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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 22 de enero de 2007 338150 Que, los pagos realizados por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios correspondientes a los ejercicios 2005 y 2006, efectuados a nombre del recurrente, se encuentran debidamente registrados en el Estado de Cuenta del contribuyente que obran en los folios diez (10) del expediente; Que, mediante Memorando Nº 440-2006-SGT- GAF-MSS, de fecha 21 de junio de 2006 (fojas 09), la Subgerencia de Tesorería informa acerca de la conformidad de los pagos correspondientes al ejercicio 2005; Que, asimismo, mediante Memorando Nº 766-2006- SGT-GAF-MSS, de fecha 2 de octubre de 2006, (fojas 20), la Subgerencia de Tesorería informa acerca de la conformidad de los pagos correspondientes al ejercicio 2006; Que, por consiguiente, corresponde acceder a la devolución de dicho crédito conforme se ha solicitado, para tal efecto se debe señalar que el artículo 38º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modi fi catorias, establece que las devoluciones de pagos realizados indebidamente o en exceso se efectuarán en moneda nacional agregándoles un interés fi jado por la Administración Tributaria, el cual no podrá ser inferior a la tasa pasiva de mercado promedio para operaciones en moneda nacional (TIPMN) publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros el último día hábil del año anterior, multiplicado por un factor de 1,20 en el período comprendido entre la fecha de pago y la fecha en que se ponga a disposición del solicitante la devolución respectiva. Los intereses se calcularán aplicando el procedimiento establecido en el artículo 33º del referido código; Que, para el ejercicio 2006, la Tasa de Interés Pasiva de Mercado en Moneda Nacional (TIPMN) al 31 de diciembre del 2005 es de 2.69% anual, la cual multiplicada por el factor de 1.20 asciende a 3.2280% anual, resultando un interés de 0.0088% diario; Por lo expuesto, se procederá al cálculo del monto a devolver teniendo en cuenta el interés entre la fecha de pago hasta el 18 de diciembre de 2006 (fecha de puesta a disposición) de la siguiente manera: Impuesto Predial y Arbitrios 2005 Pagó el 30/01/2006 S/.Tasa interés %Intereses S/.Monto total al 18/12/2006 S/.(0.0088 x 323 días) 277.90 2.84 7.89 285.79Impuesto Predial y Arbitrios 2006 Monto al 13/02/2006 S/.Tasa interés %)Intereses S/.Monto total al 18/12/2006 S/. (0.0088 x 309 días 76.96 2.72 2.09 79.05 TOTAL 9.98 S/. 364.84 Que, como se puede apreciar, los pagos indebidos efectuados a nombre del recurrente ascienden a trescientos cincuenta y cuatro con 86/100 Nuevos Soles (S/. 354.86), dicho monto sumado a los intereses generados desde la fecha de pago hasta el 18 de diciembre de 2006 (fecha de puesta a disposición) por la suma de nueve con 98/100 Nuevos Soles (S/. 9.98), ascienden a un total de trescientos sesenta y cuatro con 84/100 Nuevos Soles (S/. 364.84); Estando a los fundamentos y conclusiones del Informe Nº 4363-2006-SGROT-GAT-MSS, emitido por la Subgerencia de Registro y Orientación Tributaria y de conformidad con el inciso 6) del artículo 20 de la Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar PROCEDENTE la solicitud de devolución presentada por GARCÍA ZÁRATE LEOPOLDO FLORENTINO, con código de contribuyente Nº 076921, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución; Artículo Segundo.- PROCEDER a la devolución del monto ascendente a trescientos sesenta y cuatro con 84/100 Nuevos Soles (S/. 364.84), constituido por los pagos indebidos efectuados por el contribuyente más los intereses respectivos generados hasta el 18 de diciembre de 2006, de conformidad con el artículo 38º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modi fi catorias; Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 18141-1Tributo Código PredioPeríodo Afectación Monto Pagado Pago Indebido y/o en Exceso (2)-(1)Año Cuota Insoluto f.a. i.m. total (1) Recibo Fecha de pago Monto (2) Impuesto Predial ------ 2005 01 0.00 0.00 0.00 0.00 4006961 30-Ene-06 6.76 6.76 Impuesto Predial ------ 2005 02 0.00 0.00 0.00 0.00 4006961 30-Ene-06 6.62 6.62 Impuesto Predial ------ 2005 03 0.00 0.00 0.00 0.00 4006961 30-Ene-06 6.42 6.42 Impuesto Predial ------ 2005 04 0.00 0.00 0.00 0.00 4006961 30-Ene-06 6.23 6.23 Impuesto Predial ------ 2006 01 0.00 0.00 0.00 0.00 4109621 13-Feb-06 6.01 6.01 Impuesto Predial ------ 2006 02 0.00 0.00 0.00 0.00 4109621 13-Feb-06 6.01 6.01 Impuesto Predial ------ 2006 03 0.00 0.00 0.00 0.00 4109621 13-Feb-06 6.01 6.01 Impuesto Predial ------ 2006 04 0.00 0.00 0.00 0.00 4109621 13-Feb-06 6.01 6.01 Arbitrios 8447007 2005 01 0.00 0.00 0.00 0.00 4006962 30-Ene-06 13.36 13.36 Arbitrios 8447007 2005 02 0.00 0.00 0.00 0.00 4006962 30-Ene-06 13.36 13.36 Arbitrios 8447007 2005 03 0.00 0.00 0.00 0.00 4006962 30-Ene-06 13.36 13.36 Arbitrios 8447007 2005 04 0.00 0.00 0.00 0.00 4006962 30-Ene-06 13.36 13.36 Arbitrios 8447007 2005 05 0.00 0.00 0.00 0.00 4006962 30-Ene-06 13.36 13.36 Arbitrios 8447007 2005 06 0.00 0.00 0.00 0.00 4006962 30-Ene-06 27.59 27.59 Arbitrios 8447007 2005 07 0.00 0.00 0.00 0.00 4006962 30-Ene-06 27.26 27.26 Arbitrios 8447007 2005 08 0.00 0.00 0.00 0.00 4006962 30-Ene-06 26.81 26.81 Arbitrios 8447007 2005 09 0.00 0.00 0.00 0.00 4006962 30-Ene-06 26.42 26.42 Arbitrios 8447007 2005 10 0.00 0.00 0.00 0.00 4006962 30-Ene-06 26.04 26.04 Arbitrios 8447007 2005 11 0.00 0.00 0.00 0.00 4006962 30-Ene-06 25.67 25.67 Arbitrios 8447007 2005 12 0.00 0.00 0.00 0.00 4006962 30-Ene-06 25.28 25.28 Arbitrios 8447007 2006 01 0.00 0.00 0.00 0.00 4109621 13-Feb-06 52.92 52.92 TOTAL S/. 0.00 S/. 354.86 S/. 354.86 (1) Según estado de cuenta de fojas 10. (2) Según reporte de consulta de pagos de fojas 14 a 16.