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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de diciembre de 2007 358783 libros y registros contables, prepare y presente los Estados Financieros, efectúe las declaraciones juradas del impuesto a la Renta ante la Administración Tributaria y aquella otra información fi nanciera requerida por las entidades vinculantes con la Asociación Comunidad Local de Administración de Salud –CLAS “SALUD TAREA DE TODOS”; sin embargo, se aprecia que esta labor no ha sido cumplida, ya que dichos libros y registros, se encuentran sin haberse efectuado el proceso de cierre de las cuentas correspondientes, inclusive desde el Ejercicio Económico 2003. Asimismo, se evidencia que no se han registrado operaciones contables desde el mes de enero de 2005, hasta la fecha del examen (15.0CT.2005); sin embargo, el señor Wilfredo Ramos Aquino, recibió la suma de S/. 4,850.00; según Anexo Nº 07 y fotocopia de los Cheques – Banco Interbank que se adjuntan al citado Informe Especial. Los partícipes en los hechos a los señores ALFREDO ARTIDORO CORONADO FLORES, JOSE DIONICIO ARADIEL CHUNGA Y SALVADOR SALVADOR MENDOZA FARRO. Los señores SALVADOR SALVADOR MENDOZA FARRO, Gerente del CLAS y JOSE DIONICIO ARADIEL CHUNGA, Tesorero, presentaron sus aclaraciones según sus cartas recibidas el día 23 de febrero de 2006, indicando entre otros aspectos que el Libro Inventarios y Balances, así como el Libro Mayor, número uno, se extraviaron en la ofi cina del CPC. Wilfredo Ramos Aquino, como consta en la denuncia policial asentada en la Comisaría César Llatas de Chiclayo; los cuales fueron solicitados notarialmente ya que al mencionado Contador no se le ubicada, por lo que fue denunciado por la Asociación ante la Fiscalía de Prevención del Delito para que realice la devolución de dichos libros. Que, mediante Ofi cio Nº 2491-2007-GR.LAMB/ DRSAL-DG-OEAJ, del 29 de agosto de 2007, el Dr. Víctor Echeandía Arellano, Director Regional de Salud – Lambayeque, solicita la emisión de la Resolución Ejecutiva Regional que autorice el inicio de las acciones judiciales que correspondan, contra los presuntos responsables que se encuentran comprendidos en el presente Informe. Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 262-2003- GR.LAMB/PR, se designó al Dr. FELICIANO VASQUEZ MOLOCHO, como Procurador Público Regional del Gobierno Regional Lambayeque. Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesión realizada el día 17 de setiembre de 2007, se autorizó la emisión de la Resolución autoritativa correspondiente a favor del señor Procurador Público Regional, para el inicio de las acciones contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe Especial Nº 00-021-2007-2-0633-GR.LAMB/DRSAL-OECI; Estando a lo acordado y en cumplimiento de las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, el artículo N° 78 de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales N° 27867, Decreto Ley N° 17537 de Representación y Defensa Judicial del Estado, Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS “Reglamento de la Representación y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional”, Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444. Con la visación de las Gerencias Regionales de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Infraestructura; Desarrollo Social; Desarrollo Económico; Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y con la conformidad de Gerencia General Regional. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Dr. Feliciano Vásquez Molocho, Procurador Público del Gobierno Regional Lambayeque, el inicio de las acciones legales que correspondan contra los señores ALFREDO ARTIDORO CORONADO FLORES, JOSE DIONICIO ARADIEL CHUNGA y SALVADOR SALVADOR MENDOZA FARRO, Gerente del CLAS “SALUD TAREA DE TODOS” – CERROPON de la DIRECCION REGIONAL DE SALUD LAMBAYEQUE; por los fundamentos expuestos.Artículo Segundo.- REMITIR todos los actuados a la Procuraduría Pública del Gobierno Regional Lambayeque, notifi cando la presente Resolución Ejecutiva Regional para su conocimiento y fi nes pertinentes, además de publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano y Portal Electrónico del Gobierno Regional Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 138582-2 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 536-2007-GR.LAMB/PR Chiclayo, 31 de octubre de 2007 VISTO:El Ofi cio Nº 3394-2007-GR.LAMB-DRE/OFAJ, el acuerdo del Directorio de Gerentes de fecha 16 de julio de 2007, Ofi cio Nº 503-2007-GR.LAMB/ORAJ y Ofi cio Nº 4735-2007-GR.LAMB/DREL-OCI, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 3394-2007-GR.LAMB-DRE/ OFAJ, de fecha 09 de julio de 2007, el Lic. Arturo Juan Sánchez Vicente, Director Regional de Educación de Lambayeque, ha solicitado autorizar al Procurador Público Regional – Abog. Feliciano Vásquez Molocho, para que inicie acciones legales respectivas contra los presuntos responsables indicados en el Informe Nº 001-2007-2-4455 denominado “PAGOS INDEBIDOS A FUNCIONARIOS, SERVIDORES Y CONTRATADOS POR SERVICIOS NO PERSONALES POR EL ÁREA DE TESORERÍA DE LA SEDE DREL”. Que, en el citado Informe Especial se ha determinado como presuntos responsables a los señores: 1. El CPC. JORGE ALBERTO GONZÁLES URIBE, Ex Director de la Ofi cina de Gestión Administrativa de la Dirección Regional de Educación – Lambayeque, por haber recibido la suma de S/. 500.00 por concepto de movilidad y racionamiento como integrante de la Comisión de Contrataciones y Adquisiciones de la DREL, y por haber autorizado el pago por concepto de Racionamiento por la suma de S/.4,500.00 al personal contratado por Servicios No Personales de la DREL, al margen de la ley. 2. La CPC. YOLANDA DAMIÁN GONZÁLES, Ex Directora de la Ofi cina de Gestión Administrativa de la Dirección Regional de Educación – Lambayeque, por haber autorizado el pago por concepto de gratifi cación por el monto de S/. 4,500.00 al personal contratado por servicios no personales de la DREL, al margen de la normativa. 3. El Ing. LUIS ALBERTO PONCE AYALA, ex Director de la Ofi cina de Gestión Institucional de la Dirección Regional de Educación – Lambayeque, por haber recibido la suma de S/.500.00, por concepto de movilidad y racionamiento, laborar en la Comisión de Contrataciones y Adquisiciones de la DREL, no sustentar la jornada extraordinaria laborada, no haber presentado su Plan de Trabajo realizado y autorizado, papeletas de salida de Comisión de Servicio fuera de la Institución. 4. El CPC. JOSÉ TULIO GASCO RUBIO, ex Contador de la Ofi cina de Gestión Administrativa de la DREL, por haber recibido la suma de S/. 500.00 por concepto de movilidad y racionamiento como integrante de la Comisión de Contrataciones y Adquisiciones de la DREL, al margen de la normativa, no haber sustentado la jornada extraordinaria laborada y el Plan de Trabajo realizado y autorizado, ni presentado las papeletas de salida de Comisión de Servicio fuera de la Institución. Que, mediante Ofi cios Nºs. 1456 y 1459-2007- G.R.LAMB/DRE-D, de fecha 23 de marzo de 2007, emitidos por la Dirección Regional de Educación- Lambayeque, se ha revertido al Tesoro Público el pago indebido efectuado al Ing. Luis Alberto Ponce