Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2007 (05/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de enero de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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economica y financiera; esta a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y el Registro de Estado Civil en lo referente a las partidas de nacimiento, matrimonio y defuncion; Que, de acuerdo al Informe Nº 2587-2006-SGREC-GO/ RENIEC, se ha podido determinar que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 40448713, mediante el Formulario de Identidad Nº 19192383 obtuvo la Inscripcion Nº 43452949 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, presentando como sustento de su pretension MORDAZA certificada del Acta de Nacimiento Nº 62080716, consignando que nacio el 1 de noviembre de 1982, expedida por la Oficina del Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Echarati, Provincia de La Convencion, Departamento de Cuzco e inscrita al MORDAZA de la Ley Nº 26497; Que, mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 054-2004-GP/SGDAC/RENIEC elaborado por perito especializado de la Gerencia de Procesos se ha determinado que se trata de una misma persona biologica, quien registra dos inscripciones como MORDAZA MORDAZA MORDAZA registrando como fecha y lugar de nacimiento 1 de noviembre de 1979 en el Distrito de MORDAZA MORDAZA, y como MORDAZA MORDAZA MORDAZA, registrando como fecha y lugar de nacimiento 1 de noviembre de 1982 en el Distrito de Echarati; Que, se ha llegado a determinar que dicho MORDAZA extemporaneo fue iniciado por los ciudadanos: MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Ccosco en su condicion de padres de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habiendo este ciudadano manifestado su consentimiento mediante declaracion jurada que precisa que la informacion y documentos presentados son verdaderos; Que, habiendose acreditado que la Inscripcion Nº 43452949 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contiene datos falsos; se dispuso mediante Resolucion de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central Nº 269-2004-GP/SGDAC-RENIEC la exclusion definitiva de dicha inscripcion; asimismo mediante Resolucion Regional Nº 43-2005-RC/GO/JR9 CUS/RENIEC se dispuso cancelar la Partida de Nacimiento Nº 62080716; Que, con los documentos referidos se ha acreditado que el comportamiento de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra tipificado como delito contra la fe publica en la modalidad de falsedad ideologica, ilicito contemplado en el articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad a lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 26497, asi como a lo dispuesto en el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

Que, la Gerencia de Procesos, a traves de la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral, organo de linea encargado de la depuracion y actualizacion de datos del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, ha detectado que el ciudadano Talameo MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha obtenido irregularmente la inscripcion a nombre del ciudadano MORDAZA MORDAZA CCANCCE; Que, se ha determinado que el ciudadano Talameo MORDAZA MORDAZA MORDAZA, actualmente titular de la Inscripcion Nº 44654777, se inscribio en el Registro Electoral del Peru, el 23 de MORDAZA de 1981, bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, incorporando los datos que corresponden al verdadero titular en la partida de inscripcion de 7 digitos Nº 4908375 obteniendo posteriormente la inscripcion Nº 28817429; para luego implementar a traves del Formulario de Identidad Nº 02750874, MORDAZA de rectificacion de Inscripcion Nº 28816915, a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, usurpando la identidad del titular de dicha partida, quien es su hermano menor fallecido como lo refiere en la declaracion jurada presentada; Que, mediante los Informes periciales practicados a dichas inscripciones, se concluye que existe suplantacion de identidad en la inscripcion detallada precedentemente; Que, si bien la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral mediante la Resolucion Nº 1284-2006-GP/SGDAR/RENIEC, ha procedido a la exclusion de la Inscripcion Nº 28817429, y en consecuencia el Documento Nacional de Identidad emitido se encuentra cancelado, esto en resguardo de la identidad de la persona, titular de la misma; de los hechos MORDAZA descritos, se desprende que el comportamiento realizado por el ciudadano TALAMEO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber declarado datos falsos en instrumento publico, con el objeto de suplantar la identidad del ciudadano inscrito validamente en el Registro, perjudicando de esta forma la seguridad juridica registral, constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de Ios intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra los que resulten responsables; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra Talameo MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

12158-3 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1297-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 20 de diciembre de 2006

12158-2 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1296 -2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 20 de diciembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 2187-2006/GP//RENIEC, y el Informe Nº1314-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 12 de octubre de 2006; y

VISTOS: El Oficio Nº 2188-2006/GP/RENIEC, y el Informe Nº 1309-2006/GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 12 de octubre de 2006; y CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos a traves de la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su

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