Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2007 (05/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

336993

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 138-2006/MDSM
San MORDAZA, 28 de diciembre de 2006 VISTO, en Sesion de Concejo del dia 28 de diciembre del 2006, el Informe Nº 476-2006-GSCMA/MDSM y el Informe Nº 276-2006-GAJ/MDSM; CONSIDERANDO: Que, el inciso "c" del Articulo 19º del D.S. Nº 0832004-PCM, Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que se encuentran exonerados de los Procesos de Seleccion las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente declaradas conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de un determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la entidad la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, mediante Informe Nº 476-2006-GSCMA/MDSM, la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente pone en conocimiento que mediante Resolucion de Gerencia Municipal Nº 322-2006-GM se ha resuelto el contrato de locacion de servicios con la empresa Petramas SAC, el mismo que se dejara sin efecto a partir del 1 de enero del 2007, por lo que solicita que se adopten las acciones administrativas del caso a efecto de no desabastecer la prestacion de un servicio esencial como es el de limpieza publica, ello durante el lapso de tiempo que dure el MORDAZA de seleccion que se convoque a partir del ejercicio 2007, indicando que se trata de un servicio basico que involucra la salubridad publica razon por la cual solicita que se tramiten la exoneracion por causal de desabastecimiento inminente; Que, asimismo mediante Informe Nº 276- 2006-GAJ/ MDSM la Gerencia de Asuntos Juridicos de la Municipalidad de San MORDAZA emite su informe legal en el sentido que el requerimiento planteado por la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente configura el supuesto de Desabastecimiento Inminente previsto en el Articulo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, toda vez que se trata de una situacion extraordinaria que compromete un servicio esencial a favor de la comunidad razon por la cual se pronuncia porque se declare la exoneracion respectiva mientras dura el MORDAZA de seleccion que se convoque para tal fin; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y en el D.S Nº 083-2004-PCM y D.S. Nº 0842004-PCM. POR UNANIMIDAD: SE ACORDO: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente la Contratacion del Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos a favor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA por un lapso de 90 dias o hasta la fecha en que se suscriba

el MORDAZA contrato derivado del MORDAZA de seleccion que se convoque para tal fin durante el ejercicio 2007, de conformidad con el literal c) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente para la Contratacion del Servicio de Recoleccion Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos segun el detalle siguiente:
N° 1 Descripcion Contratacion del Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos Valor Referencial Mensual (Nuevos Soles) S/. 187,100.00

Fuente de Financiamiento: 09 Recursos Directamente Recaudados

Articulo Tercero.- Designar a la Sub Gerencia de Logistica, Servicios Generales y Margesi de Bienes dependiente de la Gerencia de Administracion y Finanzas para realizar la contratacion del servicio senalado en los parrafos precedentes debiendo llevar a cabo las acciones inmediatas para la contratacion respectiva. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi como remitir el presente a conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en el plazo de 10 dias siguientes de su aprobacion; asi como a la Sub Gerencia de Logistica, Servicios Generales y Margesi de Bienes la publicacion del presente acuerdo en el SEACE del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Quinto.- Dispensar el presente Acuerdo de Concejo del tramite de lectura y aprobacion del acta. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA

11729-2

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen beneficio de regularizacion tributaria en el distrito
ORDENANZA Nº 001-2007/MDSA
MORDAZA MORDAZA, 3 de enero del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de la fecha CONSIDERANDO: Que, de conformidad con las atribuciones conferidas mediante el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27630 ­ Ley de la Reforma Constitucional, la Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades en concordancia con el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Ordenanzas Municipales, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba las materias en las cuales esta tiene competencia, cuyo rango es equivalente a la Ley; Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA III y IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF ­ Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o

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