formato aprobado por OSINERGMIN suscrita en cada una de sus páginas por el administrado y por el o los ingenieros responsables del proyecto, los cuales deberán ser profesionales colegiados y hábiles en su respectiva especialidad. Artículo 20°.- Requisitos para el otorgamiento del Informe Técnico Favorable para Uso y Funcionamiento o para Uso y Funcionamiento de Modifi cación y/o Ampliación de Locales de Venta de GLP con capacidad de almacenamiento menor o igual a 5000 kg o que no requieren pasar por la etapa de instalación. Para obtener el Informe Técnico Favorable para Uso y Funcionamiento o para Uso y Funcionamiento de Modifi cación y/o Ampliación de Locales de Venta de GLP con capacidad de almacenamiento menor o igual a 5000 kg o que requieren pasar por la etapa de instalación, el administrado deberá presentar una solicitud a OSINERGMIN en Mesa de Partes de cualquiera de sus Ofi cinas Regionales a nivel nacional, presentando la siguiente documentación: a) Solicitud de otorgamiento del Informe Técnico Favorable de acuerdo al modelo aprobado por OSINERGMIN. b) Copia literal de la partida registral donde obre la Constitución Social de la empresa, de ser el caso. c) Certifi cado de vigencia de poderes del representante legal con una antigüedad no mayor de 30 días naturales a la fecha de su expedición, de ser el caso. d) Copia simple del documento de identidad del administrado o del representante legal, según corresponda. e) Copia del documento que acredita la propiedad o posesión legítima del terreno, según corresponda. f) Memoria descriptiva que contenga el objeto del proyecto, especifi caciones técnicas de materiales, accesorios y equipos, descripción del sistema de seguridad y protección contra incendios de acuerdo a formato otorgado en forma gratuita en las ofi cinas o publicado en la página Web de OSINERGMIN. g) Copia del estudio ambiental aplicable al proyecto, incluyendo las observaciones y levantamientos realizados durante el trámite de aprobación, si los hubiere, así como de la resolución que aprueba dicho estudio ambiental; o de la respuesta emitida por la DGAAE indicando que no es pertinente presentar estudio ambiental para la modifi cación y/o ampliación. h) Declaración jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad de acuerdo al formato aprobado por OSINERGMIN suscrita en cada una de sus páginas por el administrado y por el o los ingenieros responsables del proyecto, los cuales deberán ser profesionales colegiados y hábiles en su respectiva especialidad. i) Planos de: 1) Situación. 2) Distribución.Artículo 21.- Requisitos para el otorgamiento del Informe Técnico Favorable para Uso y Funcionamiento o para Uso y Funcionamiento de Modifi cación y/o Ampliación de Medios de Transporte de GLP. Para obtener el Informe Técnico Favorable para Uso y Funcionamiento o para Uso y Funcionamiento de Modifi cación y/o Ampliación de Medios de Transporte de GLP, el administrado deberá presentar a OSINERGMIN, en Mesa de Partes de cualquiera de sus Ofi cinas Regionales a nivel nacional, la siguiente documentación: a) Solicitud de otorgamiento del Informe Técnico Favorable, de acuerdo al modelo aprobado por OSINERGMIN. b) Copia literal de la partida registral donde obre la Constitución Social de la empresa, de ser el caso. c) Certifi cado de vigencia de poderes del representante legal con una antigüedad no mayor de 30 días naturales a la fecha de su expedición, de ser el caso. d) Copia simple del documento de identidad del administrado o del representante legal, según corresponda. e) Copia de la tarjeta de propiedad del medio de transporte, o documento que acredite la propiedad o posesión legítima del medio de transporte. f) Certifi cados de Conformidad de los tanques de almacenamiento de GLP, otorgados por un Organismo de Certifi cación acreditado ante INDECOPI que certifi que que han sido diseñados, fabricados y probados conforme a la Norma Técnica Peruana o al Código ASME Sección VIII o XII; o un Reporte U-1 o U-1A según el Código ASME Sección VIII o XII, fi rmado por un inspector autorizado de la National Board. g) Diagrama del sistema de recepción y despacho.h) Certifi cado de Matrícula con refrenda anual vigente si se trata de medio de transporte marítimo, fl uvial o lacustre. i) Declaración jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad de acuerdo al formato aprobado por OSINERGMIN suscrita en cada una de sus páginas por el administrado y por el o los ingenieros responsables del proyecto, los cuales deberán ser profesionales colegiados y hábiles en su respectiva especialidad. Artículo 22°.- En el procedimiento para el otorgamiento del Informe Técnico Favorable para Uso y Funcionamiento, OSINERGMIN verifi cará que la información referida a las condiciones técnicas y de seguridad contenida en la declaración jurada presentada por el administrado sea acorde con la situación de la construcción, ampliación o modifi cación del establecimiento, instalación o unidad. Asimismo, se verifi cará que se hayan presentado correctamente los requisitos documentales establecidos para el otorgamiento del Informe Técnico Favorable. En los supuestos en los cuales se verifi que que la construcción, ampliación o modifi cación del establecimiento, instalación o unidad, no es conforme a lo aprobado en la etapa de instalación, OSINERGMIN estará facultado a denegar la solicitud y requerir la presentación de la solicitud de modifi cación de instalación. Luego de efectuada la evaluación y en caso de acreditarse el cumplimiento de lo establecido en la normatividad del subsector hidrocarburos, se otorgará el Informe Técnico Favorable para Uso y Funcionamiento o para Uso y Funcionamiento de Modifi cación y/o Ampliación al administrado en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud; caso contrario, se declarará la improcedencia de la solicitud presentada. En caso de presentarse las observaciones a que hace referencia el artículo 4° de la presente norma, se le otorgará al administrado un plazo para que efectúe las precisiones y/o aclaraciones en relación a la documentación presentada o respecto del cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad que considere pertinente; el mismo que no será computado dentro del plazo a que hace referencia el párrafo precedente. 138382-2PROYECTO