Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2007 (06/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, martes 6 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

339215

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Crean la Red de Bibliotecas Municipales y Anexas y conforman Comision encargada de proponer a la Alta Direccion una relacion de titulos de material bibliografico a ser adquiridos para la Biblioteca Municipal "Teodoro Cassana Robles"
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 77 Callao, 29 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 47º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales corresponde a dicha instancia subnacional formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las politicas regionales, entre otras, de educacion y cultura asi como promover y difundir las instituciones culturales de la region, en coordinacion con los gobiernos locales; Que, los resultados que arrojan los reportes de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencias y la Cultura (UNESCO) acerca de la capacidad de comprension de lectura de los estudiantes peruanos, en general, demuestran una escasa capacidad de abstraccion para interpretar textos basicos de parte de ninos y jovenes peruanos, encontrandonos en MORDAZA desventaja respecto de otros paises de la region; Que, dado este escenario resulta prioritario promover la ejecucion de acciones para desarrollar la capacidad de leer en la Comunidad Chalaca, de manera que la comprension de lectura no sea una limitacion en el desarrollo intelectual de los ciudadanos del primer puerto si no mas bien una fortaleza acorde con los niveles educativos que la gestion regional persigue; Que, en tal sentido, urge incrementar y actualizar el material bibliografico con que cuentan las Bibliotecas Municipales del Callao, dentro de un plan lector disenado por el ente rector de Educacion, pero acorde con las politicas de apoyo a la cultura que impulsa el gobierno regional en conjunto con los gobiernos locales de su jurisdiccion, en su cruzada por el fomento y afianzamiento de la practica de la lectura; Que, la intervencion del gobierno regional debe buscar ademas de la dotacion de libros para las municipalidades, la sistematizacion y la difusion de experiencias exitosas en la practica de la lectura, por lo que las bibliotecas municipales deben conformar una Red de Bibliotecas Municipales y Anexas que produzcan el impacto deseable, esto es, levantar los indices de lectoria en el Callao y coadyuvar activamente al MORDAZA educativo de la Region; Estando a las consideraciones expuestas, y en ejecucion de las atribuciones que le confiere al Senor Presidente el articulo 21º literal d) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Crear la Red de Bibliotecas Municipales y Anexas conformada, por las Bibliotecas Municipales del Callao, encargada de garantizar el carne unico de lector para toda la Red en el Callao, espacios ordenados para el funcionamiento de las Bibliotecas, concurso de bibliotecologos para la direccion de las mismas y programacion conjunta del Plan Lector. Articulo 2º.- Conformar una Comision que se encargue de proponer a la Alta Direccion una relacion de titulos de material bibliografico a ser adquiridos para la Biblioteca Municipal "Teodoro Cassana Robles" y las

bibliotecas municipales de cada distrito chalaco, la cual estara integrada por: - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Oficina de Educacion, Cultura, Ciencias, Tecnologia, Deportes, Recreacion, Salud, Vivienda y Saneamiento - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Educacion y Cultura - MPC Articulo 3º.- Conformar un Consejo Consultivo que se encargue de asesorar a la Comision conformada en el articulo precedente, el cual estara integrado por: - Dr. Nello MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Historiador - Dr. MORDAZA Pantigoso Pecero, miembro de numero de la Academia Peruana de la Lengua - Dra. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, ex Directora de la Biblioteca Nacional del Peru - Dr. MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Asociacion Peruana de Literatura Infantil y Juvenil - Lic. MORDAZA Risso MORDAZA, escritor - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, escritor Articulo 4º.- ASIGNAR para la adquisicion aludida en el Articulo MORDAZA de la presente, la suma de S/. 1,650,000 (UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA MIL NUEVOS SOLES) proveniente de los saldos de balance del ejercicio 2006. Registrese y comuniquese. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR Presidente 23920-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Fijan montos de remuneracion del Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional y de dietas de los Consejeros Regionales
ACUERDO REGIONAL Nº 001-2007-GRJ/CR POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria celebrada a los 15 dias del mes de enero del ano 2007, en la provincia de Huancayo, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificacion en parte por la Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2006-PCM, de fecha 31 de MORDAZA del 2006, establecen el Monto de la Unidad Remunerativa del Sector Publico - URSP, correspondiente al ano 2007, en S/. 2,600.00 nuevos soles; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 038-2006 de fecha 30 de diciembre del 2006, que modifica la Ley Nº 28212 y dicta otras medidas; senala que los Consejeros Regionales y los Regidores Municipales perciben unicamente dietas, las mismas que no deben de superar en total el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional o del MORDAZA correspondiente;

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